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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G37/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de diciembre de 2005 SE RESUELVE: Artículo Primero .- DECLARAR en situación de desabastecimiento inminente los niveles de stock de BIENES DE AYUDA HUMANITARIA consistentes en baldes de plástico de 15 litros, camas plegables de ¾ plaza,colchones de espuma de ¾ plaza de 2 ½“ y frazadas por 1½ plaza, según cantidades y montos indicados en el CuadroÚnico que como anexo forma parte integrante de lapresente Resolución y como consecuencia disponer su adquisición, en tanto la ausencia de dichos bienes compromete la continuidad de la atención de emergenciasde la población afectada, conforme a lo expuesto. Artículo Segundo .- EXONERAR del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública la adquisición de los indicadosbienes para la atención de la población damnificada por desastres naturales o antrópicos y autorizar a la Dirección Nacional de Logística para que proceda a contratar medianteel proceso de adjudicación de menor cuantía la adquisiciónde bienes mencionadas en el Artículo Primero, por un valorreferencial de S/. 333,115.00 Nuevos Soles (Trescientostreinta y tres mil ciento quince con 00/100 nuevos soles), monto que se encuentra debidamente presupuestado y que será financiado por la Fuente de Financiamiento: 00 RecursosOrdinarios, Meta Presupuestaria: 09 Adquisición de Bienes yServicios - Plan Logístico, asignados a la Entidad, de acuerdoa lo expuesto en la parte considerativa. Artículo Tercero.- DISPONER que la Dirección Nacional de Logística se encargue de realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en el SistemaElectrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACEy en la página web del INDECI, así como la remisión de copiaautenticada de la presente Resolución, del Informe Técnico y delInforme Legal a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a su expedición. Artículo Cuarto .- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo GeneralInstitucional y notifique a la Subjefatura, a la DirecciónNacional de Logística, a la Oficina de Planificación yPresupuesto, a la Oficina de Administración, al Órgano de Control Institucional y a la Oficina de Asesoría Jurídica para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil CUADRO ÚNICO: RELACIÓN DE BIENES PARA AYUDA HUMANITARIA Descripción de Bienes Cantidades P. Unitario Monto Total en S/. del Ítem en S/. Baldes de Plástico de 15 litros 2,500 4.50 11,250.00 Camas Plegable de 3/4 Plaza 1,000 106.14 106,140.00 Colchones de Espuma ¾ Plaza 1,000 35.99 35,990.00 de 2 ½ “ Frazadas de 1 ½ plaza 11,470 15. 67 179,735.00 TOTAL S/. 333,115.00 Fuente: Informe Técnico Nº 051-2005/INDECDNL/12.1, del 15.NOV.2005, expedido por la Unidad de Abastecimiento de la Dirección Nacional de Logística del INDECI. 20674 I N E I /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20 /G22/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20 /G79 /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G46/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G6C/G61/G6E/G20 /G45/G73/G74/G61/G64/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 403-2005-INEI Lima, 5 de diciembre del 2005Visto el Proyecto de Directiva sobre “Normas y Procedimientos para la Formulación y Evaluación del PlanEstadístico Nacional para el año 2006”, propuesto por laOficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informática, para el Sistema Estadístico Nacional; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, en su condición de ente rector del Sistema Estadístico Nacional, establece la Política Nacional de Estadística,formula y evalúa el Plan Estadístico Nacional orientando laelaboración y evaluación de los Planes EstadísticosSectoriales, Regionales y Locales de los órganos que loconforman; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2002-PCM, se aprobó la Política Nacional de Estadística del SistemaEstadístico Nacional, para el mediano plazo 2002-2006,como el instrumento orientador del desarrollo de lasactividades estadísticas oficiales del Sistema en susdiferentes niveles; Que, el Plan Estadístico Nacional, constituye el documento directriz, ordenador e integrador de laproducción estadística oficial del país, que producirán losórganos estadísticos integrantes del Sistema en el año2006, en sus diferentes niveles, por lo que es necesarioemitir las orientaciones técnicas y procedimientos que aseguren su elaboración, ejecución y evaluación en forma uniforme y coherente, en el marco de la Política Nacionalde Estadística del Sistema Estadístico Nacional para elmediano plazo 2002-2006; Que con el fin de contribuir en la formulación y evaluación de los Planes Estadísticos Sectoriales, Regionales y Locales, se ha creado el Sistema del Plan Estadístico Nacional (SISPEN); Estando a lo propuesto por la Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica, con laopinión favorable de la Subjefatura de Estadística y lavisación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604: Ley de Organización yFunciones del Instituto Nacional de Estadística eInformática; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 010-2005-INEI/ OTPP sobre “Normas y Procedimientos para la Formulación y Evaluación del Plan Estadístico Nacionalpara el año 2006”. Artículo 2º.- Los órganos estadísticos integrantes del Sistema Estadístico Nacional, en sus diferentes niveles, se sujetarán a las normas establecidas en la presente Directiva,debiendo proporcionar al Instituto Nacional de Estadísticae Informática la programación de las actividadesestadísticas a través del Sistema del Plan Estadístico Nacional (SISPEN) , para la formulación y evaluación del Plan Estadístico Nacional en los términos y plazos establecidos. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe DIRECTIVA Nº 010-2005-INEI/OTPP NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DEL PLAN ESTADÍSTICO NACIONAL PARA EL AÑO 2006 I. OBJETIVONormar los procedimientos y lineamientos técnicos para la formulación y seguimiento del Plan Estadístico Nacional (PEN) para el año 2006, en concordancia con la PolíticaNacional de Estadística (PNE) para el mediano plazo 2002-2006. II. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación y cumplimiento de todos los órganos integrantes del SEN, constituidospor: