Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (07/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G37/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de diciembre de 2005 11.2.2002, cuya base legal es el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros; la Circular que Nº CM-0334-2005; el artículo 41º y la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27444 y en virtud de las facultades delegadas porResolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. (Caja Municipal Huancayo), eltraslado de su Oficina Especial del jirón 24 de Setiembre Nº1213, esquina con Micaela Bastidas Mza. 11, Lote W deldistrito de Pichanaki a Carretera Marginal Nº 312, esquinacon el jirón Lima, del distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº CM-0334-2005 (B-2147-2005) dentrode los siete (7) días calendario de formalizado el traslado,la Caja Municipalidad de Ahorro y Crédito de Huancayodeberán reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas", de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 20768 RESOLUCIÓN SBS Nº 1770-2005 Lima, 30 de noviembre de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. para que se le autorice eltraslado de su Oficina Especial ubicada en el distrito de Chaupimarca, provincia de Pasco, departamento de Pasco y la Conversión de dicha Oficina en Agencia; y, CONSIDERANDO:Que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la referida Oficina y la Conversión de su Oficina Especial enAgencia, conforme lo establece el procedimiento 12º delTexto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)actualmente vigente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" mediante Informe Nº 125- 2005-DEM "B"; y, De conformidad con el procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobadomediante Resolución SBS Nº 131-2002 y sus modificatorias,cuya base legal es el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; laCircular Nº CM-321-2004 modificada por la Circular Nº CM-0334-2005; el artículo 41º y la Quinta DisposiciónComplementaria y Final de la Ley Nº 27444 y en virtud delas facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096- 2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. el traslado de su Oficina Especial ubicada en el jirón San Cristóbal Nº 304 del distrito de Chaupimarca, provincia de Cerro de Pasco, departamentode Pasco, a su nueva ubicación, sito en el jirón LeoncioPrado Nº 108-110 del distrito de Chaupimarca, provinciade Pasco, departamento de Pasco; así como su conversiónde Oficina Especial en Agencia. Artículo Segundo.- La Agencia puede efectuar todas las operaciones y servicios autorizadas a la Caja Municipalde Ahorro y Crédito Huancayo. Conforme se indica en elnumeral 15.7 de la Circular Nº CM-0334-2005 (B-2147-2005) dentro de los siete (7) días calendario de formalizadoel traslado y conversión, la Caja Municipalidad de Ahorro y Crédito de Huancayo deberán reportar a estaSuperintendencia las acciones realizadas en el Anexo B"Movimiento de Oficinas", de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 20769 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SBS Nº 1765-2005 Mediante Oficio Nº 24277-2005-SBS, la Superintendencia de Banca y Seguros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SBS Nº 1765-2005, publicada en nuestra edición del día 2 de diciembre de2005. En la Primera Disposición Transitoria, último párrafo; DICE: "Tratándose de las disposiciones del Título IV, las empresas contarán con un plazo de sesenta (90) díascomputados desde la vigencia de la presente norma parasu implementación." DEBE DECIR: "Tratándose de las disposiciones del Título IV, las empresas contarán con un plazo de noventa (90) díascomputados desde la vigencia de la presente norma para su implementación." 20684 UNIVERSIDADES /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G41/G63/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G20/G79 /G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G6C/G61/G6E/G74/G61/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6E/G2D/G74/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G22/G43/G4F/G4C/G4C/G50/G41/G22/G20/G79/G20/G42/G69/G65/G6E/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G6E/G61/G20/G22/G43/G48/G49/G4D/G42/G4F/G59/G41/G22/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4A/G6F/G72/G67/G65/G20/G42/G61/G73/G61/G64/G72/G65/G20/G47/G72/G6F/G68/G6D/G61/G6E/G6E UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 940-2005-UN/JBG Tacna, 8 de setiembre del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 851-2005-OFAL, Opinión Legal Nº 024- 2005-OFAL, Acta de Inspección Ocular, Informes Nº 068,070 y 089-2004-UDU/OPLA, Oficio Nº 785-2004-OPLA,Acta de Entrega de la Planta Concentradora de Mineral, Oficio Nº 531-2004-CTG/FAME, Oficio s/n-2004-JMS- FAME, Oficio Nº 11-2004-ZV, Oficio Nº 946-2004-OPLA,Informe Técnico sobre Planta Concentradora COLLPA,Proveído Nº 5190-2005-REDO y Proveído Nº 2653-2005-SEGE, remitidos para dar término a la cesión en uso de laPlanta Concentradora de Mineral COLLPA y Mina CHIMBOYA; CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Extraordinarios Nºs. 056 y 142-93/PCM se autoriza a la Comisión Liquidadorade los Bancos Agrario, Industrial y Minero del Perú, la transferencia en forma directa, sin el requisito de subasta pública a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann,Tacna, de las Plantas Concentradoras de Minerales “Collpa”y “Chimboya” (Puno), para fines exclusivamente académicos,referente a la formación profesional, técnico y práctico delos estudiantes de las Facultades de Ingeniería Metalúrgica e Ingeniería de Minas; asimismo, se indica que el pago