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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G30/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de diciembre de 2005 perjuicio del Estado - FEDADOI estará administrado, entre otros, por un representante del Ministerio deJusticia, quien lo presidirá; Que, habiéndose reestructurado la conformación del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado - FEDADOI, medianteLey Nº 28635, resulta necesario designar a unrepresentante del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28476, Ley del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio piel Estado - FEDADOI, Decreto Supremo Nº 082-2005-PCM, Decreto LeyNº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, LeyNº 28635, Ley que autoriza una transferencia de partidasdel Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros alPliego: 006 Ministerio de Justicia, y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Desígnase al Eco. VICTOR ANDRÉS PÉREZ ALVAREZ, como Presidente del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente enPerjuicio del Estado - FEDADOI, en representación delMinisterio de Justicia. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a los miembros del FEDADOI y a los funcionarios y organismos correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 21745 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G79/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G63/G72/G65/G61/G64/G61/G73/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G44/G2E/G53/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G31/G32/G30/G2D/G32/G30/G30/G31/G2D/G50/G43/G4D/G20/G79/G20/G30/G31/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G43/G4D/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G45/G44/G41/G44/G4F/G49 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 492-2005-JUS Lima, 22 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 430-2005-PCM se constituyeron las comisiones de transferencia encargadasde entregar y recibir los recursos, el acervo documentario y los bienes correspondientes, de la Comisión Nacional de Lucha contra la Corrupción y la Promoción de la Éticay Transparencia en la Gestión Pública y en la Sociedad,creada por el Decreto Supremo Nº 120-2001-PCM, de laComisión Multisectorial de Alto Nivel encargada delseguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional, creada por el Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, y de la Secretaría Técnica del Fondo Especial deAdministración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuiciodel Estado - FEDADOI; Que, en el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 430-2005-PCM, se designó a los integrantes de cada una de las tres Comisiones citadas en el párrafoprecedente, en las cuales participará un representantede la Oficina General de Administración del Ministerio deJusticia; Que, es necesario designar como representante de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia, en las aludidas Comisiones, a la señoraROSMERY SANTOS MAGINO; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y Decreto Ley Nº 25993, LeyOrgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo Único.- Desígnase a la señora ROSMERY SANTOS MAGINO, como representante de la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Justicia, ante las comisiones de transferencia encargadas de entregary recibir los recursos, el acervo documentario y losbienes correspondientes, de la Comisión Nacional de Lucha contra la Corrupción y la Promoción de la Ética y Transparencia en la Gestión Pública y en la Sociedad,creada por el Decreto Supremo Nº 120-2001-PCM; de laComisión Multisectorial de Alto Nivel encargada delseguimiento de las acciones y políticas del Estado en losámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional, creada por el Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM; y de la Secretaría Técnica del FondoEspecial de Administración del Dinero ObtenidoIlícitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 21746 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G43/G4F/G46/G4F/G50/G52/G49/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F /G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G45/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E /G6D/G65/G64/G69/G6F/G73/G20 /G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73/G20 /G79/G20 /G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G73 /G6D/G61/G67/G6E/GE9/G74/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 493-2005-JUS Lima, 22 de diciembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 516-2005-COFOPRI/CN de la Coordinadora Nacional de la Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-JUS, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión de Formalizaciónde la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 091-2005- JUS se actualizó los valores porcentuales con relacióna la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2005, de los derechos de tramitación correspondientes a los procedimientos administrativos compendiados ysistematizados en el precitado TUPA; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública" cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, en el TUPA de COFOPRI fue comprendido elprocedimiento denominado "Acceso a la Información queposea COFOPRI" tramitado por toda aquella UnidadOrgánica que administre la información solicitada; Que, dentro del referido procedimiento, se establecieron los requisitos, reglas de plazo y trámite, así como las formas de entrega de información,incluyendo los derechos de tramitación correspondientesen cada caso; Que, en el numeral 5º del artículo 37º y el numeral 45.1 del artículo 45º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General se dispone que los TUPAs que elaboren y aprueben las Entidades de laAdministración Pública, deberán comprender entre otros,los supuestos en que procede el pago de los derechosde tramitación, siendo que dichos montos deberán serexpresados en dicho texto con relación a la Unidad Impositiva Tributaria vigente, los que son determinados en función del importe del costo que su ejecución generapara la entidad por el servicio prestado durante toda sutramitación y, en su caso por el costo real de producciónde documentos que expida la entidad, cuyo monto essustentado por el funcionario a cargo de la Oficina de Administración de cada entidad; Que, respecto del TUPA vigente de COFOPRI se ha propuesto con relación al rubro "impresión de plano (0.90x 1 m)" contenido en el procedimiento Nº 1 "Acceso a laInformación que posea COFOPRI" tramitado ante todaaquella Unidad Orgánica que administre la información