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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G30/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de diciembre de 2005 PNUD, suscrito el 20 de diciembre de 2001, con vigencia ampliada al 31 de diciembre de 2005. - Convenio de Asistencia Técnica Internacional con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, "Programa de Capacitación Laboral Juvenil", suscrito el 3 de agosto de 1999, con vigencia ampliada al31 de diciembre de 2005. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 21767 VIVIENDA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20 /G64/G65/G20 /G45/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20 /G79 /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G46/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 317-2005-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de Estudios y Proyectos del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, cargoconsiderado de confianza; Que, en consecuencia y a efecto de garantizar el normal cumplimiento de funciones de dicha entidad, es convenientedesignar al funcionario que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27779, 27792 y 27594, Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y Resolución Ministerial Nº 074-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Arq. Franklin Santiago Chávez Torres, en el cargo de confianzade Gerente de Estudios y Proyectos del Instituto Nacionalde Infraestructura Educativa y de Salud - INFES. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 21820 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G41/G64/G20/G48/G6F/G63 /G70/G61/G72/G61/G20/G6D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G64/G65/G20/G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20 /G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G4A/G75/G6E/GED/G6E/G20/G79/G20/G61/G70/G6F/G79/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G53/G45/G44/G41/G4D/G48/G55/G41/G4E/G43/G41/G59/G4F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 318-2005-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 065-2004-EF, se ratificó el acuerdo de PROINVERSIÓN que aprueba incorporar al proceso de promoción de la inversión privada al servicio deagua potable y alcantarillado de Huancayo, a cargo de SEDAMHUANCAYO S.A.C.; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, el Viceministerio deConstrucción y Saneamiento, es el órgano encargado de formular y adoptar las políticas generales en materiade construcción de infraestructura y saneamiento, deconformidad con las directivas emitidas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los GobiernosRegionales, en materia de vivienda y saneamientopueden apoyar técnica y financieramente a los gobiernoslocales en la prestación de servicios de saneamiento; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Gobiernos Locales, las MunicipalidadesDistritales tienen como función específica compartidaadministrar y reglamentar directamente o por concesiónel servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe,limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, cuando por economías de escala resulte eficiente centralizar provincialmente el servicio; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, los AlcaldesProvinciales son los responsables por la prestación dedichos servicios; Que, siendo necesario constituir una Comisión Ad - Hoc, encargada de apoyar el proceso de promoción dela inversión privada en la Empresa Prestadora deServicios de Saneamiento de Huancayo - SEDAMHUANCAYO S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27779 y 27792 y Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Constitución de Comisión Técnica Constitúyase la Comisión Técnica Ad Hoc con el objetivo de mejorar la prestación de los servicios de saneamiento en eldepartamento de Junín y de apoyar el proceso de promociónde la inversión privada en la empresa prestadora de serviciosde saneamiento de Huancayo – SEDAM HUANCAYO S.A.C.,la misma que estará conformada por: - El Viceministro de Construcción y Saneamiento, quien la presidirá; - El Director Nacional de Saneamiento;- El Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN, o su representante; - El Director General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas, osu representante; - El Presidente Regional de Junín;- El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huancayo- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Tambo; - La Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Chilca; - El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancàn;- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huacrapuquio; - El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Viques. El Viceministerio de Construcción y Saneamiento se constituye en Secretaría Técnica de la Comisión y lebrinda el apoyo técnico y administrativo necesario parael cumplimiento de sus funciones. Artículo 2º.- Instalación y funcionamiento La Comisión Ad Hoc, cumple sus funciones ad honorem y se instala a los cinco (5) días de publicada lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 21821 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73 /G71/G75/G65/G20 /G73/G65/G20 /G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/GE1/G6E/G20 /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20 /G64/G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G42/G61/G72/G72/G69/G6F/G73/G20/G2D/G20/G4D/G69/G42/G61/G72/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 319-2005-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre de 2005