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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G30/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de diciembre de 2005 con la totalidad de la información y documentación señalada en dicho Anexo. (…)” “Artículo 21º.- Información sobre provisiones Para efectos de lo dispuesto en el literal b) del artículo 8º de la presente norma, las empresas deberán presentar aesta Superintendencia, las secciones I y II del Anexo Nº 5-B “Informe de Clasificación de los Deudores y Provisiones- Transferentes de Cartera Crediticia” del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, dentro de los 15 días posteriores al cierre de cada mes. Lasección I se remitirá en forma impresa, por única vez,cuando ocurra una transferencia. La sección II será remitidamensualmente en forma impresa y a través del Submódulode Captura y Validación Externa (SUCAVE).” “Artículo 22º.- Información sobre ponderación Las empresas transferentes de cartera crediticia, para efectos de lo dispuesto en el literal b) del artículo 9ºde la presente norma, deberán remitir a estaSuperintendencia en forma impresa, por única vez, en el momento de la transferencia, un anexo complementario al Reporte Nº 2-A “Activos y Créditos ContingentesPonderados por Riesgo” del Manual de Contabilidad paralas Empresas del Sistema Financiero, cuyo formato yfecha de presentación es la misma que el Reporte Nº 2-A, en el que deberán informar la ponderación de la cartera transferida en función a los deudores de dicha cartera.” Artículo Segundo. - Modificar en el Capítulo V “Anexos y Reportes a los Estados Financieros” del Manual de Contabilidad,el Anexo Nº 5 “Informe de Clasificación de Deudores yProvisiones” y el Anexo 5-B “Informe de Clasificación de los Deudores y Provisiones - Transferencia de Cartera Crediticia”, conforme el Anexo adjunto a la presente norma. La modificaciónal Anexo Nº 5 se realizará a partir de la nueva versión delSubmódulo de Captura y Validación Externa (SUCAVE).Artículo Tercero.- Modifíquese el procedimiento Nº 37 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPAde la Superintendencia de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002, con la nueva denominación y texto que se adjunta a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- Las solicitudes de autorización que se encuentren en trámite ante esta Superintendencia se sujetarán a lo dispuesto por la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese,JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ANEXO MODIFICACIONES AL MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO I. Modifíquese el Anexo Nº 5 “Informe de Clasificación de Deudores y Provisiones”, conforme a lo siguiente: Déjese sin efecto las secciones II “Informe de clasificación de los deudores de la cartera transferidasegún D.S. Nº 114-98-EF” y III “Informe de clasificaciónde los deudores de la cartera transferida según D.S. Nº 099-99-EF”, así como las notas metodológicas correspondientes a los números 23 al 32. II. Sustitúyase el Anexo Nº 5-B “Informe de Clasificación de los Deudores y Provisiones -Transferencia de Cartera Crediticia”, conforme al formatoque se adjunta. ANEXO ANEXO Nº 5-B EMPRESA:................................................................................................. CÓDI GO:............... ...... AL........................DE........................DE............................ (En miles de nuevos soles) INFORME DE CLASIFICACIÓN DE LOS DEUDORES Y PROVISIONES - TRANSFERENCIA DE CARTERA CREDITICIA 1/ I.- MONTO TRANSFERIDO SEGÚN COBERTURA O TRATAMIENTO DIFERENCIADO 2/ Normal CPP Deficiente Dudoso Pérdida Total Cobertura garantía autoliquidable 3/ Y1 Y7 Y13 Y19 Y25 Y31=Y1+Y7+Y13+Y19+Y25 Monto afecto a sustitución de contraparte Y2 Y8 Y14 Y20 Y26 Y32=Y2+Y8+Y14+Y20+Y26 crediticia 4/ Monto del Financiamiento de Y3 Y9 Y15 Y21 Y27 Y33=Y3+Y9+Y15+Y21+Y27 Corto Plazo 5/ Cobertura GPMRR 6/ Y4 Y10 Y16 Y22 Y28 Y34=Y4+Y10+Y16+Y22+Y28 Cobertura GP 7/ Y5 Y11 Y17 Y23 Y29 Y35=Y5+Y11+Y17+Y23+Y29 Sin cobertura 8/ Y6 Y12 Y18 Y24 Y30 Y36=Y6+Y12+Y18+Y24+Y30 Provisiones requeridas Y37=(Y1+Y2+Y3+ Y38=Y7*1%+Y8*5%+ Y39=Y13*1%+ Y 40=Y19*1%+ Y41=Y25*1%+Y26*100% de la cartera transferida 9/ Y4+Y5+Y6)*1% Y9*1% + Y10*1,25%+ Y14*25%+15*1%+ Y20*60%+ +Y27*1%+Y28*30%+ Y11*2,5%+Y12*5% Y16*6,25%+ Y21*1% +Y22*15% Y29*60%+Y30*100% Y17*12,5%+ +Y23*30%+ Y42 =Y37+Y38+Y39+Y40+Y41 Y18*25% Y24*60% Saldo de la adquiriente 10/ Y43 Tasa de provisión según riesgo de Y44=Y42/(Y31+Y32+Y33+ la cartera transferida 11/ Y34+Y35+Y36) Provisión constituida 12/ Y45 Provisión requerida 13/ Y46=Y44*(Y43) Superávit/déficit de provisiones 14/ Y47=Y45-Y46 II.- TOTAL DE TRANSFERENCIAS 15/ Saldo de las adquirientes Y48 Provisiones constituidas Y49 Provisiones requeridas Y50 Déficit de provisiones Y51=Y49-Y50 ______________ ______________ ______________ GERENTE CONTADOR FUNCIONARIO GENERAL GENERAL RESP ONSABLE