Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2005 (24/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 24 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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otros, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria es un Programa Nacional del MIMDES; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 452-2005MIMDES, se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones del MIMDES, el cual establece entre otros la nueva estructura organica del Programa Nacional PRONAA; Que, en consecuencia resulta necesario adecuar el Reglamento de la Ley Nº 27731 aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2003-MIMDES a la nueva estructura organica del Programa Nacional PRONAA, asimismo resulta necesario ampliar el periodo de participacion de las Organizaciones Sociales de Base en los Programas de Apoyo Alimentario a cargo del PRONAA, hasta diciembre de 2006, fecha en la cual se MORDAZA por concluido el MORDAZA de transferencia de los programas de complementacion alimentaria (comedores populares) a los gobiernos locales; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Articulo 8 del Reglamento de la Ley Nº 27731 Modifiquese el articulo 8º del Reglamento de la Ley Nº 27731 aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2003MIMDES, en los siguientes terminos: "La participacion en la gestion y fiscalizacion de los programas de apoyo alimentario se MORDAZA efectiva a traves de las representantes que designen y acrediten las correspondientes organizaciones sociales ante los Comites de Coordinacion y Apoyo a la Gestion de la Direccion Ejecutiva y los Equipos de Trabajo Zonales del Programa Nacional PRONAA, respectivamente, con derecho a voz y MORDAZA, segun el ambito de representatividad nacional, metropolitana, provincial o distrital de dichas organizaciones." Articulo 2º.- Modificacion del Articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 27731 Modifiquese el articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 27731 aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2003MIMDES, en los siguientes terminos: "Los Comites de Coordinacion y Apoyo a la Gestion se constituyen para cada uno de los programas referidos en el articulo 2, y se organizan en el ambito de la Direccion Ejecutiva en el nivel central y de los Equipos de Trabajo Zonales del Programa Nacional PRONAA en el nivel desconcentrado. Los Comites a nivel central seran presididos por el Director Ejecutivo del Programa Nacional PRONAA e integrados por el Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados (UPR), el Gerente de la Unidad Gerencial de Articulacion Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional (UGATSAN) y el Gerente de la Unidad Gerencial de Promocion al Acceso Alimentario Nutricional (UGPAN) y, tres (03) representantes de las organizaciones sociales beneficiarias. Los Comites a nivel desconcentrado seran presididos por el Jefe Zonal del Programa Nacional PRONAA e integrado por el Administrador, dos (02) Especialistas Sociales y dos (02) representantes de las organizaciones sociales beneficiarias." Articulo 3º.- Modificacion de la Tercera Disposicion Transitoria y Final del Reglamento de la Ley Nº 27731. Modifiquese la Tercera Disposicion Transitoria y Final del Reglamento de la Ley Nº 27731 aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2003-MIMDES, en los siguientes terminos: "Teniendo en cuenta que aun no se han constituido instituciones realmente representativas con caracter nacional de las organizaciones de beneficiarios, ademas de la Federacion de Mujeres Organizadas en Centrales de Comedores Populares Autogestionarios y Afines de MORDAZA y Callao (FEMOCCPAALC), la Asociacion Coordinadora Metropolitana de los Clubes de Madres y

la Coordinadora Nacional de Clubes de Madres y Comedores Populares, las cuales se encuentran reconocidas como beneficiarias de los Programas Alimentarios del Programa Nacional PRONAA, se amplia el periodo de participacion de dichas organizaciones de beneficiarios en los Programas Alimentarios del Programa Nacional PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, conforme a la Ley Nº 25307 y su Reglamento, hasta diciembre de 2006, fecha en la cual se MORDAZA por concluido el MORDAZA de transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria (Comedores Populares) a los Gobiernos Locales." Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 21859

Encargan funciones del Despacho Viceministerial de Desarrollo Social
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2005-MIMDES
MORDAZA, 12 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 006 -2004MIMDES de fecha 19 de marzo de 2004, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, cargo considerado de confianza; Que, mediante el Memorando Nº 214-2005-MIMDES/ DVMDS de fecha 14 de diciembre de 2005, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Desarrollo Social puso en conocimiento del Jefe (e) de la Oficina de Administracion del Potencial Humano y Bienestar Social, que MORDAZA uso de su periodo vacacional a partir del 16 hasta el 24 de diciembre de 2005; Que, en consecuencia es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Desarrollo Social del MIMDES, en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARBA, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, las funciones del Despacho Viceministerial de Desarrollo Social del MIMDES, a partir del 16 de diciembre de 2005 y mientras dure la ausencia del titular. Articulo 2º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 21870

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