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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G30/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el 15 de noviembre de 2005, mediante Resolución Ministerial Nº 0682-2005-ED, se dispuso —entre otras materias—, que el Ministerio de Educación quedaba exonerado del proceso deAdjudicación Directa Pública por causal de serviciospersonalísimos a efectos de la realización de lacampaña publicitaria “CARRERA PÚBLICAMAGISTERIAL” y se autorizaba a contratar de forma directa desde el 17 de noviembre de 2005 hasta el 16 de diciembre de 2005, los servicios de difusión despots a las Estaciones de Radio “Radio Programasdel Perú am/fm”, “Radiomar Plus”, “Inca Sat”, “RadioModa” y “Radio CPN fm”; por un valor referencial deS/. 153, 786.75 (Ciento Cincuenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Seis y 75/100 nuevos soles); Que, en virtud a lo señalado en el artículo 4º de la citada Resolución Ministerial Nº 0682-2005-ED, seencargó la contratación directa de los mencionadosservicios al Área de Logística y Licitaciones de laComisión de Coordinación y Administración de la Ejecución de los Proyectos con Financiamiento Externo - COMPFE; Que, según lo informado por la Oficina de Prensa y Comunicaciones mediante Memorándum Nº 694-2005-SG-OPYC-ME, a la fecha no se ha concretado lacontratación de los servicios de difusión radial antes descritos, por lo que, al no haber sido satisfecha, persiste la necesidad de realizar la campaña publicitaria“CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL”; Que, estando a lo expuesto por la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 2035-2005-ME/SG-OAJ,resulta necesaria la emisión de una Resolución Ministerial que introduzca las modificaciones informadas por la Oficina de Prensa y Comunicaciones a través delMemorándum Nº 694-2005-SG-OPYC-ME, el InformeTécnico Nº 010-2005-SG-OPYC-ME y demásdocumentos adjuntos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM,084-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar los artículos 1º, 3º y 4º de la Resolución Ministerial Nº 0682-2005-ED, los cualesquedarán con el siguiente texto: “Artículo 1º.- Modifíquese el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 024 del Ministerio de Educación, incluyéndose el proceso de selección para contratar el servicio de difusión de lacampaña publicitaria “CARRERA PÚBLICAMAGISTERIAL” en cinco (05) medios radiales, por untotal de S/. 80, 939.13 (Ochenta Mil Novecientos Treintay Nueve y 13/100 nuevos soles)”. Artículo 3º.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Públicaa efectos de la realización de la campaña publicitaria“CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL” y autorícese acontratar de forma directa del 16 al 23 y del 26 al 27 de diciembre de 2005, los servicios de difusión de spots a las Estaciones de Radio “Radio Programas del Perú am/fm”,, “Radiomar Plus”, “Inca Sat”, “Radio Moda” y “RadioCPN fm”; por un valor referencial de S/. 80, 939.13(Ochenta Mil Novecientos Treinta y Nueve y 13/100nuevos soles)”. Artículo 4º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través delUnidad de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio deEducación, y de conformidad con las normas del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM.” Artículo 2º.- La Resolución Ministerial Nº 0682-2005- ED mantiene su vigencia en todos los extremos que no hayan sido objeto de modificación expresa, por lo que los órganos y funcionarios competentes del Ministeriode Educación deben adecuar su actuación a efectos dedar cumplimiento a sus disposiciones.Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 21743 INTERIOR /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G73/G65/G20/G61/G20/G6C/G61 /G53/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G74/G69/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/GED/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G63/G61/G75/G73/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E DECRETO SUPREMO Nº 009-2005-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 53º del Decreto Legislativo Nº 745 - Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que es potestad del Presidente de la República, aprobar el pase a la Situaciónde Retiro por la causal de Renovación, del Personal deOficiales Policías y de Servicios, de los grados de Mayora Teniente General; Que, el artículo 32º de la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú, determina que el pase a la Situación de Retiro por la causal de Renovación, seefectúa con base a una propuesta que elabora elConsejo de Calificación y que el Director General dela Policía Nacional del Perú presenta al Ministro delInterior; Que, el Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Expediente Nº 0090-2004-AA/TC,publicada el 16 de julio de 2004, estableció que elpase a la Situación de Retiro por la causal deRenovación, es una facultad discrecional delPresidente de la República, en su calidad de Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú y que el ejercicio de dicha atribución no implicaafectación de derechos constitucionales, pues estepase al Retiro no tiene la calidad de sanción, sinoque su única finalidad es la renovación constante delos Cuadros de Personal, conforme al artículo 168º de la Constitución Política del Perú; y, que, las Resoluciones mediante las cuales la administraciónpasa a la Situación de Retiro por la causal deRenovación a Oficiales de las Fuerzas Armadas yPolicía Nacional del Perú, deben basarse en criteriosobjetivos y razonables, a fin evitar la posibilidad de decisiones arbitrarias; Que, resulta necesario reglamentar el pase a la Situación de Retiro por la Causal de Renovación, conel fin de establecer los criterios objetivos y razonables,a que hace alusión en su fallo el TribunalConstitucional; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2583-2005- DIRGEN/COAS del 21 de noviembre de 2005, se nombróuna Comisión Especial encargada de la Reglamentacióndel pase a la Situación de Retiro por la causal deRenovación de los Oficiales Generales y OficialesSuperiores de la PNP, la misma que propuso el Proyecto del presente Reglamento; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- APROBACIÓN DEL REGLAMENTO Aprobar el Reglamento de Pase a la Situación de Retiro de los Oficiales de la Policía Nacional del Perú por la causal de Renovación, que forma parte del presente Decreto Supremo y consta de Cuatro (4) Títulos, Veintidós(22) artículos, Tres (3) Disposiciones Complementariasy Una (1) Disposición Final. Artículo 2º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior.