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PÆg. 307596 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de diciembre de 2005 Evaluación Bancaria "D" mediante Informe Nº DEB "D" 172-2005; y, De conformidad con lo dispuesto en la Circular Nº F- 0487-2005 y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Cordillera a operar con Cajeros Corresponsales en los establecimientos comerciales de la empresa Tiendas porDepartamento Ripley S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 21907 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección la adquisición de lotes de terrenos para laUniversidad Nacional Micaela Bastidasde Apurímac UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 507-2005-CO-UNAMBA Abancay, 21 de diciembre del 2005 LA COMISION ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC VISTOS: El Oficio Nº 361-2005-VP-ADM-CO-UNAMBA, con Reg. Nº 3784, del Vicepresidente Administrativo, Oficio Nº 227-2005-DP-UNAMBA, de la Dirección dePlanificación, asimismo adjuntando el Estudio de Mercado de Terrenos, Informe Nº 072-2005-DI-UNAMBA, de la Dirección de Infraestructura, Informe Nº 061-2005-OAPSG-UNAMBA, de la Oficina de Abastecimiento, Memorial de las Autoridades y población del distrito de Tamburco, Memorial de la Carrera Profesional deIngeniería de Minas, Carta con Reg. Nº 3758, de la Carrera Profesional de Ingeniería Agroindustrial, Oficio Nº 293- 2005-CPE-UNAMBA de la Carrera Profesional deEducación, Oficio Nº 358-2005-C-CP-AE-UNAMBA, de la Carrera Profesional de Administración de Empresas e Informe Técnico Legal Nº 01-2005-UNAMBA. CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa la Constitución Política del Estado en su Art. 18º “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico,administrativo y económico”, la misma que es reconocida y recogida por la Ley Universitaria Nº 23733 en sus Arts. 1º y 4º. En dicho sentido, administra sus bienes yrentas, elabora su presupuesto y aplica sus fondos con la responsabilidad que le impone la ley; Que, dentro del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNAMBA, aprobado por Resolución Nº 066-2005-CO-UNAMBA se tiene previsto la adquisición de terrenos que permitan ampliar lainfraestructura de la ciudad universitaria, con el objeto de viabilizar la adecuada implementación de las Carreras Profesionales y concretizar los objetivos que se tienentrazados dentro de los planes de desarrollo de la Universidad; Que, es prioridad de la Comisión Organizadora de la UNAMBA la institucionalización de la Universidad, para cuyo efecto se debe contar con infraestructura adecuadapara el funcionamiento académico y administrativo de la Institución (ciudad universitaria); dentro de este propósito,ha acogido los requerimientos de aulas y laboratorios para las Carreras Profesionales, efectuados por la Vicepresidencia Administrativa, anexando losrequerimientos de los Coordinadores de las Carreras Profesionales; y los Informes Técnicos de las Direcciones de Planificación, Infraestructura y Oficinade Asesoría Legal, de los que se desprende que las carreras profesionales, requieren ampliación de sus áreas y consecuentemente la adquisición de terrenoscolindantes que amplíen la ciudad universitaria, precisando que el área con que cuenta actualmente es insuficiente, debido al continuo crecimiento de la poblaciónuniversitaria (docentes, administrativos y estudiantes), concluyéndose que es prioridad la ampliación de la ciudad universitaria en razón que lo adecuado para estepropósito conforme a los informes de la Dirección de Infraestructura, sería de 05 has, y que a la fecha contamos con un área de 2.72 has; Que, la configuración del terreno de la ciudad universitaria ubicada en el sector de Aychahuacso se encuentra circunscrita dentro de áreas inalienables (víapública), y propiedades privadas que no son sujetas de venta; constituyéndose la única oportunidad de expansión hacia el oeste, donde se encuentran dos lotesde terreno de propiedad del Sr. Andrés Peralta Massit, ubicados en el sector de Aychahuacso, distrito de Tamburco, provincia de Abancay, departamento deApurímac, ambos colindantes con la Ciudad Universitaria, conforme a las especificaciones en el Plano de Ubicación anexo a la presente Resolución, la mismaque daría lugar a la consolidación de la organización espacial del campus universitario que permitirá la fluidez e interrelación que articula sus diferentes unidades.Asimismo constituyéndose en bienes que no admiten sustitutos, conforme lo establece el Art. 19º, literal e) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083- 2004-PCM, están exonerados los procesos de selección aquellos bienes que no admiten sustitutos; situación enque se encuentra comprendida la adquisición de los bienes inmuebles materia de expansión de la ciudad universitaria de la Universidad Nacional Micaela Bastidasde Apurímac y cumplir sus metas trazadas para la consecución de sus fines, la misma que de no adquirirse se desaprovecharían oportunidades de ampliar el áreadel campus universitario, tanto más si se toma en cuenta la especulación, en cuanto a los costos por metro cuadrado, alrededor de dicho terreno; y que iráincrementándose con el transcurso del tiempo conforme persuade el estudio de mercado presentado por la Dirección de Planificación y que adicionalmente se generauna oportunidad económica debido a la oferta que es considerada de bajo precio en relación a otros valores referenciales que en promedio es de 150.00 NuevosSoles el m2; Que, conforme se advierte del Informe Técnico Legal Nº 001-2005-UNAMBA, Oficio Nº 227-2005-DP-UNAMBA, de la Dirección de Planificación e Informe Nº Nº 072-2005-DI-UNAMBA, de la Dirección de Infraestructura, se establece que la adquisición de losbienes de propiedad del Sr. Andrés Peralta Massit, antes acotados, deberán declararse como bienes que no admiten sustitutos de conformidad a los antes indicado,debiendo exonerarse de los procesos de selección de conformidad al literal e) del Art. 19º del D.S. Nº 083-2004- PCM, en concordancia con el Art. 144º y ss de suReglamento el D.S. Nº 084-2004-PCM, que establece las formalidades respectivas; Estando a lo expuesto, al Informe Técnico Legal y al acuerdo de la Comisión Organizadora, en su sesión del 21 de diciembre del 2005; y, En uso de las atribuciones y el Art. 18º de la Constitución Política del Estado, Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 26439 de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento deUniversidades - CONAFU, Ley de Creación de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac Nº 27348; Ley Nº 28427 de Presupuesto de la República2005; Art. 19º, literal e) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 083-2004-PCM, Resoluciones