Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 307583 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de diciembre de 2005 Artículo 4º .- Excluir la Resolución Directoral Nº 179- 2005-PRODUCE/DNEPP del Anexo III de la ResoluciónMinisterial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 5º .- Declarar la caducidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “BRAVA” con matrícula CE- 4525-PM, así como de sus respectivos derechos desustitución, excluirla del Anexo I y del Anexo V de laResolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y del AnexoIII de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, eincluirla en el Anexo II, literal A) de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 6º .- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas delMinisterio de Defensa, Dirección Nacional de Seguimiento,Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a lasDirecciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 21946 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Protocolo Modificatorio del Convenio Constitutivo de la CorporaciónAndina de Fomento DECRETO SUPREMO Nº 105-2005-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el "Protocolo Modificatorio del Convenio Constitutivo de la Corporación Andina de Fomento" , fue suscrito el 24 de octubre de 2005, en la ciudad de Caracas,República Bolivariana de Venezuela; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y elartículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidentede la República para celebrar y ratificar Tratados o adherira éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifíquese el "Protocolo Modificatorio del Convenio Constitutivo de la Corporación Andina deFomento" , suscrito el 24 de octubre de 2005, en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre de 2005. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 22048 Amplían nœmero de vacantes para el Proceso de Promociones correspon-dientes al aæo 2005 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 336-2005-RE Lima, 23 de diciembre de 2005VISTA: La Resolución Suprema Nº 228-2005-RE de 3 de octubre de 2005, que aprobó el número de vacantes por categoría para los funcionarios del Servicio Diplomático de la República aptos para ser ascendidos con fecha 1 de enerode 2006; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar el número de vacantes para el Proceso de Promociones correspondientes al año 2005,en la siguiente categoría del Servicio Diplomático de la República: Para la categoría de: Número de vacantes:Embajador Dos (2) Ministro Dos (2) Ministro Consejero Dos (2) Consejero Dos (2)Primer Secretario Una (1) Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 22058 SALUD Aprueban Norma TØcnica de Salud para la Eliminación de la Lepra RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 994-2005/MINSA Lima, 27 de diciembre del 2005 Visto el Expediente Nº R-061169-05, que contiene el MEMORANDO Nº 2110-2005-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0160-92-SA/DM, de fecha 9 de marzo de 1992, se aprobó el InstrumentoNormativo “Doctrina, Normas y Procedimientos para el Controly Eliminación de la Lepra en el Perú”, cuyo objetivo es enfrentar y solucionar el problema de la lepra en el Perú, a través de la implementación de estrategias sostenidas, estables y uniformesa nivel nacional, pues la lepra constituye un problema desalud pública con gran repercusión económica y social para lapoblación de las zonas endémicas del país; Que, es necesario consolidar estrategias que fortalezcan la eliminación de la lepra en las zonas endémicas del país, así como uniformizar criterios y técnicas empleadas en lapromoción, prevención, diagnóstico y tratamiento en losestablecimientos de salud, razón por la cual se ha elaboradola “Norma Técnica de Salud para la Eliminación de la Lepra”,la cual actualiza las disposiciones técnico normativas anteriores en el marco del modelo de atención integral de salud; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas y con la visación de la Oficina Generalde Asesoria Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la NTS Nº 039 -MINSA/DGSP- V.01: “Norma Técnica de Salud para la Eliminación de la