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PÆg. 308088 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 Declaración Jurada, para los efectos legales a que hubiera lugar. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la MunicipalidadMetropolitana de Lima Enacargado de la Alcaldía 22338 Ratifican la Ordenanza N” 201, modifi- cada por Ordenanzas N”s. 207 y 210 de la Municipalidad Distrital de Villa Ma- ría del Triunfo, sobre rØgimen tributa-rio de arbitrios ACUERDO DE CONCEJO Nº 443 Lima, 27 de diciembre de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del año en curso el Oficio N° 001-090-00003043 del Servicio de Administración Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la OrdenanzaN° 201, modificada por las Ordenanzas Nºs. 207 y 210 “Que establecen el régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgoen la circunscripción del distrito de Villa María del Triunfo correspondiente al ejercicio 2006”; CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma elartículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por lasMunicipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la ratificación de Ordenanzastributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó las Ordenanzas, objeto de la ratificación, remitiéndolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de Lima,conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de Declaración Jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por elTribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041- 2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, elServicio de Administración Tributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida MunicipalidadDistrital, la misma que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendosegún Informe N° 004-082-000000399, que procede la ratificación de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria- SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicosy de Organización en su Dictamen Nº 296-2005-MML/ CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la MunicipalidadMetropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe);ACORDÓ: Artículo Primero .- Ratificar la Ordenanza Nº 201, modificada por las Ordenanzas Nºs. 207 y 210 “Queestablecen el régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgo en la circunscripción del distrito de Villa María del Triunfocorrespondiente al ejercicio 2006, dado que cumplen con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en elExpediente N° 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo .- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, seencuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto íntegro de las Ordenanzas Nºs. 201, 207 y210 y de los anexos que contienen el informe técnico, los cuadros de estructuras de costos y estimación de ingresos y los importes de las tasas por tipo dearbitrio que las sustentan. Por otro lado, la aplicación de las ordenanzas, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusivaresponsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debe señalarse que los documentos presentados para la ratificación delas Ordenanzas antes indicadas tienen carácter de Declaración Jurada, para los efectos legales a que hubiera lugar. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 22362 Ratifican Ordenanzas que modifican la determinación de tasas por arbitrio degestión de residuos sólidos en el distritode Villa El Salvador de los ejercicios 2002 y 2003 ACUERDO DE CONCEJO Nº 452 Lima, 27 de diciembre de 2005Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del año en curso el Oficio Nº 001-090-00003051 del Servicio de Administración Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 116-MVES, modificada por la Ordenanza Nº 120-MVES, que establece la modificación de la determinación de la tasa por el arbitrio de gestión de residuos sólidos en el distrito de Villa El Salvador correspondiente a losejercicios 2002 y 2003, aprobadas por dicha Municipalidad Distrital; CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º delTexto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por lasMunicipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la ratificación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de laprovincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó lasOrdenanzas, objeto de la ratificación, remitiéndolas con