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PÆg. 308077 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 Artículo Segundo.- FACULTAR al Secretario del Consejo Regional La Libertad, la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza Regional, de acuerdo a las formalidades de Ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 22394 Aprueban Reglamento de Constitución del Consejo de Coordinación Regionalde La Libertad y Elección de Represen-tantes de la Sociedad Civil para el Período 2005-2007 ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2005-CR/RLL Trujillo, 12 de octubre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD VISTO:En Sesión Ordinaria de Consejo Regional de la fecha, la propuesta del Reglamento de Constitución del Consejode Coordinación Regional de La Libertad y Elección de Representantes de la Sociedad Civil para el periodo 2005- 2007, presentado por la Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y el artículo 3º de la Ley Nº 27902 que modifica la Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales, el Consejo de Coordinación Regional forma parte de la estructura básica del Gobierno Regional y constituye una instancia de consulta yconcertación entre la autoridad regional, las municipalidades y los representantes de la sociedad Civil; Que, el rol de los Consejos de Coordinación Regional se ha visto fortalecido por la emisión de leyes que disponen la intervención de dichas instancias en aspectos específicos de la gestión regional, conforme se indica enla Ley Nº 28056, Ley Marco de Presupuesto Participativo, Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, Ley Nº 28274 Ley deIncentivos para la Integración y la Conformación de Regiones, así como la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, habiéndose cumplido el periodo de los representantes de la Sociedad Civil del Consejo de Coordinación Regional La Libertad, es necesarioconvocar a un nuevo proceso eleccionario para su renovación, debiendo estar éste normado por un Reglamento aprobado por el Consejo Regional; Estando a lo dispuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria por laLey Nº 27902: Con el voto UNANIME de los Miembros integrantes del Consejo Regional de la Región La Libertad; ORDENA: ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Constitución del Consejo de Coordinación Regional de La Libertad y Elección de Representantes de laSociedad Civil para el periodo 2005-2007, el mismo que en anexo, forma parte de la presente Ordenanza. ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la GerenciaRegional de Desarrollo Social y a los órganos regionales correspondientes, la implementación del Reglamento aprobado. ARTICULO TERCERO.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, así como su difusión a través del PortalElectrónico y demás medios que garanticen la publicidad de la presente norma regional. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla.HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 22395 Aprueban creación del "Círculo de Calidad Estudiantil - CIRCAES" ORDENANZA REGIONAL Nº 018 -2005-CR/RLL Trujillo, 8 de noviembre del 2005EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, celebrada en la fecha, el Oficio Nº 318-2005-GRLL-GGRLL-GRDS, presentadopor la Gerencia Regional de Desarrollo Social que contiene la propuesta de creación del “Círculo de Calidad Estudiantil Educativa”, en las Instituciones Educativasdel ámbito de la Región La Libertad; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, precisa como uno de los objetivossociales de la descentralización: “Promover el desarrollo humano y la mejora sostenida de las condiciones de vida de la población para la superación de la pobreza”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales en su Artículo 10º, literal 2 inc. a) precisa que el Gobierno Regional ejerce competencia compartida enel tema de educación en la gestión de los servicios educativos de nivel inicial, primario, secundario y superior no universitario, con criterios de interculturalidadorientadas a potenciar la formación para el desarrollo; Que, el D.S. Nº 013-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de Educación Básica Regular, en su Artículo81º indica que el estudiante de Educación Secundaria puede organizarse a través de diferentes formas democráticas de asociación estudiantil. Tiene el derechoy el deber de participar en la elaboración y evaluación de los criterios y normas de convivencia, las cuales debe respetar fortaleciendo su identidad personal, así comosu conciencia moral autónoma para contribuir a una sociedad pacífica, democrática, solidaria, justa y tolerante”; Que, es política del Gobierno Regional a través de la Gerencia de Desarrollo Social, promover las potencialidades humanas, técnicas e intelectuales delos jóvenes con equidad de genero y sin exclusiones en el ámbito de la Región La Libertad; Que, los Círculos de Calidad Estudiantil – CIRCAES tiene como objetivo fortalecer la integración, fraternidad, identidad y capacidad académica de los alumnos y alumnas de las Instituciones Educativas; Que, al amparo de los Articulos 13º, 37º y 38º de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, con la aprobación UNÁNIME del Pleno del ConsejoRegional; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, la creación del “CÍRCULO DE CALIDAD ESTUDIANTIL - CIRCAES” en las instituciones educativas del ámbito Regional.