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PÆg. 308089 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 tal fin a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de Declaración Jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por elTribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041- 2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, elServicio de Administración Tributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida MunicipalidadDistrital, la misma que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendosegún Informe Nº 004-082-000000408, que procede la ratificación de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria - SAT y de la Comisión Metropolitana de AsuntosEconómicos y de Organización en su Dictamen Nº 305- 2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electrónico de laMunicipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe); ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 116- MVES, modificada por la Ordenanza Nº 120-MVES, que establecen la modificación de la determinación de las tasas por el arbitrio de gestión de residuos sólidos en eldistrito de Villa El Salvador correspondiente a los ejercicios 2002 y 2003, dado que cumplen con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentenciadel Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto íntegro de lasOrdenanzas Nºs. 116-MVES y 120-MVES y de sus anexos que contienen el informe técnico, los cuadros de estructuras de costos y estimación de ingresos y losimportes de las tasas por tipo de arbitrio que las sustentan. Por otro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materia de la presente ratificación, sin la condición antesseñalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada seefectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 22355 Ratifican Ordenanzas que aprueban marco legal del rØgimen tributario dearbitrios de gestión de residuos sólidos,Æreas verdes y serenazgo del ejercicio 2006 en el distrito de Villa El Salvador ACUERDO DE CONCEJO Nº 453 Lima, 27 de diciembre de 2005Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del año en curso el Oficio Nº 001-090-00003053 del Servicio de Administración Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de las Ordenanzas Nºs. 118-MVES y 117-MVES, modificadaspor las Ordenanzas Nºs. 123-MVES y 122-MVES,respectivamente que aprueban el marco legal del régimen tributario de los arbitrios de gestión de residuos sólidos, áreas verdes y serenazgo en la circunscripción del distrito de Villa El Salvador correspondiente al ejercicio 2006; CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimirtributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por lasMunicipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la ratificación de Ordenanzastributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó las Ordenanzas, objeto de la ratificación, remitiéndolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de Lima,conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de Declaración Jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por elTribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041- 2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, elServicio de Administración Tributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida MunicipalidadDistrital, la misma que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendosegún Informe Nº 004-082-000000405, que procede la ratificación de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria - SAT y de la Comisión Metropolitana de AsuntosEconómicos y de Organización en su Dictamen Nº 306- 2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electrónico de laMunicipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe); ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar las Ordenanzas Nºs. 118- MVES (modificada posteriormente por la Ordenanza Nº 123-MVES) y 117-MVES, (modificada posteriormente por la Ordenanza Nº 122-MVES) que aprueban el marcolegal del régimen tributario de los arbitrios de gestión de residuos sólidos, áreas verdes y serenazgo correspondiente al ejercicio 2006 en la circunscripcióndel distrito de Villa El Salvador, dado que cumplen con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en elExpediente Nº 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, seencuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto íntegro de las Ordenanzas Nºs. 117-MVES y118-MVES, así como sus modificatorias las Ordenanzas Nºs. 122-MVES y 123-MVES, en especial de los anexos que contienen el informe técnico decada uno de los arbitrios, los cuadros de estructuras de costos y estimación de ingresos y los importes de las tasas por tipo de arbitrio que las sustentan. Porotro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de losfuncionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la