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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2005 (15/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G36/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de enero de 2005 Artículo 3º.- Disponer la remisión de la presente Resolución al señor Presidente de la República, al Tribu- nal Constitucional, al Ministerio de Economía y Finanzas y la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación en la jurisdicción. Artículo 4º.- Disponer que el cumplimiento de la pre- sente Resolución estará sujeta a la atención por parte del Ministerio de Economía y Finanzas de lo dispuesto en el resolutivo anterior. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a los interesados y a las demás instancias pertinentes, para su cumplimiento y demás fines. Regístrese, comuníquese y archívese.RENÉ CHÁVEZ ALFARO Rector 00907 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61 /G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G38/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G2D/G43/G4F/G2D/G55/G4E/G41/G4D/G42/G41/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G69/G63/G61/G65/G6C/G61/G20/G42/G61/G73/G74/G69/G2D /G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G75/G72/GED/G6D/G61/G63 UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN Nº 301-2004-CO-UNAMBA Abancay, 3 de diciembre del 2004 LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC VISTO: La Resolución Nº 058-2004-P-CO-UNAMBA, de fe- cha 18 de noviembre del 2004. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 058-2004-P-CO-UNAM- BA, de fecha 18 de noviembre del 2004, se exonera del proceso de selección la adquisición del terreno de propie- dad del Sr. Nerio Muñoz Mendoza, por tratarse de un bien que no admite sustituto; Que, por Resolución Nº 059-2004-P-CO-UNAMBA, de fecha 19 de noviembre del 2004, se conforma el Co- mité Especial para el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía para la Adquisición del Terreno Adyacente a la propiedad de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, según las fuentes de financiamiento: Re- cursos Directamente Recaudados del Ejercicio Fiscal 2004, ascendente a S/. 52,000.00 Recursos Ordinarios del Ejercicio Fiscal 2005, ascendente a S/. 180,000.00 y Donaciones y Transferencias hasta por el monto de S/. 146,000.00 que hacen un total de S/. 378,000.00 Nue- vos Soles; Que, según lo establecido por el artículo segundo de la referida Resolución se dispone al Comité Especial Permanente de la Universidad Nacional Micaela Basti- das de Apurímac, proceder con la adquisición del terre- no, habiéndose incurrido en un error material al consig- narse el término “permanente” por cuanto la referencia realizada era al Comité Especial, el mismo que se ha designado mediante la resolución referida en el anterior considerando; Que, de acuerdo a lo establecido por el Art. 14º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, cuando el acto administrativo por incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservación del acto, procediéndose a su enmienda por la propia autoridad emisora; Que, según se desprende del texto de la Resolución Nº 058-2004-P-CO-UNAMBA, se ha omitido con indicar el monto del valor referencial, así como la fuente de finan- ciamiento del bien que no admite sustituto exonerado deproceso de selección, procede integrar a la referida Re- solución, los conceptos del valor referencial que ascien- de a S/. 378,000.00 Nuevos Soles, con el siguiente deta- lle: ejercicio fiscal 2004, con cargo a la fuente de financia- miento Recursos Directamente Recaudados S/. 52,000.00; ejercicio fiscal 2005 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios S/. 180,000.00 Nue- vos Soles; con cargo a la fuente de financiamiento Dona- ciones y Transferencias S/. 146,000.00; Que, de acuerdo a lo establecido por el Art. 201º, numeral 201.1 de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, la rectificación de los errores en los actos administrativos pueden ser rectificados de ofi- cio, con efecto retroactivo en cualquier momento siem- pre que no altere lo sustancial del contenido ni el sentido de la decisión; Estando a lo expuesto, y al acuerdo de la Comisión Organizadora de fecha 1 de diciembre del 2004; y, En uso de las atribuciones y Autonomía Universitaria que le confieren el Art. 18º de la Constitución Política del Estado, Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 26439 de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, Ley de Creación de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac Nº 27348, Resoluciones Nºs. 110-2002 y 200-2003-CONAFU y Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General; RESUELVE: Primero.- RECTIFICAR el Artículo Segundo de la Resolución Nº 058-2004-P-CO-UNAMBA, del 18 de no- viembre del 2004, excluyendo el término “permanente” por las razones expuestas. Segundo.- INTEGRAR la Resolución Nº 058-2004- P-CO-UNAMBA, mediante la cual Exonera del Proceso de Selección la Adquisición del Terreno de propiedad del Sr. Nerio Muñoz Mendoza, por tratarse de bien que no admite sustituto, cuyo valor referencial asciende a S/. 378,000.00 (Trescientos Setenta y ocho Mil y 00/100Nuevos Soles), con el siguiente detalle: ejercicio fiscal 2004, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados S/. 52,000.00; ejercicio fiscal 2005, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios S/. 180,000.00 Nuevos Soles; con cargo a la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias S/. 146,000.00. Tercero.- DISPONER a la Dirección de Administra- ción y Oficina de Relaciones Públicas de la Universidad, publiquen la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles siguientes de su expedición, y comunicar a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; en la misma forma que se efectuó el acto administrativo original. Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a las instancias administrativas de la Universidad, para conocimiento y los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese.CARROLL DALE SALINAS Presidente 00714 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G37/G33/G2D/G30/G34/G2D/G52/G20/G72/G65/G66/G65/G2D /G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G70/G72/G65/G75/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 008-2005-R Callao, 10 de enero de 2005 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO