Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2005 (15/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2005
Nº 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 Area Cargo SDD N6 ASISTENTE MORDAZA SDD N6 ASISTENTE MORDAZA SDD N6 ASISTENTE MORDAZA SDD N9 SECRETARIA SDD N9 SECRETARIA SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA SNM N2 JEFE DE SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA SNM N4 COORDINADOR SNM N6 ASISTENTE MORDAZA SNM N6 ASISTENTE MORDAZA SNM N6 ASISTENTE MORDAZA SNM N6 ASISTENTE MORDAZA SNM N6 ASISTENTE MORDAZA SNM N7 ASISTENTE MORDAZA SNM N7 ASISTENTE MORDAZA SNM N7 ASISTENTE MORDAZA SNM N9 SECRETARIA SNM N10 AUXILIAR SNM N10 AUXILIAR RESUMEN POR NIVELES NIVEL N1 N2 N3 N4 N5 N6 N7 N8 N9 N10 N11 TOTAL TOTAL 5 21 17 17 50 72 77 14 37 13 7 330

NORMAS LEGALES
Nivel N6 N6 N6 N9 N9

Pag. 284673

N2 N4 N6 N6 N6 N6 N6 N7 N7 N7 N9 N10 N10

00860

INPE
Inician procedimiento disciplinario a servidores y ex servidor de la Direccion Regional MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 942-2004-INPE/P MORDAZA, 9 de diciembre de 2004 Visto, el Informe Nº 145-2004-INPE/CPPAD de fecha 26 de noviembre de 2004 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 297-2004-INPE/ 11 de fecha 6 de MORDAZA de 2004, el Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario, remite el Informe Nº 009-2004-INPE/05 de la Oficina General de Auditoria, en torno al "Examen Especial practicado a la Direccion Regional MORDAZA "Establecimiento Penitenciario", periodo de enero a diciembre de 2003, donde se ha establecido la responsabilidad administrativa disciplinaria de los servidores de la Direccion Regional Lima: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jannet MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PARE-

DES, ex "miembros del Comite Especial de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-INPE/17 "Primera Convocatoria y ex miembros del Comite Especial de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003-INPE/17 y del ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABELLOS, ex Jefe de Trabajo del Establecimiento Penitenciario de Cambio MORDAZA - Chimbote, conforme fluye de las observaciones y conclusiones del Informe de la Oficina General de Auditoria del Instituto Nacional Penitenciario, quienes habrian incurrido en falta administrativa por incumplimiento de sus deberes y obligaciones; Que, de la revision del Informe Nº 009-2004-INPE/ 05 de la Oficina General de Auditoria del Instituto Nacional Penitenciario, se advierte de la observacion Nº 1, que los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jannet MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembros del Comite Especial de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003INPE/17 - Primera Convocatoria y ex miembros del Comite Especial de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003-INPE/17, habrian incurrido en responsabilidad administrativa, por haber calificado de manera incorrecta la propuesta tecnica de los postores que tenian mayores volumenes de venta, lo que MORDAZA como factor determinante a criterio de los miembros del citado Comite Especial para asignar puntajes favorables a los postores que presentaron los importes totales de las facturas por ventas realizadas, sin considerar el importe de venta de los productos requeridos por la entidad, no permitiendo a la institucion tener un ahorro aproximado de S/. 14,398.00 Nuevos Soles, transgrediendo de esta manera los articulos 3º y 47º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo, de la revision del Informe Nº 0092004-INPE/05 de la Oficina General de Auditoria, se desprende del numeral 2 de la Observacion, que los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del Comite Especial, Jannet MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembros del Comite Especial de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-INPE/17 - Primera Convocatoria, habrian incurrido en responsabilidad administrativa, debido a que en los actos administrativos de la Licitacion Publica Nº 001-2003-INPE/17 - Primera Convocatoria, se ha evidenciado que el dia 4 de marzo de 2003, se publico el "Aviso de Convocatoria" en el Diario Oficial El Peruano y "El Comercio", con errores en el valor referencial y hora de la apertura del sobre Nº 01 referido a la Propuesta Tecnica, al consignarse el acto de apertura de sobre Nº 01 para las 10.00 de la manana, no obstante que en las bases integradas del MORDAZA de licitacion se establecieron que la apertura de la propuesta tecnica se llevaria a cabo el dia 10 de MORDAZA de 2003 a las 9.00 de la manana, tal situacion origino a que la Direccion Regional MORDAZA, declare de Oficio la nulidad del MORDAZA, a traves de la Resolucion Directoral Nº 402-2003-INPE/ 17, retrotrayendose a la etapa de MORDAZA de propuestas. Asimismo, el resultado del otorgamiento de la Buena Pro, se publico en forma errada respecto a la totalidad de Items desiertos; por consiguiente, las publicaciones, gastos notariales y otros, origino a la Institucion un perjuicio economico de S/. 7,603.00 Nuevos Soles, incurriendo en lo previsto en el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de la revision del Informe Nº 009-2004-INPE/ 05 de la Oficina General de Auditoria, en el numeral 3 de la Observacion, se ha establecido la responsabilidad administrativa de los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente de Comite Especial, Jannet MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembros del Comite Especial de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-INPE/17 - Primera Convocatoria, debido a que durante el MORDAZA de evaluacion de las propuestas tecnicas de los postores, el Comite Especial no evaluo en forma imparcial y equitativa al postor Consorcio Inversiones Parsum S.A. - Food Word Corporation S.A., referente al Item 41 "carne de res sin hueso", correspondiente al Establecimiento Penitenciario de Regimen

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