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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2005 (15/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G36/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de enero de 2005 terminar la vigencia de los permisos de pesca y, el artí- culo 26º considera como funciones de la Dirección Re- gional, entre otras, ejecutar la evaluación de las activida- des de la flota pesquera, evaluar las certificaciones de artes o aparejos de pesca, equipos de conservación o preservación a bordo u otros asociados a la actividad extractiva; Que, es necesario elaborar un Registro Regional de Identificación de la Flota Pesquera Regional, en el que se deberán también incluir las embarcaciones pes- queras de otros puertos que eventualmente operan en la jurisdicción del litoral de la Región Ancash, a efectos de implementar un software que permita iden- tificar fotográficamente a todas las embarcaciones pesqueras con sus respectivas características técni- cas, el mismo que interactuará con equipos móviles para uso de la Dirección Regional de Producción An- cash y sus usuarios; Que como producto de la Reunión de Trabajo sostenida el día 14 de octubre del 2004, con los representantes de las Asociaciones de Armadores de Pesca Industrial de la Región Ancash , se acordó, entre otros aspectos, la necesidad de que la Dirección Re- gional de Producción de Ancash, proceda a efectuar una inspección de operatividad de las características técnicas y de existencia física de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente, con la finali- dad de disponer de información base para la identifica- ción plena de las embarcaciones pesqueras que ope- ran en la jurisdicción del litoral de la Región Ancash, y la elaboración del Registro de Identificación de la Flota Pesquera Regional, para lo cual las Asociaciones de Armadores de Pesca Industrial se comprometen de manera solidaria a solicitar el Servicio que presta el Ministerio de la Producción - Inspección técnica a soli- citud de parte y, al pago de los derechos de trámite establecido en el servicio Nº 4 del Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro- ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003- PRODUCE del 12 de diciembre del 2003; En uso de las atribuciones establecidas en los artícu- los 9º Inc. J), 15º Inc. a), 46º y 52º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902 y los artículos 36º, 43º y 48º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, según O.R. Nº 002-2004-CR/GRA, y demás normas pertinentes; y estando a lo acordado por unanimidad en la sesión ordinaria llavera a cabo el día 6 de enero del 2005; HA APROBADO:Artículo 1º.- APROBAR, el Programa de Identifica- ción de las embarcaciones pesqueras industriales que realizan actividades extractivas en la jurisdicción del li- toral de la Región Ancash, el mismo que estará a cargo de la Dirección Regional de Producción de Ancash. Artículo 2º.- La Dirección Regional de Produc- ción Ancash otorgará a los Armadores Pesqueros industriales las constancias de identificación y exis- tencia física de las embarcaciones pesqueras de metal, madera y otros, previa inspección técnica a solicitud de parte. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los 12 días del mes de enero del 2005.RICARDO NARVÁEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional de Ancash a los doce días del mes de enero del 2005. RICARDO NARVAEZ SOTO Gobierno Regional de Ancash Presidente 00905GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G69/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G73/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G34 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD Nº 122-2004-CR/R-LL Santiago de Chuco, 14 de diciembre del 2004 EL CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTADVISTO:En sesión ordinaria de la fecha, la propuesta formulada por el señor Gerente Regional de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regio- nal de La Libertad, referente a la aprobación, por parte del Consejo Regional, de la Solicitud de Acreditación para la transferencia de funciones sectoriales incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Funciones Sectoriales 2004 ; CONSIDERANDO:Que, dentro de los procedimientos establecidos por la normatividad legal para el proceso de descentraliza- ción del país, es necesario plantear las propuestas de transferencia de funciones sectoriales del Gobierno Nacional al Gobierno Regional, correspondientes al Plan Anual de Transferencia de Funciones Sectoriales 2004; Que, el Gobierno Regional de La Libertad cuenta con las capacidades necesarias para asumir las funciones y recursos a transferirse; Que, de acuerdo a lo normado en el Capítulo II, artí- culos 81º, 83º, 84º y 85º de la Ley Nº 27867, Ley Orgá- nica de Gobiernos Regionales, el proceso de transfe- rencia de competencias, funciones, atribuciones y pre- supuestos es gradual, correspondiendo al Consejo Na- cional de Descentralización la formulación de los Planes Anuales de Transferencia, debiendo los Gobiernos Re- gionales acreditarse para tales fines; Que, mediante D.S. Nº 038-2004-PCM, se aprueba el Plan Anual de Transferencias 2004, incluyendo la trans- ferencia de funciones de los sectores Agricultura, Arte- sanía, Comercio Exterior, Energía, Industria, Minas, Pes- quería y Turismo; Que, mediante Ley Nº 28273 se ha establecido el sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales con el fin de garantizar la transferencia de funciones y recursos presupuestales de los sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Oficio Múltiple Nº 1820-2004-CND/ST el Consejo Nacional de Descentralización requiere que el Gobierno Regional de La Libertad remita la solicitud oficial de acreditación para la transferencia de funciones sectoriales incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Funciones Sectoriales 2004; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a lo expuesto, con el voto UNÁNIME de los señores inte- grantes de dicho Consejo, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de Acredi- tación del Gobierno Regional de La Libertad para la trans- ferencia de funciones sectoriales incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Funciones Sectoriales 2004. Artículo Segundo.- APROBAR la solicitud de acre- ditación para los siguientes sectores: Agricultura, Arte- sanía, Comercio Exterior, Energía, Industria, Minas, Pes- quería y Turismo.