Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2005 (20/01/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 20 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 284959

grafica de sus precios sin condicionarla a la estructura de los cargos de interconexion del operador establecido. - Incentivo a la eficiencia: incentiva a las empresas que desean expandir su actual infraestructura de red. Este enfoque remunera al operador que hace la inversion en ampliar su cobertura, puesto que tal expansion de la red estara reflejada en los calculos futuros de los costos. La estructura de cargos por capacidad proporciona una estructura tarifaria independiente de los tramos horarios e inversamente proporcional al trafico cursado, por lo tanto, aquellos operadores que son capaces de optimizar el ancho de banda de interconexion (mediante una distribucion racional del trafico, de forma que se minimice la capacidad vacante) alcanzaran costos de interconexion unitarios inferiores. - Mejor planificacion y asignacion de recursos: En la situacion actual, cada operador establece sus puntos de interconexion en funcion del trafico que estima cursar. Sin embargo, es el operador que provee la interconexion sobre el que recae la responsabilidad de dimensionar su planta en funcion del trafico previsto por otros operadores. En caso de que las previsiones de los operadores no se cumplan, dicho operador asumira los costos de ese sobredimensionamiento. Con el establecimiento de pagos por capacidad se trasladaria parte de esta responsabilidad a los operadores entrantes ya que estos asumirian los costos de la capacidad contratada no utilizada, por lo que ello redundaria en una planificacion mas precisa a la hora de determinar sus estimados de trafico. - Ingresos por interconexion con independencia de la evolucion del negocio de los operadores: La nueva modalidad de cargos de interconexion garantiza al operador que provee la interconexion un nivel de ingresos por la prestacion del servicio de terminacion que no depende del trafico efectivamente cursado. El operador oferente ve asi remunerada la capacidad de interconexion puesta a disposicion de los operadores interconectados, reduciendose la incertidumbre sobre la precision de las previsiones de demanda de los operadores. - Desde una perspectiva de usuario final, este enfoque implica menos distorsiones en las elecciones hechas por los consumidores, puesto que el uso marginal de la red fuera de las horas pico tendra un costo de interconexion igual a cero. El crecimiento de la demanda que resulta de tal politica puede conducir en MORDAZA instancia a un aumento general en la demanda de los servicios de red, con las ventajas inherentes para la industria. - Desde la perspectiva del operador establecido: (i) la implementacion de la modalidad de cargos por capacidad facilita y agiliza los procedimientos de liquidacion o pagos de interconexion; (ii) siendo un pago fijo independiente de trafico generado elimina la incertidumbre de los ingresos por interconexion asociados al trafico; (iii) dado que la mejor planificacion y asignacion de recursos recae en las empresas que solicitan la interconexion, la implementacion de la misma reduce el riesgo del operador establecido trasladando parte de dicha responsabilidad a los operadores entrantes. 3. Alcance del Acceso por capacidad Cuando una empresa que desea interconectarse con una red fija opta por la modalidad de acceso por capacidad, la red fija se encuentra en la obligacion de poner a la disposicion de dicha empresa la capacidad o recursos de red solicitados para atender sus previsiones de demanda de forma independiente al trafico efectivamente cursado. En ese sentido, las empresas que soliciten la aplicacion de dicha modalidad estaran reservando una determinada capacidad para terminar el trafico originado en su red con destino a la red fija a la cual se encuentran interconectados. En la mayoria de los casos es potestad de las empresas el definir si la aplicacion de la modalidad de acceso por capacidad sera reciproca. Respecto del alcance de la modalidad de acceso por capacidad, es necesario precisar que MORDAZA de servicios deberan ser incluidos de manera obligatoria, y que servicios se dejara a la libre negociacion entre las partes. 4. Relacion con el regimen de cargos de terminacion por minuto Habitualmente, la implementacion del MORDAZA regimen de tarificacion de cargos por capacidad se realiza de manera alternativa al regimen de tarificacion por minuto. De esta manera, las empresas que presenten una solicitud de interconexion al operador de la red fija podran optar por la aplicacion del sistema de cargos de terminacion por minuto o por capacidad. En consecuencia, el modelo de interconexion por capacidad debera formar parte de la oferta de servicios de interconexion disponible en la red fija para fines de la originacion y/o terminacion de llamadas, el mis-

mo que podra ser solicitado por todos aquellos operadores que asi lo deseen. 5. Determinacion de la unidad elemental de capacidad Para fines de la implementacion del MORDAZA regimen de tarificacion, el primer paso implica determinar la unidad elemental de capacidad de interconexion que podria ser demandada por un operador. Tal como se ha indicado, la aplicacion del MORDAZA esquema de tarificacion demanda un nivel minimo de agregacion en la contratacion de la capacidad, ello, con el fin de minimizar el riesgo derivado de la inexactitud de las previsiones de trafico. En ese sentido, la metodologia de calculo propuesta considera la capacidad de un E1 como la unidad elemental de capacidad. Sin embargo, la experiencia internacional muestra que existe la posibilidad de que las empresas puedan contratar MORDAZA o combinaciones de MORDAZA de menor capacidad, como por ejemplo la contratacion individual de MORDAZA de 64 kbit/s, o un multiplo de estos. Si bien desde el punto de vista de las empresas que se encargaran de brindar el acceso la definicion de unidades elementales de menor capacidad conlleva ciertas dificultades (como son la necesidad de una mayor capacidad de MORDAZA en las centrales, el incremento de los trabajos de ordenacion y reasignacion de MORDAZA de 64 kbit/s y la instalacion en planta de tarjetas que no van a ser ocupadas en su totalidad), desde el punto de vista de las empresas con menores demandas de trafico de interconexion la supresion de esta opcion podria representar una discriminacion regulatoria hacia aquellos operadores cuya dimension o estrategia requieren poca capacidad de interconexion. Es posible introducir en el analisis la posibilidad de que la unidad elemental de capacidad que determinara la demanda de las empresas este en funcion de la capacidad ya existente en cada PdI. 6. Dimensionamiento de la Capacidad Contratada por PdI Uno de los aspectos mas relevantes para la implementacion del sistema corresponde al dimensionamiento de la capacidad contratada en cada PdI. Al respecto, resulta necesario el definir si dicho MORDAZA debera ser llevada a cabo por un acuerdo entre las partes, o si dicha decision correspondera de manera exclusiva a las empresas que demandan la interconexion acorde con su demanda y las expectativas de crecimiento y calidad de servicio previstas en su plan de negocio. Complementariamente, ante posibles escenarios de desborde o sobrecarga de los enlaces, es importante que el MORDAZA normativo precise con claridad las obligaciones y responsabilidades en materia de ampliacion de capacidad. 7. Esquemas de Encaminamiento Alternativo (Desbordes) Tal como se ha adelantado, si bien las empresas contratan una capacidad de red sobre la base de sus previsiones de demanda, es posible que en la practica el trafico registrado supere dicha capacidad. Ante dichas circunstancias, es necesario precisar los sistemas alternativos de encaminamiento con los cuales podrian contar las empresas para que dicho trafico pueda ser completado. Es necesario definir ademas si las empresas que se interconectan estaran en la obligacion de optar por una de estas alternativas (por PdI), o si dicha decision correria por su propia cuenta y riesgo. Finalmente, se debera precisar si la implementacion de las mismas corresponde a la prestacion de un servicio adicional o complementario sujeto a una contraprestacion economica, o si su implementacion forma parte integral del servicio de acceso, en cuyo caso dicha contraprestacion adicional no seria aplicable. Adicionalmente, es importante analizar si es necesario que el MORDAZA normativo establezca el limite a partir del cual una situacion de implementacion de las alternativas de desborde conlleve finalmente a una ampliacion de la capacidad contratada, o si es mejor dejar que las propias empresas que solicitan la interconexion evaluen la necesidad y el momento para realizar la solicitud de ampliacion. 8. MORDAZA local y reventa de capacidad Con el objetivo de fomentar un mayor dinamismo en el sector, resulta pertinente analizar la posibilidad de que las empresas que hayan contratado capacidad de red puedan vender parte de su capacidad excedente a terceras empresas que hayan contratado con ellas la facilidad de MORDAZA local. Al respecto, se recomienda evaluar la posibi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.