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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2005 (23/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G31/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de enero de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2005-JUS Lima, 21 de enero de 2005 Visto el Oficio Nº 3370-2004-JUS/PPMJ, de fecha 29 de diciembre del 2004, de la Procuraduría Pública a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum S/N, de fecha 20 de octu- bre de 2004, el Registrador Público de la Zona Registral NºIX-Sede Lima da cuenta a la Gerencia del Registro dePropiedad Inmueble, de la presentación de documentosupuestamente falsificado ante el Registro de PropiedadInmueble, en la solicitud de inscripción del Título Nº 283957, de fecha 16 de setiembre de 2004; Que, mediante Informe Nº 073-2004-SUNARP-Z.R.No.IX/ OL, de fecha 9 de noviembre de 2004, la Jefatura de la OficinaLegal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima, remitió a la Procu-raduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministeriode Justicia, los antecedentes de la citada solicitud de inscrip- ción de Título que contiene indicios de comisión de delito, entre ellos la Carta de fecha 5 de octubre de 2004, cursada porel Notario de Lima, Dr. Jaime Alejandro Murguía Cavero, aefectos de que se expida la Resolución Ministerial que autoriceiniciar las acciones judiciales contra las personas que resultenresponsables por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de documentos, pre- visto y penado en el artículo 427º del Código Penal; Que, existiendo indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito, corresponde autorizar al Procurador Públi-co, para que en representación y defensa de los intereses delEstado interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los artículos 2º y 8º del Decre-to Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicialdel Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para queen representación y defensa de los intereses del Estado,interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables de la presunta comisión de delitos conforme a los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 01426 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 039-2005-JUS Lima, 21 de enero de 2005 Visto el Oficio Nº 3374-2004-JUS/PPMJ, de fecha 29 de diciembre del 2004, de la Procuraduría Pública a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 396-2004-SUNARP-ZR No. IX/ OCI, de fecha 2 de noviembre de 2004, la Jefatura del Órga- no de Control Institucional de la Zona Registral IX- SedeLima, presentó a la Jefatura de su Institución el resultado dela investigación administrativa relativa a la sustracción de fo-jas del Título Archivado Nº 189589 de fecha 16 de noviembrede 1999, que contiene la solicitud de inscripción de la elec- ción del Consejo Directivo de la Asociación Nuevos Horizon- tes, la misma que se encuentra inscrita en la Ficha Nº 20814y su continuación en la Partida Electrónica Nº 03001586 delRegistro de Personas Jurídicas de Lima; Que, la investigación administrativa realizada ha determinado la sustracción de fojas en el título archivado antes referido, así como identificado a los presuntos res- ponsables del hecho;Que, mediante Informe Nº 079-2004-SUNARP-Z.R.No.IX/ OL, de fecha 17 de noviembre de 2004, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima, remitió a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de Justicia, la investigación administrativa efectuadapor el Órgano de Control Institucional, para que se expida laResolución Ministerial que autorice iniciar las acciones judicia-les contra las personas que resulten responsables por la pre- sunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Supresión, destrucción u ocultamiento de documentos, pre-visto y penado en el artículo 430º del Código Penal; Que, existiendo indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito, corresponde autorizar al Procurador Públi-co, para que en representación y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los artículos 2º y 8º del Decre-to Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicialdel Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para queen representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables de la presunta comisión dedelitos conforme a los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 01427 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6C/G65/G67/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 /G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G74/G72/G61/G6D/G69/G74/G65/G20/G64/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G61 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G63/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G6E/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 043-2004-JUS/CN Lima, 14 de octubre de 2004 Visto, el recurso de apelación interpuesto por don Ma- nuel Reátegui Tomatis contra la Resolución Nº 078-2004-CNL-VN-JD de fecha 9 de agosto de 2004, expedida por elColegio de Notarios de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 25 de mayo de 2004 don Manuel Reátegui Tomatis, interpone denuncia ante el Colegio de Notarios de Lima, en la que solicita abrir proceso disciplina- rio contra todos aquellos Notarios que se encuentran partici-pando en una supuesta irregular e ilegal actuación al permitirque existan en sus despachos notariales formularios de Trans-ferencias Vehiculares con las firmas de sólo una de las partesy que los demás datos se encuentren en blanco; Que, por Resolución Nº 078-2004-CNL-VN/JD, de fecha 9 de agosto de 2004, expedida por el Colegio de Notarios deLima, se declara improcedente el pedido formulado por elseñor Notario de Lima, Dr. Manuel Reategui Tomatis; Que, mediante escrito de fecha 10 de setiembre de 2004, don Manuel Reátegui Tomatis interpone ante el De- cano del Colegio de Notarios de Lima, recurso de apela- ción contra la Resolución Nº 078-2004-CNL-VN/JD, de fe-cha 9 de agosto de 2004, emitida por dicho Colegio, la cualfue concedida mediante Resolución Nº 095-2004-CNL-VN/JD, de fecha 5 de octubre de 2004; Que, la Resolución apelada fue emitida válidamente teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 25º del Decreto Supremo Nº 009-97-JUS; Que, sin embargo, de la revisión del expediente y tenien- do en cuenta la naturaleza de la denuncia se observa queexisten méritos suficientes para que el Colegio de Notariosde Lima estudie la denuncia presentada y emita pronun- ciamiento sobre el fondo del asunto;