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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G31/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de enero de 2005 pedido de reconsideración a la multa impuesta al Notario Público de Cusco, Dr. Jorge Oswaldo Bustamante Aragón, al no haber justificado su inasistencia a la sesión convoca- da por el mencionado Colegio; Que, mediante escrito de fecha 2 de junio de 2003, el Notario Público del Cusco, Dr. Jorge Oswaldo Bustamante Ara-gón, presenta ante el Decano del Colegio de Notarios del Cus-co y Madre de Dios, recurso de apelación contra la Resolución Nº 21-2003-JD-CNCMD, de fecha 21 de mayo de 2003, emitida por dicho Colegio, la cual fue concedida mediante ResoluciónNº 29-2003-JD-CNCMD, de fecha 17 de junio de 2003; Que, luego de analizar lo actuado, se puede apreciar que la multa impuesta al Notario quejoso fue acordada por Asam-blea General del Colegio de Notarios del Cusco y Madre de Dios; por ser éste el órgano máximo de los Colegios de Nota- rios, por lo tanto sus resoluciones deben de ser acatadas porlos miembros de la orden; adicionalmente, de conformidad conlo señalado en los incisos b) y d) del artículo 11 del DecretoSupremo Nº 009-97-JUS, los Notarios están obligados a asistira las sesiones en su condición de miembros activos del Colegio de Notarios al que pertenecen y el Notario Público del Cusco, Dr. Jorge Oswaldo Bustamante Aragón, no justificó su inasis-tencia a la sesión que fue motivo de multa; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesión del 14 de octubre de 2004; y a lo señalado en el literalh) del artículo 142º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Nota- riado; y al literal i) del artículo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, Decreto Supremo Nº 005-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar infundado el recurso de apela- ción interpuesto por el Notario Público del Cusco, don Jor-ge Oswaldo Bustamante Aragón, contra la Resolución Nº21-2003-JD-CNCMD, de fecha 21 de mayo de 2003, expe- dida por el Colegio de Notarios del Cusco y Madre de Dios; Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Colegio de Notarios de Cusco y a las partes intervinientes,para los fines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.A. RONALD CARDENAS KRENZ Presidente JOSE HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA Consejero CESAR HUMBERTO BAZAN NAVEDA Consejero CARLOS ENRIQUE GOMEZ DE LA TORRE RIVERAConsejero 01418 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G2D /G74/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G37/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G43/G4E/G41/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6C/G65/G67/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 46-2004-JUS/CN Lima, 15 de noviembre de 2004 Visto, el recurso de apelación presentado por la Notaria Pública de Santa, Dra. Rosa María Fonseca Li, contra partede la Resolución Nº 17-2002-CNA, de fecha 11 de noviembrede 2002, expedida por el Colegio de Notarios de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 16-2002-CNA, de fecha 7 de octubre de 2002, expedida por el Colegio de Notarios de Ancash, se le encarga a la señorita Notaria Pública deSanta, Dra. Rosa María Fonseca Li, el archivo notarial delseñor Notario Público de Chimbote, Bernabé Zúñiga Qui-roz, a partir de la expedición de la resolución antes indica-da hasta el 31 de diciembre de 2002, inclusive; Que, mediante escrito de fecha 21 de octubre de 2002, los señores notarios de la provincia de Chimbote: Eduardo PastorLa Rosa, Ludovico Montañés Ángeles, Guillermo Cam Carran-za, Honorato Campos Iturizaga y Gustavo Adolfo Magán Ma-reovich, comunican al Decano del Colegio de Notarios de An-cash, la problemática por la que está pasando el oficio notarial de su amigo y colega Bernabé Zúñiga Quiroz, debido a la inseguridad jurídica que generaría la falta de capacidad porparte de los familiares del Notario Zúñiga Quiroz quienes ven-drían incumpliendo con sus obligaciones, tributarias, legales y laborales, lo que implica una responsabilidad muy grande del Notario autorizante; adicionalmente, agregan que la Dra. Fon- seca Li, lejos de cumplir con el encargo otorgado, se ha exce-dido en su encargatura al haber asumido arbitrariamente laadministración de la Notaría, trayendo consigo el descuido desu propio oficio, porque despacha todo el día en el oficioencargado, lo que significa el traslado físico de su despacho notarial o la apertura de más de un oficio notarial, contravinien- do con lo establecido en el artículo 4º de la Ley del Notariado,pudiéndose producir la vacancia del oficio, por lo que conside-ran se impone entonces adoptar las medidas que resguardenel prestigio del notariado, la seguridad jurídica y el derecho delos usuarios, y que, a su vez salvaguarde el derecho y la permanencia en el oficio del colega Bernabé Zúñiga Quiroz; Que, asimismo, señalan los referidos Notarios que por todas estas consideraciones debe de otorgarse una Licenciapor enfermedad suspendiendo el despacho y encargando laadministración del archivo a cualquier colega de la sede conel propósito de no vulnerar el derecho de los usuarios, hasta por un plazo que se deberá de establecer con un examen médico realizado al señor Notario Bernabé Zúñiga Quiroz; Que, mediante Resolución Nº 17-2002-CNA, de fecha 11 de noviembre de 2002, expedida por el Colegio de Notariosde Ancash, se resuelve ratificar la Licencia concedida al No-tario Público de Chimbote, Sr. Bernabé Zúñiga Quiroz, me- diante Resolución Nº 16-2002-CNA, revocar la encargatura del archivo del citado Notario a la señorita Notaria Pública deSanta, Dra. Rosa María Fonseca Li por haberse excedido ensu encargatura al haber asumido arbitrariamente la adminis-tración del mencionado Oficio Notarial y designar como nue-vo administrador del archivo notarial al Dr. Eduardo Pastor La Rosa, a partir del 16 del mes de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2002, inclusive; Que, mediante escrito de fecha 14 de noviembre de 2002, la señorita Notaria Pública de Santa, Dra. Rosa María Fonse-ca Li, interpone recurso de apelación con efecto suspensivocontra la Resolución Nº 17-2002-CNA, en la parte pertinente, solicitando medida cautelar administrativa que suspenda los efectos de la apelada, y se le conceda ambas peticiones; Que, del estudio de autos, se tiene que los señores Nota- rios que presentaron el escrito de fecha 21 de octubre de2002, no han presentado ninguna prueba de las acusacio-nes vertidas contra la Notaria Pública de Santa, Dra. Rosa María Fonseca Li, al haber manifestado que la mencionada Notaria habría descuidado su función notarial y se ha excedi-do en sus funciones como encargada del oficio notarial delNotario Público de Chimbote, Bernabé Zúñiga Quiroz; asimis-mo, en la parte considerativa de la resolución apelada no semencionan los motivos por los cuales se revoca la encargatu- ra otorgada mediante Resolución Nº 16-2002-CNA; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesión del 15 de noviembre de 2004, al literal h) delartículo 142º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado,y al literal i) del artículo 3º del Reglamento del Consejo delNotariado, Decreto Supremo Nº 005-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar fundado el recurso de apelación contra la Resolución Nº 17-2002-CNA, de fecha 11 de noviembre de 2002, emitida por el Colegio de Notarios deAncash, en la parte en que se manifiesta que la NotariaPública, Dra. Rosa María Fonseca Li, se ha excedido en suencargatura al haber asumido arbitrariamente la adminis-tración de la Notaría del Dr. Bernabé Zúñiga Quiroz, e infundada la medida cautelar administrativa. Artículo 2º.- Exhortar al Colegio de Notarios de An- cash, para que en lo sucesivo emita sus resoluciones con-forme a lo establecido en el ordenamiento jurídico querigen los actos administrativos. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Colegio de Notarios de Ancash y a la interesada para los fines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. A. RONALD CÁRDENAS KRENZ Presidente JOSÉ HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA Consejero CÉSAR BAZÁN NAVEDA Consejero ALBERTO VÁSQUEZ RÍOS Consejero 01419