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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G32/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de enero de 2005 Artículo 13º.- La realización de las operaciones de CIE- LOS DEL PERU S.A., respecto de la presente autoriza- ción, está condicionado a la aprobación de las Especifica- ciones Técnicas de Operación correspondientes al Certifi-cado de Explotador de Servicios Aéreos Nº 003 que tienevigente, para lo cual deberá cumplir con todas las exigen-cias y requisitos de la Certificación, en los términos y condi-ciones establecidos por la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 01012 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G6F/G67/G61/G64/G6F /G63/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G2D/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G74/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G43/G52 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 007-2005 VISTOS: El acuerdo de Directorio del Banco Central de Re- serva del Perú, adoptado en la sesión del 20 de enerode 2005, en el que expresa por unanimidad su confor- midad con la contratación del doctor Diego García Sa- yán como abogado consultor por servicios personalísi-mos. El memorando Nº M000-2005-005 del 12 de enero de 2004, de la Gerencia de Desarrollo de RecursosHumanos, en el que se precisa que el requerimiento de la contratación del doctor García Sayán se encuentra justificada, no solamente porque la función de aboga-do consultor está prevista en el Manual de Funcionesde la Institución, sino que el desempeño del doctorGarcía Sayán como tal, ha sido de muy valiosa contri-bución al Banco y goza de la confianza del Directorio en pleno. El Informe Nº K000-IA-2005-005 del 13 enero de 2005, elaborado por la Oficina Legal, en el que se opi-na que no existe inconveniente legal para la contrata-ción del doctor Diego García-Sayán por serviciospersonalísimos. CONSIDERANDO QUE: De conformidad con el Manual de Funciones Genera- les existe en el Banco Central de Reserva del Perú el cargode Abogado Consultor, el cual tiene como función aseso-rar al Directorio, a los Comités Especiales, al Presidente yal Gerente General en diversos asuntos de carácter jurídi-co. De acuerdo a la Resolución de Exoneración Nº 001- 2004 y al contrato K000-NA-2004-0040-00, el doctor Die-go García Sayán, ha venido desempeñándose como abo-gado consultor, labor que ha sido de muy valiosa contribu-ción al Banco y goza de la confianza de la Alta Dirección dela Institución. Tanto en lo que atañe a las relaciones con diversas instituciones del Estado como en la sustentación jurídica de las decisiones del Directorio en la que ha sidoconsultado, su contribución profesional ha sido altamentevalorada, por la calidad y seriedad de su trabajo, así comopor el rigor y discreción con que viene cumpliendo estafunción. El doctor García Sayán es abogado de profesión con más de 28 años de experiencia, con especialidaden Derecho Internacional y Derecho Constitucional, hadesempeñado funciones públicas importantes como lasde Ministro de Relaciones Exteriores, Ministro de Justi-cia y Congresista de la República y a nivel internacional es Juez de la Corte Interamericana de Derechos Huma- nos, entre otras funciones desempeñadas en el pasa-do; Como se indica en el memorando Nº M000-2005-005 de la Gerencia de Recursos Humanos, la función de abo-gado consultor del Banco exige los mayores niveles de experiencia, calidad profesional y solvencia moral, y al mis-mo tiempo una reconocida confianza de parte de los órga- nos de gobierno de la Institución; requisitos todos ellos cumplidos por el doctor García Sayán y por consecuencia se satisfacen las exigencias legales de idoneidad que losdistingue de los demás profesionales que eventualmentepueden prestar dicho servicio; El informe de la Oficina Legal señala que el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM prescribe que se encuentranexonerados de los procesos de selección la contrataciónde servicios personalísimos, de conformidad con lo queestablezca el Reglamento. El artículo 145º del Reglamento de la referida Ley, apro- bado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece que cuando exista la necesidad de proveerse de serviciosespecializados profesionales procede la exoneración porservicios personalísimos para contratar con personas natu-rales notoriamente especializadas. En consecuencia, tal como precisa el informe de la Oficina Legal las calidades profesionales y la confianza ratificada por el Directorio, en consideración al contratosuscrito por el período del 22 de enero de 2004 al 22 deenero de 2005, constituye una evidencia objetiva de laparticularidad de la contratación con el doctor Diego Gar-cía Sayán. De conformidad con el artículo 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado se establece que las contrataciones a que se refie-re el artículo 19º se realizarán mediante acciones inmedia-tas y deberán ser aprobadas mediante resolución del titu-lar del pliego de la entidad, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y copia de ella, junto con los informes que la sustentan, deberán remitirse a la Contralo-ría General de la República y al Consejo Superior de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE),dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de suaprobación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación di- recta pública, por tratarse de un servicio personalísimo, lacontratación del doctor Diego García Sayán como aboga- do consultor, para que preste asesoría a la Alta Dirección del Banco Central de Reserva del Perú. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración para que contrate los servicios de asesoría jurídica deldoctor Diego García Sayán, por un plazo de seis mesesrenovables, por un valor referencial mensual de S/. 19 818,80, monto que incluye los impuestos de ley, mediante acciones inmediatas y con cargo a los recursos de la Insti-tución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Dia- rio Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a laContraloría General de la República y al CONSUCODE. Lima, 21 de enero del 2005 RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 01424 DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G72/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35/G2C/G61/G6C/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 001-2005/DP Lima, 20 de enero de 2005 Vistos; el Memorando Nº 030-2005-DP/PDA que anexa el Informe Nº 001-2005-DP/OPP, mediante el cual la Prime-ra Adjuntía solicita la formalización de la emisión de laResolución que delegue al Jefe de la Oficina de Adminis-tración y Finanzas la facultad de aprobar las modificacio-nes presupuestarias en el nivel Funcional Programático en la Defensoría del Pueblo, por disposición del Titular del Pliego; y,