Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2005 (23/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de enero de 2005

para inscribir los vehiculos que superen la antiguedad MORDAZA establecida en esta norma. Sexta.- Para los permisos de operacion con plazo de vencimiento dentro de los treinta (30) dias habiles posteriores a la fecha de entrada en vigencia del presente reglamento, no es de aplicacion lo senalado en el primer parrafo del articulo 37º de esta MORDAZA, debiendose, en este caso, evaluar el pedido siempre que MORDAZA sido presentado MORDAZA del vencimiento del respectivo permiso. Setima.- Las caracteristicas especificas de los vehiculos referidas en los numerales 1, 2 y 8 del articulo 19º del presente reglamento, seran exigibles a los ciento ochenta (180) dias calendario contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta norma.

porte Aereo Regular Internacional de carga, por el plazo de cuatro (4) anos, contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano", sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Servicio de Transporte Aereo Regular de carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MC DONNELL MORDAZA DC-10 RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: A) A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: De conformidad con lo senalado en el Acapite B de la Seccion 1 del Anexo I del "Acuerdo de Transporte Aereo" celebrado entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, asi como con el "Convenio de Transporte Aereo suscrito con los Estados Unidos de Mexico", y/o por el MORDAZA de reciprocidad, segun corresponda, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA y/o IQUITOS - MIAMI y/o MORDAZA y/o NEW MORDAZA y/o LOS MORDAZA y vv., con catorce (14) frecuencias semanales. CON DERECHOS DE TRAFICO DE MORDAZA MORDAZA DEL AIRE: - Via puntos intermedios en CARACAS, MORDAZA y/o GUAYAQUIL y/o MANTA, BARRANQUILLA y/o CALI y/o MEDELLIN, BOGOTA y/o PANAMA y/o GUATEMALA y/o SAN MORDAZA DE COSTA RICA, pudiendo omitir puntos intermedios, con catorce (14) frecuencias semanales. - Via puntos intermedios en MEXICO D.F. y/o ACAPULCO hasta tres (3) frecuencias semanales. B) CENTROAMERICA Y SUDAMERICA: 1. De conformidad con la Decision 582 de la Comunidad MORDAZA de Naciones, el "Acta Final de la IV Reunion de Consulta de Autoridades Aeronauticas de las Republicas del Peru y Panama" aprobado por Resolucion Ministerial Nº 912-2003-MTC/02, el "Acta de Reunion de Autoridades Peru - MORDAZA sobre Transporte Aerocomercial" del 19.09.2002, el "Acuerdo de Transporte Aereo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Oriental del Uruguay" aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2003-RE, el "Acuerdo de Transporte Aereo suscrito con el Gobierno de la Republica del Paraguay" ratificado por Decreto Supremo Nº 0652001-RE, la Resolucion Directoral Nº 025-98-MTC/15.16 del 16.03.98, y/o el MORDAZA de Reciprocidad, segun corresponda, se concede: - MORDAZA y/o IQUITOS - MORDAZA y/o PANAMA y/o MEXICO y/o PANAMA y/o MORDAZA y/o MONTEVIDEO - MORDAZA, con tres (3) frecuencias semanales, con derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA del Aire. - MORDAZA y/o IQUITOS - MORDAZA y/o PANAMA y/o MEXICO y/o BUENOS AIRES y/o MONTEVIDEO - MORDAZA, con tres (3) frecuencias semanales, con derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA del Aire. - MORDAZA - MORDAZA DE MORDAZA -BUENOS AIRES y vv., hasta siete (7) frecuencias semanales, con derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA, pudiendo omitir puntos intermedios. 2. BRASIL, de conformidad al: 2.1 "Acuerdo sobre Transporte Aereo entre el Peru y los Estados Unidos del Brasil" y la "XI Reunion de Consulta entre Autoridades Aeronauticas del Peru y Brasil", se concede:

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- En todo lo no previsto en el presente reglamento, sera de aplicacion supletoria el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC. Segunda.- Dentro de sus respetivos ambitos de competencia, las municipalidades provinciales y las autoridades encargadas de la administracion de los lugares de interes turistico o areas naturales protegidas, deberan establecer los paraderos para el embarque y desembarque de los usuarios que visitan dicho lugar, asi como los espacios de parqueo para los vehiculos habilitados del servicio de transporte turistico, mientras transcurra la visita. 01494

Otorgan a Cielos del Peru S.A. permiso de operacion de aviacion comercial servicio de transporte aereo regular internacional de carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2005-MTC/12 MORDAZA, 11 de enero del 2005 Vista la solicitud de CIELOS DEL PERU S.A., sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga. CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro Nº 2004-017196 CIELOS DEL PERU S.A., solicito la Renovacion de su Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de carga otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 224-2002-MTC/15.16 del 25 de setiembre del 2002; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0839-2004MTC/12.AL emitido por la Asesoria Legal, de conformidad con el articulo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, corresponde dar al documento anteriormente senalado el tramite de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Internacional Regular de carga; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 08392004-MTC/12.AL, Memorandum Nº 0899-2004-MTC/12.AL, Memorandum Nº 970-2004-MTC/12.AL y Memorandum Nº 1034-2004-MTC/12.AL emitidos por la Asesoria Legal, Memorandum Nº 498-2004-MTC/12 emitido por la Asesoria de Politica Aerea y Memorandum Nº 3173-2004-MTC/ 12.04 emitido por la Direccion de Seguridad Aerea, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, D.S. Nº 050-2001MTC; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos; verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CIELOS DEL PERU S.A. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Servicio de Trans-

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