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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G32/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de enero de 2005 cuota y el mes precedente al pago, motivo por el que se deberá establecer un cronograma de pagos para hacer público a los contribuyentes. Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el DecretoSupremo Nº 135-99-EF establece que los gobiernos loca-les pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbi-trios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción con los límites que señale la Ley. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 109º de la Constitución Política del Perú y los Arts. 39º y 40º de laLey Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 - y la Nor-ma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario apro-bado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, por Mayoría, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MARCO LEGAL QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE DECLARA- CIONES JURADAS, FORMATOS DE DECLARACIÓN JURADA Y HOJA DE LIQUIDACIÓN 2005, MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, CRONOGRAMA DE PAGO DE TRIBUTOS Y EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS POR EL PAGO OPORTUNO DE TRIBUTOS Articulo Primero.- OBJETIVOS Establecer en la Jurisdicción de Lince los montos por derecho de emisión y distribución a domicilio de Declaracio-nes Juradas, que deberán abonar los contribuyentes del distrito; así como los formatos de Declaración Jurada y Hoja de Liquidación 2005, monto mínimo del Impuesto y elcronograma de pagos para el Impuesto Predial. Articulo Segundo.- ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICA- CIÓN La presente ordenanza es de alcance de todos los contribuyentes del distrito de Lince que se encuentren encondición de contribuyentes. Artículo Tercero.- MONTO DE PAGO POR LA EMISIÓN MECANIZADA Establecer como costo por el servicio de emisión meca- nizada de actualización de valores y determinación deltributo, incluida su distribución a domicilio, el 0.4% de laUIT vigente al primero de enero del año 2005. Adicionalmente los contribuyentes abonarán el 0.2% de la UIT por cada predio adicional que tengan por el derecho mencionado. Artículo Cuarto.- MONTO MÍNIMO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO Establecer como monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial del presente año el 0.6% de la UITvigente, equivalente a S/. 19.80 Nuevos Soles. Artículo Quinto.- FORMATOS DE DECLARACIÓN JU- RADA Y HOJA DE LIQUIDACIÓN Apruébese los formatos de Declaración Jurada: Hoja de Resumen (HR), Predio Urbano (PU) y Hoja de Liquida-ción (HL) de Impuesto Predial y Arbitrios 2005. Artículo Sexto.- Establézcase como fechas de venci- miento de pago del Impuesto Predial: PRIMERA CUOTA 28.02.2005 SEGUNDA CUOTA 31.05.2005 TERCERA CUOTA 31.08.2005 CUARTA CUOTA 30.11.2005 Artículo Séptimo.- Establézcase como fechas de ven- cimiento de pago de los Arbitrios Municipales: Enero 31.01.2005 Febrero 28.02.2005 Marzo 31.03.2005 Abril 29.04.2005 Mayo 31.05.2005 Junio 30.06.2005 Julio 27.07.2005 Agosto 31.08.2005 Setiembre 30.09.2005 Octubre 31.10.2005 Noviembre 30.11.2005 Diciembre 30.12.2005 Artículo Octavo.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN La obligación de pago de las cuotas por arbitrios vence el último día hábil de cada mes.Con el objeto de brindar facilidades para el pago a los contribuyentes se les concederá tres días hábiles posterio- res a las fechas de vencimiento, en los que se condonará el interés moratorio sólo a aquellos que realicen el pago dela obligación dentro de dicho plazo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde Distrital, para que me- diante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones comple-mentarias necesarias para la adecuada aplicación de lapresente ordenanza. Segunda.- Para el ejercicio 2005, se concederá como incentivo por el abono adelantado u oportuno de los tribu- tos, un descuento del orden del 15%, 10% y 5%, según los supuestos que a continuación se detalla: A) Los contribuyentes que dentro del plazo para el pago al contado del Impuesto Predial, realicen el pagototal correspondiente a todo el ejercicio 2005 del Impuesto Predial y Arbitrios gozarán de un descuento del 15 % de la emisión de los Arbitrios. B) Los contribuyentes que dentro del plazo para el pago al contado del Impuesto Predial, realicen el pagototal correspondiente a todo el ejercicio 2005 de los Arbi-trios gozarán de un descuento del 10 % de su emisión. C) Los contribuyentes que dentro del plazo para el pago al contado del Impuesto Predial realicen el pagocorrespondiente al primer semestre del ejercicio 2005 delos arbitrios, gozarán de un descuento del 5 % de su emi-sión. D) Los contribuyentes que hasta el último día hábil del mes de julio del 2005 realicen el pago correspondiente al segundo semestre del ejercicio 2005 de los arbitrios, goza-rán de un descuento del 5% de su emisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 01485 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G4A/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G56/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 101/ML Lurín, 17 de enero del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO:Visto en la Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 14 de enero del 2005, el Informe Nº 0001-2005-GM/ML de la Gerencia Municipal en el cual remite el Informe Nº 006-2005-AGDLZB/ML del 11de enero del 2005 de la Agencia Desarrollo Local Zona “B”por el que propone la modificación de artículos del Regla-mento de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunalesdel distrito de Lurín; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº095/ML del 26 de noviembre del 2004 se aprobó el Reglamento para la Elección de lasJuntas Vecinales Comunales del distrito de Lurín que consta de IX Títulos, 23 Artículos y Tres Disposiciones Finales. Que, mediante Informe Nº 006-2005-AGDLZB/ML de fecha 11 de enero del 2005 la Agencia de Desarrollo Localde la Zona “B”, propone la modificación de algunos artícu-los de la mencionada Ordenanza que son detallados acontinuación: Artículo 5º Atribuciones y Obligaciones del Comité Electoral; Artículo 7º De los requisitos de las listas para el proceso de inscripción de las listas; Artículo 9º Delas Impugnaciones a los Candidatos y/o Listas; Artículo l4ºDe los Miembros de Mesa de Sufragio; Artículo 15º Delinicio del Acto Electoral. Artículo 16º De Los Electores;Artículo 17º Del Contenido del Acto Electoral; Artículo 18º Del Escrutinio y el Acta Electoral y el agregado de dos