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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2005 (29/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 116

PÆg. 285786 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de enero de 2005 Para efectos de lo establecido en el literal 8) se con- siderarán infractores solidarios a quienes realicen la ac-ción, así como a las personas naturales y/o jurídicasque los promuevan o se publiciten a través de dichosmedios. Detectada la infracción será notificada dentro del plazo no mayor de tres días a los infractores para que restituyan en su estado original el bien que hubieran deteriorado o afectado, sin perjuicio de la imposición dela multa que corresponda. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera Disposición Complementaria.- Modifíque- se en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Adminis-trativas, aprobado por Ordenanza Nº 130-04-MJM, lainfracción de Código Nº 02-258 de acuerdo al siguiente texto: CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE PREVEN- RANGO % MEDIDA LA INFRACCIÓN TIVA UIT COMPLEMEN- TARIA 02-258 Por colocar y/o pegar con 3 DÍAS 1 4% Retiro/ engrudo, cola o material sin- Restitución al tético similar carteles, pu- estado anterior blicidad comercial, pública o privada en las fachadasde los mercados, postes, paredes de los inmuebles públicos o privados, en lascalzadas, pistas, sardineles, señales de tránsito, árboles, monumentos, perjudicandoel paisajismo urbano POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 01945 Aprueban Reglamento para la aproba- ción de habilitaciones urbanas en eldistrito ORDENANZA Nº 159-MJM Jesús María, 30 de noviembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordina- ria de la fecha, visto el Dictamen Nº 11-2004-MJM de laComisión de Desarrollo Urbano y Vial; con el voto UNÁ-NIME de sus miembros, y con dispensa del trámite deaprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO PARA LA APROBACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS EN EL DISTRITO DE JESÚS MARÍA Artículo Único.- APRUÉBESE la Ordenanza que reglamenta la aprobación de habilitaciones urbanas enel distrito de Jesús María la misma que en X Capítuloscontiene veintiséis artículos y cinco disposiciones transi-torias, complementarias y finales; cuyo texto forma par-te integrante de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 01946MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA Establecen Marco Legal, RØgimen Tri- butario y otros conceptos de Arbitriosde Limpieza Pœblica, Parques y Jardi-nes y de Seguridad Ciudadana para el Ejercicio 2005 ORDENANZA Nº 059-MDLCH Chosica, 15 de noviembre del 2004EL ALCALDE DEL DISTRITO DE LURIGANCHO - CHOSICA VISTO: EL requerimiento mediante Informe Nº 117- 04-GR/MDLCH de la Gerencia de Rentas de la Munici-palidad de Lurigancho-Chosica, mediante el cual requie-re se derogue la Ordenanza Nº 016-CDL y la Ordenan- za Nº 003-9CDL, por lo que se solicita se apruebe la emisión de una nueva Ordenanza de acuerdo a las últi-mas sentencias del Tribunal Constitucional y del TribunalFiscal así como las Directivas del Indecopi, a fin de quese regule los Arbitrios Municipales debidamente en nues-tra jurisdicción. POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lurigancho-Chosica en Se- sión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de noviembre del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en los artículos 191º y 192º establece que, las Municipalidades tienenautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia, otorgando potestad tributa-ria para crear, modificar y suprimir contribuciones, ta- sas, arbitrios, licencias y derechos municipales; organi- zar, reglamentar y administrar los servicios públicos lo-cales de su jurisdicción. Que, el D. Leg. Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, y sus respectivas modificaciones, faculta en sus artícu-los 66º, 69A y 69B a las Municipalidades, la potestad de crear tasas por la contraprestación de un servicio públi- co o administrativo; así mismo la cuarta disposición finaldel D. Leg. Nº 776 establece y faculta a las Municipalida-des a cobrar por el servicio de emisión mecanizada deactualización de valores, determinación de Impuestos yde recibos de pago correspondientes, incluida su distri- bución a domicilio, debiéndose de cobrar por dichos ser- vicios en consecuencia no más de 0.4% de la UIT; Que, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, en el segundo párra-fo de la Norma IV, del Título Preliminar hace mención alprincipio de legalidad y reserva de la ley, indicando que los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios,derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de sujurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante Resolución Nº 008-2003-CAM-INDE- COPI “Lineamientos de la comisión de Acceso al Merca- do sobre Arbitrios Municipales”, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de marzo del 2003, y la sentenciadel Tribunal Constitucional, recaída en el Expediente Nº0918-2002-AA/TC, publicada el 24 de abril del 2003 y laOrdenanza Nº 607 así como la Directiva Nº 0000001-06-SAT, se han establecido algunos criterios para esta- blecer el cálculo de los arbitrios municipales a pagar por los contribuyentes, dentro de un marco de servicio realy potencial; Que para tal efecto, es necesario aprobar el Marco Legal, la delimitación de las zonas, la emisión mecaniza-da, criterios de determinación y la estructura de costos de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardi-