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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (03/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 286075 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de febrero de 2005 aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y el numeral 1) del inciso d) del artículo 88º del Texto Único Ordenadode la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el DecretoSupremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- Para efectos del Crédito contra el Impues- to a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d) delartículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im-puesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº054-99-EF, se considera el costo computable equivalentea S/. 53 258,20 (Cincuenta y Tres Mil Doscientos Cincuenta y Ocho y 20/100 Nuevos Soles), según Declaración Jurada de fecha 30 de diciembre de 2002 y Declaración JuradaComplementaria de fecha 12 de junio de 2003. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de la comprobación posterior que corresponda efectuar a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Contraloría General de la República, dentro delos plazos establecidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 02505 EDUCACIÓN Aprueban Directiva N” 002-2005-ME/ SG-OA-UPER, "Proceso de Contratación de Personal Docente y Administrativoen las Instancias de Gestión Educati-va Descentralizada del Sector Educa-ción para el aæo 2005" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0014-2005-ED San Borja, 21 de enero de 2005 Visto el Proyecto de Directiva sobre el Proceso de Con- tratación del Personal Administrativo y Docente en las Ins-tancias de Gestión Educativa Descentralizada del Sector Educación para el año 2005; y, CONSIDERANDO: Que, en el Capítulo V Artículo 80º inciso h) de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, se establece como una de las funciones del Ministerio de Educación el definir laspolíticas sectoriales de personal; Que, según lo establecido en el Artículo 8º del Capítulo III “Acceso al Empleo Público” de la Ley Nº 28175, LeyMarco del Empleo Público, el procedimiento de selección para el acceso al empleo público, se inicia con la convoca- toria que realiza la Entidad y culmina con la Resolucióncorrespondiente y la suscripción del contrato; Que, el Artículo 9º de la misma ley señala que la inob- servancia de las normas de acceso vulnera el interés gene-ral e impide la existencia de una relación válida. Es nulo de pleno derecho el acto administrativo que las contravenga, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civi-les o penales de quien lo promueva, ordena o permita; Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo X del Título Preliminar de la Ley Nº 28411, Ley General del Sis-tema Nacional de Presupuesto, Principio Regulatorio de Eficiencia en la ejecución de los fondos públicos, las políti- cas de gasto público vinculadas a los fines del Estado,deben ser ejecutadas mediante una gestión de dichosfondos orientado a resultados con eficiencia, eficacia, eco-nomía y calidad; Que, es necesario contar con normas técnicas relacio- nadas con la contratación de personal administrativo ydocente por servicios personales, con el fin de uniformizar el procedimiento en concordancia con el Decreto Legislati-vo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Decreto Supremo Nº 020-2001-ED y demás normas legales y administrativas vigentes; Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso d) del Artí- culo 6º de la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el año Fiscal 2005, dentro de las disposicio-nes de disciplina, racionalidad y austeridad, todo pago debe realizarse de acuerdo a lo establecido en la normati- vidad vigente, bajo responsabilidad administrativa, civil ypenal del Titular de la Entidad, del Jefe de la Oficina deAdministración , o quien haga sus veces en la Entidad; Que, dentro de las Disposiciones de Racionalidad se- ñaladas en el Artículo 7º de la Ley Nº 28427, las Entidades Públicas están obligadas a realizar las acciones necesa- rias que permitan el cumplimiento de los objetivos al menorcosto posible, para cuyo efecto deberán revisar la con-gruencia de sus acciones con las funciones que les corres-ponda legalmente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi- cado por la Ley Nº 26510, Decreto Supremo Nº 051-95-EDy el Decreto Supremo Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprueba Directiva Apruébese la Directiva Nº 002-2005-ME/SG-OA-UPER de fecha 5 de enero del 2005, “Proceso de Contrataciónde Personal Docente y Administrativo en las Instancias deGestión Educativa Descentralizada del Sector Educaciónpara el año 2005”, que comprende nueve (9) numerales que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Implementación de la Directiva Encargar a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local, la difusión eimplementación de la presente Directiva y de las Orienta- ciones que ella contiene. Regístrese y comuníquese.MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ Jefa de la Unidad de Personal DIRECTIVA Nº 002-2005-ME/SG-OA-UPER PROCESO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO EN LAS INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA DESCENTRALIZADA DEL SECTOR EDUCACIÓN PARA EL AÑO 2005 I. FINALIDAD Lograr un proceso de contratación del personal docen- te y administrativo, en las Instancias de Gestión EducativaDescentralizadas, en forma transparente, uniforme y deconformidad con la normativa vigente, para asegurar laoportuna contratación y pago de remuneraciones, garanti-zando la atención eficiente del servicio educativo. II. OBJETIVOS 2.1 Uniformizar los procedimientos para el contrato del personal comprendido en el Área de la Docencia, en elÁrea de la Administración de la Educación y en las Sedes Administrativas de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada. 2.2 Optimizar el uso de los recursos públicos asigna- dos. III. BASE LEGAL • Ley Nº 28044, Ley General de Educación. • Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510. • Ley Nº 24029, Ley del Profesorado modificada por la Ley Nº 25212. • Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, y su modificatoria Ley Nº 27842. • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.