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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (03/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 286077 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de febrero de 2005 • La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención ySanción del Hostigamiento Sexual. 5.15 Son causas de extinción de la relación laboral: • El fallecimiento del servidor. • La renuncia voluntaria.• El vencimiento del plazo del contrato.• Otra causa que se señala en el acuerdo contractual. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA EL PERSO- NAL ADMINISTRATIVO 6.1 El postulante para acceder a una plaza para con- trato deberá reunir según equivalencia de cargos y funcio- nes, los mismos requisitos generales y específicos exigidos para el empleado de carrera (VER ANEXO 02). 6.2 Los requisitos específicos para la postulación son: • Copia autenticada del título profesional requerido para los postulantes a plazas profesionales. • Copia autenticada de los certificados de estudios rea- lizados para los postulante a plazas técnicas o auxiliares. 6.3 El Proceso de Contratación para cubrir las plazas en las Sedes Administrativas estará a cargo de un Comitéde Evaluación integrado de la siguiente manera: • Director de la Regional de Educación / Unidad de Gestión Educativa Local o representante designado porél, quien lo presidirá. • El Jefe de la Oficina o Área de Gestión Administrativa o su representante, quien actuará como Secretario Técni- co, • Un representante titular de la organización sindical de los servidores administrativos de la Sede de la Unidad Eje-cutora y un suplente, en ausencia del titular. 6.4 La remuneración del servidor contratado debe guar- dar relación con los cargos y la escala de remuneraciones que para los diferentes Grupos Ocupacionales están fija-dos. Serán considerados en el nivel inicial del Grupo Ocu-pacional correspondiente: Profesionales (SP”E”), Técnicos(ST”E”) y Auxiliares (SA”E”). 6.5 Podrá ser contratado personal administrativo en reemplazo del personal permanente impedido de prestar servicios por licencias y sanciones, siempre y cuando seade duración determinada mínima de 30 días, y cumpla conel perfil establecido para el cargo. 6.6 El servidor contratado para desempeñar funciones profesionales y los servidores contratados que manejen fondos están obligados a presentar Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro de un plazo máximo de quince(15) días calendario de asumido el cargo respectivo. 6.7 No procederán contratos en reemplazo de personal administrativo que haya sido destacado o encargado delas funciones de un cargo o que se encuentre con proceso administrativo sin resolver. 6.8 Las plazas vacantes de Especialistas de Educa- ción en las Sedes Administrativas de las Direcciones Re-gionales de Educación y las Unidades de Gestión Educa-tiva Local, se cubrirán con personal docente nombrado(vía destaque y encargo) y/o con contrato de personal docente cesante, que cumplan con el perfil establecido para dicho cargo. VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA EL PER- SONAL DOCENTE 7.1 El contrato de personal docente en las instituciones educativas públicas de Educación Básica, se efectuará deconformidad con el Reglamentado aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-ED y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo Nº 033-2001-ED. 7.2 Asimismo, para el caso de las Instituciones Educa- tivas de Educación Superior no Universitaria, se encuentraregulado por la Directiva Nº 035-OAAE-OA/UPER-2002-ED, Disposiciones para la ejecución de contratos en Institu- ciones del Nivel del Educación Superior no Universitaria, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 653-2002-ED. 7.3 Son requisitos específicos para contrato como per- sonal docente: • Título Profesional Pedagógico en la especialidad re- querida para el cargo.• Documentación que certifique o acredite los estudios realizados. 7.4 La remuneración del personal docente contratado con Título Pedagógico es el equivalente a la de un Docen- te del I Nivel Magisterial; para los que acrediten Título Uni-versitario no Pedagógico y Estudios Superiores, será elequivalente de la Escala Nº 05 del Decreto Supremo Nº051-91-PCM referente a los docentes sin título profesional. GRADO ACADÉMICO NIVEL O GRUPO Título Pedagógico o Licenciado en Educación I Nivel Magisterial Estudios Pedagógicos Concluidos (Bachiller o Egresado Grupo Remunerativo A en Educación) Título Profesional no Pedagógico (Título Universitario) Grupo Remunerativo B Estudios Pedagógicos no Concluidos Grupo Remunerativo CEstudios no Pedagógicos de Nivel Superior (Estudios Uni- Grupo Remunerativo D versitarios no Concluidos, Titulados en Carreras Técnicas) Educación Secundaria Completa y Seminarios - Talleres Grupo Remunerativo E 7.5 No procederán contratos de docentes por desta- ques, por encargaturas de función ni en plazas directivas ojerárquicas, ni por reemplazo de personal que se encuen-tre con proceso administrativo sin resolver. 7.6 Para el caso de docentes desplazados por salud mental o ruptura de relaciones humanas deben ser cubier- tas por personal docente excedente prioritariamente. 7.7 El personal contratado como Auxiliar de Educación, será ubicado en el grupo remunerativo “E”, con una jorna-da laboral de 30 horas cronológicas, debiendo cumplir conlos requisitos mínimos de Educación Secundaria Completay experiencia en el cargo y/o estudios pedagógicos. VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 8.1 En lo sucesivo queda prohibido reconocer servicios docentes o realizar pagos al personal docente y adminis-trativo que no cuente con contrato suscrito oportunamente de acuerdo a la normatividad correspondiente, de confor- midad con el Artículo 9º de la Ley Nº 28175, Ley Marco delEmpleo Público. 8.2 Para las solicitudes de “incremento vegetativo” y/o “necesidad de servicio” , deberán tomarse las siguientes consideraciones: • Se deberá efectuar el proceso previo de racionaliza- ción de personal. • El Director de la Instituciones Educativas informará a las Oficinas de Estadística y Planificación de la DirecciónRegional de Educación o la Unidad de Gestión Educativa Local (según corresponda), sobre el proceso de matrícula efectuado, para su verificación y evaluación respectiva. • El Especialista en Finanzas de dichas instancias de gestión descentralizadas deberá evaluar si existe la dispo-nibilidad presupuestal requerida. • Lo señalado en los párrafos precedentes deberá con- tar con la aprobación de las Oficinas competentes en el Pliego respectivo. 8.3 De conformidad a lo señalado en los Artículos 11º y 12º del Reglamento de Centros Educativos de Acción Con-junta, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 843- 89-ED con fecha 3 de agosto de 1989, las plazas vacantes de las Instituciones Educativas de Acción Conjunta seráncubiertas necesariamente a propuesta de su Director y quecuente con el visto bueno de la Oficina Nacional de Educa-ción Católica - ONDEC, cautelando que se cumplan losrequisitos de ley, pues dicho personal estará sujeto a la legislación de personal que presta servicios al Estado. 8.4 Los encargos de puesto en plazas directivas y jerár- quicas orgánicas vacantes y presupuestadas al 31 de di-ciembre del 2,004, deben ser materializados con la resolu-ción respectiva, a más tardar en el mes de febrero, parafacilitar el proceso de selección del reemplazo. 8.5 La parte resolutiva de las resoluciones de contrato deberán consignar los siguientes datos: a) DATOS PERSONALES : • Apellidos y Nombres • Documento de Identidad• Fecha de Nacimiento• Código Modular • Régimen Pensionario