Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2005 (12/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 01

Pag. 287001

CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS
CODIGO DE INFRACCION 1600 1601 1602 1603 RENTAS/FISCALIZACION Y/O SERVICIOS PUBLICOS LIMITACION DE ACCESO A INTERNET A MENORES DE EDAD EN CABINAS PUBLICAS Por permitir el acceso a menores de edad a informacion de contenido pornografico Reincidencia Por no contar con Software u otros mecanismos que impidan el acceso a contenido pornografico usuarios menores de edad Reincidencia Por no exhibir en lugar visible al publico, en carteles u afiches, la restriccion de acceso a contenido pornografico para usuarios menores de edad Por no adecuar espacios apropiados para supervision de usuarios menores de edad, en locales de Servicio de Internet y/o cabinas publicas Multa 5% Del valor de la U.I.T. Multa 15% Del valor de la U.I.T. SANCIONES EN PROPORCION DE LA UIT VIGENTE MORDAZA DE SANCION Multa PORCENTAJE 15% DESCRIPCION Del valor de la U.I.T. MEDIDAS COMPLEMENTARIAS Clausura temporal Clausura definitiva Clausura temporal Clausura definitiva

1604 1605

1606

Multa

5%

Del valor de la U.I.T.

03068 Articulo Segundo.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto sera sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia General de Transporte MORDAZA y a la Policia Nacional del Peru a traves del Departamento de Policia de MORDAZA del Callao. Articulo Cuarto.- Facultese a la Gerencia General de Transporte MORDAZA a dictar las demas disposiciones complementarias necesarias, para la mejor aplicacion del presente Decreto. Articulo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 03031

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Declaran MORDAZA de circulacion restringida al MORDAZA de vehiculos de carga pesada
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000003 Callao, 7 de febrero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales son Organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo de conformidad con lo dispuesto por el articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades Provinciales son competentes para regular y organizar la circulacion, el MORDAZA y el transporte MORDAZA en su jurisdiccion. Que, el MORDAZA MORDAZA de vehiculos de carga pesada que vienen circulando por el Jr. MORDAZA MORDAZA, Jr. MORDAZA MORDAZA, Av. Paz Soldan y MORDAZA Win pertenecientes al Cercado Callao, dificultan la libre circulacion vehicular y deterioran la estructura superficial de sus vias. Que, en tal sentido la Gerencia General de Transporte MORDAZA ha propuesto la restriccion del MORDAZA para los vehiculos de carga pesada por dichas vias, con el objeto de revertir dicha problematica. Estando a lo expuesto, con visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- Declarese MORDAZA de Circulacion Restringida al MORDAZA de vehiculos de carga pesada por la avenida Paz Soldan Cdras. 01, 02 y 03, MORDAZA MORDAZA MORDAZA en toda su extension, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en toda su extension y la Avenida MORDAZA Win en toda su extension; en consecuencia considerense vehiculos de carga pesada a aquellos cuyo peso seco exceda los 3,500 kg.

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican disposicion transitoria final de la Ordenanza Nº 003-2004-MDLP referente al carne de sanidad
ORDENANZA Nº 001-2005-MDLP La MORDAZA, 3 de febrero del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 3.2.2005, bajo la presidencia del senor MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Arsila, Sra. MORDAZA Larenas de MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Rebatta, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA Hamamoto Miyasato, el Dictamen emitido por la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto sobre la Ampliacion de la Amnistia de la Expedicion de Carne de Sanidad; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680 que establece las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local tienen autonomia politica

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