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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (12/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G30/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de febrero de 2005 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G73/G74/G72/G69/G6E/G67/G69/G64/G61/G20/G61/G6C /G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G70/G65/G73/G61/G64/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000003 Callao, 7 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económi-ca y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, las Municipalidades Provinciales son competen- tes para regular y organizar la circulación, el tránsito y el transporte urbano en su jurisdicción. Que, el tránsito constante de vehículos de carga pesa- da que vienen circulando por el Jr. Daniel Nieto, Jr. Adol-fo King, Av. Paz Soldan y Monteverde Win pertenecientesal Cercado Callao, dificultan la libre circulación vehicular y deterioran la estructura superficial de sus vías. Que, en tal sentido la Gerencia General de Transpor- te Urbano ha propuesto la restricción del tránsito paralos vehículos de carga pesada por dichas vías, con elobjeto de revertir dicha problemática. Estando a lo expuesto, con visación de la Gerencia General de Transporte Urbano y Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, y en ejercicio de lasfacultades que confiere al señor Alcalde el artículo 20ºde la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- Declárese Zona de Circulación Res- tringida al tránsito de vehículos de carga pesada por la ave-nida Paz Soldán Cdras. 01, 02 y 03, jirón Daniel Nieto en toda su extensión, jirón Adolfo King, en toda su extensión y la Avenida Monteverde Win en toda su extensión; en conse-cuencia considérense vehículos de carga pesada a aque-llos cuyo peso seco exceda los 3,500 kg.Artículo Segundo.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Tránsito aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presen- te Decreto de Alcaldía a la Gerencia General de TransporteUrbano y a la Policía Nacional del Perú a través del Departa-mento de Policía de Tránsito del Callao. Artículo Cuarto.- Facúltese a la Gerencia General de Transporte Urbano a dictar las demás disposiciones com-plementarias necesarias, para la mejor aplicación del pre-sente Decreto. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 03031 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G69/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G33/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G4C/G50/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G2D /G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G63/G61/G72/G6E/GE9/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6E/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 001-2005-MDLP La Perla, 3 de febrero del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 3.2.2005, bajo la presidencia del señor Alcalde, Dr. Pedro López Barrios y con la asistencia de los señores Regidores, Sr. Julio EnriqueOblitas Fernández, Sr. Juan Carlos Rueda Cuba, Juan Ruiz Arsila, Sra. María Larenas de Castro, Sra. Raquel Aliaga Re- batta, Sr. Julio César Barrientos Sandoval, Sra. Ana Torres Vda.de Morales, Sr. Luis Alberto Salinas Pérez y Sr. Juan Hamamoto Miyasato, el Dictamen emitido por la Comisión de Administra- ción, Economía y Presupuesto sobre la Ampliación de la Amnis-tía de la Expedición de Carné de Sanidad; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley Nº 27680 que estable- ce las Municipalidades Provinciales y Distritales sonórganos de Gobierno Local tienen autonomía políticaANEXO Nº 01 CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS CÓDIGO DE RENTAS/FISCALIZACIÓN Y/O SERVICIOS SANCIONES EN PROPORCIÓN DE LA UIT VIGENTE INFRACCIÓN PÚBLICOS 1600 LIMITACIÓN DE ACCESO A INTERNET A TIPO DE PORCENTAJE DESCRIPCIÓN MEDIDAS MENORES DE EDAD EN CABINAS PÚBLICAS SANCIÓN COMPLEMENTARIAS 1601 Por permitir el acceso a menores de edad a Multa 15% Del valor de la Clausura temporal información de contenido pornográfico U .I.T. 1602 Reincidencia Clausura definitiva 1603 Por no contar con Software u otros mecanismos que impidan el acceso a contenido pornográfico Multa 15% Del valor de la Clausura temporal usuarios menores de edad U .I.T. 1604 Reincidencia Clausura definitiva 1605 Por no exhibir en lugar visible al público, en carteles u afiches, la restricción de acceso a Multa 5% Del valor de la contenido pornográfico para usuarios menores U .I.T. de edad 1606 Por no adecuar espacios apropiados para supervisión de usuarios menores de edad, Multa 5% Del valor de la en locales de Servicio de Internet y/o cabinas U .I.T. públicas 03068