Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2005 (12/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 289PE-ESSALUD-2004 modificada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 421-PE-ESSALUD-2004 del 3 de junio del 2004, se aprobo la exoneracion de la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de mantenimiento y actualizacion de licencias SAP R/3 para 395 usuarios por un periodo de seis (6) meses. Dicho periodo segun lo indicado en el informe tecnico, comprende desde el 22 de MORDAZA del 2004 hasta el 21 de enero del 2005; Que, en el mencionado Informe Tecnico se senala que resulta necesario contratar el mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de las licencias ya adquiridas bajo el sistema SAP R/3, con la finalidad de garantizar un optimo funcionamiento en forma continua a los usuarios a nivel nacional, asegurando la disponibilidad del servicio, ya que permite acceder a las medidas correctivas para el sistema, asi como acceder al servicio OSS (Ayuda en linea), soporte tecnico necesario ante cualquier MORDAZA del sistema que ponga en riesgo el acceso de los usuarios al sistema; y, las actualizaciones de software que la titular de los derechos distribuya en el MORDAZA durante la vigencia del contrato de mantenimiento; Que, la Gerencia Central de Organizacion e Informatica propone la exoneracion de la contratacion del servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de las Licencias adquiridas para 395 usuarios por un periodo de un ano, por un monto de US$ 231,215.11 (Doscientos treinta y un mil doscientos quince con 11/100 dolares americanos) incluido IGV y en base al literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, de acuerdo al literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion, cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 144º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara proveedor unico en los casos en que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, de acuerdo al informe tecnico que sustenta la exoneracion, la firma SAP con sede en Alemania, es titular de los derechos de autor del software SAP R/3 en tanto que SAP MORDAZA y Del Caribe CA Sucursal Peru, es la unica empresa acreditada por la titular de los derechos correspondientes, exclusiva, para brindar el servicio de mantenimiento y venta de licencias SAP R/3 dentro del territorio nacional, cumpliendose con el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, en tal sentido, la realizacion de una Adjudicacion Directa Publica para la contratacion del servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de las Licencias adquiridas para 395 usuarios no cumpliria funcion alguna, debido a que se trata de un servicio que no admite sustitutos, pues es el unico que satisface las necesidades de la Entidad y, ademas, puede ser prestado por un unico proveedor SAP MORDAZA y Del Caribe CA Sucursal Peru; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, resulta procedente exonerar la contratacion del servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de las licencias SAP R/3 para 395 usuarios; en consecuencia, la contratacion del servicio debera realizarse en forma directa mediante accion inmediata, debiendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, tal como lo dispone el articulo

148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, segun el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la exoneracion debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneracion; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la contratacion del servicio objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; En uso de la atribucion conferida por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneracion de una Adjudicacion Directa Publica, para la contratacion del servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de licencias SAP R/3 para 395 usuarios por el periodo de un (1) ano, por un valor referencial total de US$ 231,215.11 (Doscientos treinta y un mil doscientos quince con 11/100 dolares americanos) incluido IGV o su equivalente en soles calculado al MORDAZA de cambio del dia de pago, con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones apruebe las Bases y se encargue de realizar la contratacion que deriva de la presente exoneracion, de acuerdo a lo dispuesto en el 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 4. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 5. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 03131

FERROCARRIL HUANCAYO HUANCAVELICA
Delegan facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico para el Ano Fiscal 2005 al Jefe de la Unidad Ejecutora
INSTITUCION PUBLICA DESCENTRALIZADA DEL SECTOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 001-2005-CD/FHH Huancayo, 7 de febrero del 2005

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