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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G39/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de febrero de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G76/G69/G64/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G53/G75/G69/G7A/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 258-2005 Lima, 10 de febrero de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, el Swiss Insurance Training Centre - SITC, den- tro de su programa especializado diseñado para la for- mación de profesionales del área de seguros, ha organi-zado el Curso “Pricing and Reserving”, el mismo que sellevará a cabo del 14 al 18 de febrero de 2005, en laciudad de Zurich, Suiza; Que, el mencionado curso tiene por finalidad reunir a actuarios y profesionales de seguros de vida involucra- dos en el proceso de tarificación y cálculo de reservascon el propósito de desarrollar y fortalecer sus habilida-des en la selección de supuestos de tarificación, la me-dición financiera de la rentabilidad técnica de los segu-ros de vida, el desarrollo de modelos para estimar la suficiencia de las primas de riesgo, la elaboración de aplicativos para la valorización de pasivos actuariales yanalizar el impacto de los requerimientos de capital yreservas sobre las compañías de seguro; Que, la participación de nuestra Institución contribui- rá a ampliar el conocimiento técnico de nuestros profe- sionales en materia de regulación y supervisión de las empresas que conforman el sistema asegurador; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, me- diante Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-06, ha dictadouna serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para elEjercicio 2005, estableciéndose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitaciónaprobadas para el ejercicio 2005; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad,al señor Renzo Enrique Li Sing, Inspector de Seguros del Departamento de Análisis y Supervisión de Riesgos Técnicos de la Superintendencia Adjunta de Seguros,para participar en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je del citado funcionario, sólo por el tiempo necesariopara el cumplimiento del presente encargo, cuyos gas- tos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Co-operación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitadomediante Oficio SBS Nº 25085-2004 y comunicación deno objeción del Banco Interamericano de Desarrollo, re-mitida por la Unidad de Coordinación de Préstamos Sec- toriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia, únicamente, los costos por concepto de impuestos, gas-tos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto corres-pondiente al ejercicio 2005; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto enla Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCMy en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridaden el Gasto para el ejercicio 2005, Nº SBS-DIR-ADM-085-06; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Ren- zo Enrique Li Sing, Inspector de Seguros del Depar-tamento de Análisis y Supervisión de Riesgos Técnicos de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la ciudad de Zurich, Suiza del 12 al 20 de febrero de 2005, para losfines expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincor- poración, deberá presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pasa-jes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Conve-nio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE, de- biendo asumir esta Superintendencia, únicamente, los costos por concepto de impuestos, gastos y Tarifa COR-PAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejer-cicio 2005, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos y gastos (Pasajes) US$ 266,51 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos deAduana de cualquier clase o denominación a favor delfuncionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 03121 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 ESSALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G2C/G20/G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G79 /G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73 SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 092-PE-ESSALUD-2005 Lima, 4 de febrero del 2005 VISTA: La Carta Nº 031-GCOI-ESSALUD-2005 de la Gerencia Central de Organización e Informática, el Informe TécnicoNº 001-JMR-GCOI-ESSALUD-2005 que sustenta la exo- neración para la contratación del servicio de mantenimiento, soporte técnico y actualización de software de licencias SAPR/3 para 395 usuarios; la Carta Nº 292-OCAJ-ESSALUD-2005 de la Oficina Central de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud -ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados ysus derechohabientes a través del otorgamiento de presta-ciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilita- ción, y prestaciones económicas y sociales, que corres- ponden al régimen contributivo de la Seguridad Social enSalud, así como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 001-JMR- GCOI-ESSALUD-2005 que sustenta la solicitud deexoneración, el sistema SAP R/3 es un sistema que al- berga tanto los programas como base de datos de los distintos módulos que lo conforman y que ha sido imple-mentado por ESSALUD en los módulos de Contabilidad,Logística, Costos, Presupuestos, Tesorería y Cuentaspor Cobrar, con la finalidad de optimizar la integraciónadministrativa institucional a nivel nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 619-PE-ESSALUD-2002, se aprobó la exoneraciónde la realización de una Licitación Pública, para la adqui-sición de una (1) Licencia SAP R/3 para 100 usuarios,así como el servicio de mantenimiento de las licenciasSAP R/3 para 395 usuarios, autorizando que la misma se lleve a cabo a través de una Adjudicación de Menor Cuantía, por el período de enero al 31 de diciembre del2003;