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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (12/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 92

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G39/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de febrero de 2005 Que, para el caso de la autorización para viajes al exterior los montos máximos por concepto de viáticosdiarios por viajes al exterior, se sujetarán a lo estableci-do en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha6 de junio de 2002; Estando a lo dispuesto por el literal d) del artículo 6º del Edicto Nº 227, inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, Ley 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Daniel Ca- sella D'alascio a las ciudades de Madrid, La Rioja y Gra-nada, España, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución, otorgándoselelicencia con goce de haberes. Artículo 2º.- Los gastos que se ocasione entre los días 13 a 20 de febrero de 2005, con concepto de gas- tos de viaje, alojamiento y estadía en España, en virtudde la asistencia a las sesiones de trabajo organizadaspor la Fundación Humanismo y Democracia serán asu-midos por dicha Fundación. Artículo 3º.- Los gastos que ocasione entre los días 20 a 24 de febrero de 2005, por concepto de viaje, aloja- miento y estadía en las ciudades de Madrid y Granada,serán cubiertos por el presupuesto institucional del Ser-vicio de Administración Tributarias - SAT, debiendo ren-dir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince(15) días al término de la referida comisión; conforme al detalle siguiente: PASAJES US$ VIÁTICOS US$ T ARIFAS USO AEROPUERTO US$ 150.00 1,820.00 28.00 Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Servicio de Administración Tributaria 03029 MUNICIPALIDAD DE COMAS /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G70/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G69/G73/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 143-C/MC Comas, 28 de enero del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS:VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de enero del 2005, la propuesta relacionada con la promo- ción del desarrollo integral de las personas con discapa- cidad; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º consagra la autonomía, política, económica y administrativa de los gobiernos locales en los asuntosde su competencia; Que, nuestra Carta Magna en su artículo 22º con- sagra que el trabajo es un deber y un derecho, esbase del bienestar social y un medio de realización de la persona. En el artículo 23º se establece que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto deatención prioritaria del Estado, el cual protege espe-cialmente a la madre, al menor de edad, y al discapa-citado que trabajan. Y, en el artículo 59º del mismocuerpo legal se norma que el Estado brinda oportuni- dades de superación a los sectores que sufren cual- quier desigualdad; en tal sentido, promueve laspequeñas empresas en todas las modalidades; Que, la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en su artículo VI del Título Preliminar regula que escompetencia de los gobiernos locales promover el desarrollo económico local, con incidencia en la mi-cro y pequeña empresa, a través de planes de desa-rrollo económico local aprobados en armonía con laspolíticas y planes nacionales y regionales de desarro-llo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capa- cidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; Que, a tenor de lo prescrito en el artículo 1º de la Ley Nº 27050 General de la Persona con Discapaci-dad, la finalidad de dicha norma es establecer unrégimen legal de protección, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, para que la persona con discapacidadalcance su desarrollo e integración social, económi-ca y cultural; Que, la Declaración del Milenio, suscrito por la Organización de Naciones Unidas ONU, del cual el Estado del Perú es suscriptor, tiene entre sus objeti- vos combatir la pobreza, la desigualdad y la exclu-sión social; Que, es política de la actual administración pro- mover el desarrollo integral de nuestro distrito, sinexclusión alguna y, promoviendo el crecimiento armónico en lo económico y social; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Orgánica deMunicipalidades y, el pleno del Concejo por mayoríaaprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- La presente ordenanza pro- mueve el desarrollo integral de las personas con dis-capacidad, con el objetivo de facilitar la competiti-vidad local y propiciar sus mejores condiciones de vida. Artículo Segundo.- Para la autorización, toda fe- ria deberá tener como mínimo el diez por ciento delos feriantes a personas con discapacidad, lo queserá acreditado por la OMAPED, en un plazo de diezdías antes de iniciarse la feria. Artículo Tercero.- La OMAPED acreditará a las personas discapacitadas previo informe de la situa-ción socio económico por parte del Servicio Social. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Desarrollo Humano A través de las Subgerencias de PromociónEmpresarial y Comercio Informal, y Promoción del Desarrollo de la Mujer, Servicio Social y OMAPED, queda encargada de dar cumplimiento a la presenteordenanza. Artículo Quinto.- Facultar al despacho de Alcal- día para que dicte las normas complementarias quese requieran para la correcta aplicación de la pre- sente Ordenanza. Artículo Sexto.- DISPENSAR de la lectura y aproba- ción del Acta que la presente entre en vigencia de inme-diato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 03047 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0031 Mediante Oficio Nº 161-2005-SG/MM, la Municipali- dad de Miraflores solicita se publique Fe de Erratas de laResolución de Alcaldía Nº 0031, publicada en la edicióndel 6 de febrero de 2005.