Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2005 (12/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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nas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, en ese contexto, el Informe Nº 004-08200000226, emitido por la Gerencia de Asuntos Legales, indica que el Servicio de Administracion Tributaria - SAT requiere contratar los servicios especializados de un estudio de abogados para ejercer la asesoria legal externa permanente en el MORDAZA de los funcionarios y servidores de la institucion cuando estos son denunciados penalmente por el ejercicio regular de sus funciones. El servicio en mencion, debera ser prestado por un estudio de abogados que acredite notoriamente destreza, habilidad y experiencia particular en la defensa legal de naturaleza penal asi como experiencia en el ambito del derecho administrativo y derecho tributario que la complemente; Que, el antedicho Informe Legal senala que el Estudio Loli & MORDAZA Abogados S.C.R.L., cuenta con un area penal conformado por un equipo de profesionales con notoria experiencia en la defensa de funcionarios y servidores publicos durante la etapa de investigacion fiscal, asi como ante los organos jurisdiccionales, y del mismo modo posee un area administrativa y tributaria cuyo profesional responsable ha ocupado cargos en el Sector Publico vinculados con la administracion de tributos, hecho que complementa y cualifica el servicio profesional que brindan; Que, adicionalmente se informa que durante el ano 2004, el Estudio Loli & Por tocarrero Abogados S.C.R.L., ha demostrado destreza y habilidad en el defensa legal de los funcionarios y servidores del SAT, este desempeno le ha permitido conocer los procedimientos internos y las funciones asignadas a los servidores de la Institucion lo cual ha posibilitado el diseno y ejecucion de una exitosa estrategia de defensa que tiene la aprobacion de la Entidad; consecuentemente, el estudio de abogados en mencion, satisface las exigencias legales de idoneidad que lo distingue de los demas proveedores que eventualmente pueden prestar dicho servicio, cumpliendose de esta manera con los requisitos obligatorios previstos en la normativa especial de las contrataciones y adquisiciones publicas para su contratacion por servicios personalisimos; Que, teniendo en cuenta el valor estimado considerado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT, aprobado por Resolucion de Gerencia de Administracion Nº 03-05-00000080, el valor referencial de la contratacion en mencion asciende a S/. 336,000.00 (Trescientos Treintiseis Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de ley, por un periodo un (1) ano. De acuerdo a lo expresado en el Memorandum Nº 162092-00000554 de la Gerencia de Planes y Finanzas, existe la disponibilidad presupuestal necesaria para llevar a cabo la precitada contratacion; Que, mediante Informe Nº 004-082-00000226, la Gerencia de Asuntos Legales opina que procede la exoneracion para la contratacion por servicios personalisimos del Estudio Loli & MORDAZA Abogados S.C.R.L., causal prevista en el inciso f) del articulo 19, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que, de producirse algun supuesto de exoneracion, la adquisicion o contratacion debera llevarse a cabo mediante acciones inmediatas requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6 del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT;

Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de Concurso Publico, por tratarse de un servicio personalisimo, la contratacion del Estudio Loli & MORDAZA Abogados S.C.R.L., para ejercer la asesoria legal externa permanente en el MORDAZA de los funcionarios y servidores de la institucion cuando estos son denunciados penalmente por el ejercicio de sus funciones por el periodo un (1) ano, contado a partir de la expedicion de la presente resolucion y por un valor referencial total ascendente a S/. 336,000.00 (Trescientos Treintiseis Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de ley. Articulo Segundo.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos directamente recaudados, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administracion proceda a la contratacion indicada mediante acciones inmediatas conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su Reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 03032

Autorizan viaje de funcionario del SAT a Espana, en comision de servicios
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00000709 MORDAZA, 9 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Fundacion Humanismo y Democracia con sede en MORDAZA ha cursado invitacion al senor MORDAZA Casella D'alascio funcionario del Servicio de Administracion Tributaria, SAT, a fin de asistir a las sesiones de trabajo patrocinado por la Comunidad Autonoma de La MORDAZA, con un programa orientado a la descentralizacion, regionalizacion y, de manera especial, a la tributacion en los gobiernos locales y regionales; Que, el mencionado evento se llevara a cabo los dias 13 a 20 de febrero de 2005 en las ciudades de MORDAZA y La Rioja. Dicha invitacion cubre los costos de pasajes aereos, alojamiento y estadia en Espana, hasta el termino del evento; Que, entre los dias 20 a 22 de febrero de 2005, el mencionado funcionario sostendra reuniones de trabajo con funcionarios del Instituto de Estudios Fiscales de Espana, a fin de lograr acuerdos academicos en materia de capacitacion para la Administracion Tributaria Municipal; asimismo, entre los dias 23 y 24 de febrero se trasladara a la MORDAZA de Granada para sostener reuniones de trabajo con funcionarios de la Union Iberoamericana de Municipalidades, para lograr acuerdos que coadyuven al fortalecimiento de los gobiernos locales; Que, conforme a lo expuesto resulta indispensable enviar al senor MORDAZA Casella D'alascio funcionario del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, para que participe en dichas actividades;

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