Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2005 (13/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de febrero de 2005

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao para el Ejercicio Fiscal 2005
SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DEL CALLAO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 013-2005-SBP-C/P Callao, 28 de enero de 2005 VISTO: El Informe Nº 018-2005-SBP-C-GG de la Gerencia General y el Informe Nº 033-2005-SBP-C-OA de la Oficina de Administracion por el cual el Director de la Oficina de Administracion remite el Proyecto del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM su Reglamento, los que establecen las normas que deberan observar las entidades del Sector Publico Nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las entidades del Sector Publico deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea el MORDAZA de bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal, asi como el monto del presupuesto requerido para su contratacion o adquisicion, plan que debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad; Que, el Articulo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, debe aprobarse dentro de los treinta dias siguientes de aprobado el presupuesto institucional, en concordancia con el monto asignado conforme a la normatividad presupuestal de la Republica, para el ejercicio anual a ejecutarse; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 164-2004SBP-C/P de fecha 30 de diciembre del 2004, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura, de Ingresos y Gastos, correspondientes al Ano Fiscal 2005 de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; Estando a lo informado por la Gerencia General, segun Informe Nº 018-2005-SBP-C-GG e Informe Nº 0332005-SBP-C-OA de la Oficina de Administracion, y con las visaciones de sus Titulares y de las Oficinas de Asesoria Juridica, Planificacion y la Gerencia de Produccion y Asistencia Social; De conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM respectivamente, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 622-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao para el Ejercicio Fiscal 2005, cuyos anexos forman parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de Administracion publique en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la So-

ciedad de Beneficencia Publica del Callao, para el Ejercicio Fiscal 2005. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Administracion, publique en el Diario Oficial El Peruano, en la pagina Web de la Institucion, y ponga a disposicion de las diversas dependencias de la Institucion, y del publico interesado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, para el Ejercicio Fiscal 2005. Registrese y comuniquese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente 03163

PRODUCE
Modifican resolucion mediante la cual se otorgo permiso de pesca a persona juridica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 028-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 21 de enero del 2005 Visto el escrito de registro Nº 00581001 del 14 de enero del 2005, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA GIUDICE MORDAZA en representacion de la empresa MAYAPESCA S.A.; CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 0042005-PRODUCE/DNEPP, de fecha 6 de enero del 2005, se otorgo permiso de pesca a la empresa MAYAPESCA S.A., representada en el MORDAZA por MORDAZA MORDAZA MORDAZA GIUDICE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera de la Republica de Guatemala denominada J.M. MARTINAC, con Pasavante 02-C51, con un Arqueo Neto de 519, y 1,278 m3 capacidad de bodega, equipada con red de cerco de 4 pulgadas de longitud minima de abertura de malla y con sistema de preservacion R.S.W., en la extraccion del recurso hidrobiologico atun y especies afines en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas de la costa, con destino al consumo humano directo, por un plazo determinado de tres (03) meses, a partir de la vigencia de la resolucion autoritativa; Que la recurrente mediante escrito del visto solicita se rectifique la Resolucion Directoral Nº 004-2005-PRODUCE/DNEPP del 6 de enero del 2005, en el extremo referido a la bandera de la embarcacion pesquera, entendiendose que esta es de los Estados Unidos de MORDAZA, segun matricula 904090; Que la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, en su articulo 107º, precisa que cualquier administrado con capacidad juridica tiene derecho a presentarse personalmente o hacerse representar ante la autoridad administrativa, para solicitar por escrito la satisfaccion de su interes legitimo, obtener la declaracion, el reconocimiento u otorgamiento de un derecho, la MORDAZA de un hecho, ejercer una facultad o formular una legitima oposicion; Que en atencion a lo solicitado por la recurrente, se reviso los documentos que obran en el expediente, determinandose que el Certificado de Documentacion de la embarcacion denominada J.M. MARTINAC, es de los Estados Unidos de MORDAZA, con Numero Oficial 904090 y asimismo cuenta con Pasavante Nº 02-C51 de la Republica de Guatemala, por lo que, la Resolucion Directoral Nº 004-2005-PRODUCE/DNEPP, debe ser modificada en ese sentido; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano mediante Informe Nº 018-2005-PRODUCE/ DNEPP-DCH y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica;

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