Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2005 (17/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 17 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 287373

Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, han detectado que ciudadanos no identificados se presentaron ante el Registro, solicitando y obteniendo irregularmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ccaira, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Panaifo Curico y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante tramites de inscripcion; Que, realizados los examenes periciales en cada uno de los respectivos expedientes, se ha establecido que se trata de casos de suplantacion de identidad, efectuadas por personas desconocidas; Que, de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que personas no identificadas, han usurpado la identidad de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ccaira, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Panaifo Curico y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, existiendo indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por la comision del delito contra la Fe Publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 03587

Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, organo encargado de organizar las actividades de la informacion registral de los hechos vitales, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, ha determinado que las declaraciones efectuadas por RUDDY MORDAZA PEGUERO MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALABRIN DE LA MORDAZA, ha lesionado la funcionalidad de los documentos, por cuanto hicieron insertar datos falsos en instrumento publico, estas son las Actas de Nacimiento, atribuyendole por tanto a los menores una falsa filiacion, vulnerando de este modo su derecho a la identidad constitucionalmente amparado; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicios razonables de la comision de presuntos delitos contra la Familia en la modalidad de Alteracion de Filiacion de Menor y contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 145º y 428º respectivamente, del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra RUDDY MORDAZA PEGUERO MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALABRIN DE LA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra RUDDY MORDAZA PEGUERO MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALABRIN DE LA MORDAZA y los que resulten responsables por presuntos delitos contra la Familia, en la modalidad de Alteracion de Filiacion de Menor y contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

RESOLUCION JEFATURAL Nº 243-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 28 de enero de 2005

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 03588

VISTO: el Oficio Nº 3539-2004/GO/RENIEC, el Informe Nº 1287-2004-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 0562005-GAJ/RENIEC de fecha 17 de enero del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, organo encargado de planear, organizar y supervisar las acciones de gestion y control de calidad en materia de identificacion y estado civil, en su permanente labor de fiscalizacion, ha detectado que en la Oficina del Consulado Peruano en la MORDAZA de Caracas - Venezuela, obran las Actas Nº 61776420 y Nº 61776421, MORDAZA de fecha 28 de agosto del 2003, de las inscripciones extemporaneas de nacimiento de los menores JOHAN JEAMPIERRE MORDAZA ALABRIN y MORDAZA MORDAZA PEGUERO Alabrin, siendo declarados dichos nacimientos por MORDAZA MORDAZA ALABRIN DE LA CRUZ; Que, mediante procedimiento administrativo, tramitado al MORDAZA de la Ley Nº 26497 y a solicitud de RUDDY MORDAZA PEGUERO MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALABRIN DE LA MORDAZA, se inscriben los mismos hechos vitales el 7 de noviembre del 2003, a nombre de JOHAN JEAMPIERRE PEGUERO ALABRIN y MORDAZA MORDAZA PEGUERO ALABRIN, generandose duplicidad de inscripciones de nacimientos;

RESOLUCION JEFATURAL Nº 259-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 9 de febrero de 2005 Vistos, el Oficio Nº 792-2003/GP/SGDAC/HYC, los Informes Nº 259 y Nº 381-2003-ADRIA/DP/GP, y el Informe Nº109-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 1 de febrero de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA RIQUE MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones y dada la simplificacion administrativa para el procedimiento registral solicitaron ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tramites de duplicado y rectificacion, en cada caso, de sus respectivas inscripciones, las mismas que fueron materia de enmienda en el sistema en forma fraudulenta, por cuanto fueron realizadas sin contar con el sustento de ley, haciendo introducir de esta forma datos falsos en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.