Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2005 (17/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de febrero de 2005

CUENTAS DE ORDEN DE FONDOS BURSATILES - DEUDORAS Codigo 011 012 013 014 015 016 Denominacion de las Cuentas Titulares (o Principales) MORDAZA y Bancos Compensacion de Operaciones Cuentas por Cobrar a Participantes Liquidacion de Operaciones Entregas a Rendir Cuenta Otras Cuentas por Cobrar

CUENTAS DE ORDEN DE FONDOS BURSATILES - ACREEDORAS Codigo 021 022 023 024 025 026 027 Denominacion de las Cuentas Titulares (o Principales) Cuentas por Pagar a Participantes Garantias Recibidas por Operaciones Entregas por Cuenta de Emisores Intereses por Cuenta de Terceros Comisiones, Contribuciones y Aportaciones Ingresos Financieros Otras Cuentas por Pagar

blezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del articulo 40º de la citada Ley General, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, con la finalidad de dar cumplimiento de manera oportuna a la MORDAZA de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, resulta necesario delegar la facultad de su aprobacion; Que, el literal u) del articulo 8º del Estatuto de COFOPRI, establece como una de las funciones de la Presidencia de COFOPRI delegar total o parcialmente las funciones descritas en el citado articulo, en el Coordinador Nacional de la Formalizacion u otros funcionarios de COFOPRI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 y Decretos Supremos Nº 014-98-MTC y 027-2002-JUS; Con el visado de la Gerencia General, Gerencia de Presupuesto y la Jefatura de Asuntos Legales de la Gerencia de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Gerente General de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI, senor MORDAZA MORDAZA De MORDAZA East, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico durante el Ejercicio Presupuestal 2005, de acuerdo a lo dispuesto en las normas sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia y Presidente de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI 03528

CUENTAS DE ORDEN DE VALORES BURSATILES - DEUDORAS Codigo 031 032 033 034 035 036 Denominacion de las Cuentas Titulares (o Principales) Emisiones Anotaciones en Cuenta Valores por Anotar en Cuenta Dividendos en Acciones Valores Ajustados Valores Retirados del Registro

CUENTAS DE ORDEN DE VALORES BURSATILES - ACREEDORAS Codigo 041 042 043 044 045 046 03525 Denominacion de las Cuentas Titulares (o Principales) Valores Emitidos Registro por Anotaciones en Cuenta Anotacion en Cuenta en Curso Registro de Dividendos en Acciones Registro del Ajuste de Valores Retiro de Valores del Registro

Renuevan designacion de Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 006-2005-COFOPRI/PC

COFOPRI
Delegan facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico al Gerente General durante el ejercicio 2005
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 005-2005-COFOPRI/PC
MORDAZA, 15 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, segun lo dispuesto en el literal a) del articulo 8º del Estatuto de COFOPRI, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC y modificado por el Decreto Supremo Nº 027-2002-JUS, es funcion de la Presidencia de COFOPRI ejercer la titularidad del Pliego; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", senala que el Titular de la Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable, de manera solidaria, entre otros, con el Directorio con que cuente la Entidad, segun sea el caso. Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo esta-

MORDAZA, 15 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Informal, complementada por la Ley Nº 27046, se creo la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, en adelante MORDAZA Legal; Que, el articulo 15º del MORDAZA Legal establece que el Tribunal Administrativo de la Propiedad constituye la MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa de COFOPRI, cuyas resoluciones agotan la via administrativa y causan estado, disponiendose, expresamente, que el Estatuto establece la conformacion y demas caracteristicas de dicho organo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC del 15 de junio de 1998, se aprobo el Estatuto de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, en cuyo articulo 24º se establece que los vocales del Tribunal Administrativo de la Formalizacion, hoy denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad a tenor de lo dispuesto en el articulo 7º de la Ley Nº 27046, son designados por periodos de tres (3) anos consecutivos y renovables; Que, mediante la Resolucion de Presidencia Nº 0162002-COFOPRI/PC de fecha 20 de febrero de 2002, se designo a la senora abogada Luz MORDAZA MORDAZA Mera, como Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad por un periodo de tres (3) anos, en los terminos de la MORDAZA citada en el parrafo anterior; Que, estando proximo a concluir el periodo de tres anos de designacion de la citada Vocal Titular, se ha estimado conveniente renovar por tres (3) anos adicionales dicha

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