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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (25/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 287921 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de febrero de 2005 Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Ordende Inspección Nº 319-2005-MTC/12.04-SDO desig- nando al Inspector Elías Ellard Robles Stambury, para realizar chequeos técnicos en simulador de vuelo delequipo DC-10 así como efectuar un chequeo técnico en la aeronave DC-10 en la ruta Miami - Lima, al per- sonal aeronáutico propuesto por la empresa Cielosdel Perú S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 24 de febrero al 1 de marzo de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 319-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Elías Ellard Robles Stambury, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 24 de febrero al 1 de marzo de 2005, para los fines a que se contrae la parte conside-rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Cielos del Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 5359, 5360 y 5393, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realiza-das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza- do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04263 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Dictan disposiciones relativas a juzga- dos y salas penales especiales para losfines a que se refieren las RR. Adms.N”s. 129-2003, 024 y 154-2004-CE-PJ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 041-2005-CE-PJ Lima, 17 de febrero del 2005CONSIDERANDO: Que, ante el crecido número de procesos vinculados al ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos Torres, el Consejo Transitorio del Poder Judicial accedió a lapetición formulada por la Presidencia de la Corte Supe- rior de Justicia de Lima, y con miras a resolver un pro- blema sin precedentes en la historia judicial del país,expidió la Resolución Administrativa Nº 024-2001-CT- PJ, su fecha 31 de enero del 2001, disponiendo la confor- mación de una Sala Penal y seis Juzgados Especializa-dos en lo Penal en el seno de dicha Corte Superior, para atender adecuadamente tales procesos; Que, muchos de esos procesos, con el devenir de los acontecimientos, resultaron complejos, tanto por el número de procesados, como por la diversidad de deli- tos, situación que llevó al Consejo Ejecutivo del PoderJudicial a crear dos Salas Penales Especiales mediante Resoluciones Administrativas Nºs. 129-2003-CE-PJ y 024-2004-CE-PJ, de fechas 17 de octubre del 2003 y 18de febrero del 2004, respectivamente; Que, asimismo, por Resolución Administrativa Nº 154- 2004-CE-PJ, su fecha 13 de agosto del 2004, este Órganode Gobierno dispuso que los Jueces y Salas Penales Es- peciales de la Corte Superiores de Justicia de Lima se avoquen, dentro del ámbito de su competencia territorial, alconocimiento de las denuncias que se presenten a partir de la vigencia de dicha resolución por delitos contra la Administración Pública previstos en las Secciones II (Con-cusión), III (Peculado) y IV (Corrupción de Funcionarios) del Capítulo II, Delitos Cometidos por Funcionarios Públi- cos del Libro Segundo de la Parte Especial del CódigoPenal, en el caso que se perpetren por una pluralidad de personas y siempre que el órgano público afectado o al que pertenece el imputado tenga carácter nacional; asícomo de los delitos conexos a los anteriormente señala- dos, incluso si tienen prevista una pena superior. Dejándo- se expresa constancia que se facultó al Presidente de laCorte Superior de Justicia de Lima a designar cuatro Jue- ces Penales adicionales para que también conozcan los casos a que se refiere la mencionada resolución; Que, de la reciente visita realizada a las Salas y Juzga- dos Penales Especiales de la Corte Superior de Justicia de Lima, e informe presentado por los integrantes de laSala Penal Especial "C", es posible advertir la existencia de procesos complejos con multiplicidad de procesa- dos, agraviados y testigos, los mismos que determinanla formación de impresionante cantidad de tomos para su tramitación; numerosas denuncias ampliatorias formu- ladas por el Ministerio Público y sustanciadas por losórganos jurisdiccionales; y acumulación de procesos por razones de conexión; dando lugar a múltiples dili- gencias que sobrepasan la capacidad del órgano juris-diccional a cargo de tales procesos; situación que es necesario contemplar a efectos de promover el cumpli- miento de los plazos procesales y así evitar reiteradaexcarcelación por exceso de detención; Que, asimismo, se advierte incremento de la carga procesal con nuevas denuncias derivadas a los mencio-nados órganos especiales, generándose procesos con similares características que los anteriores y que se hayan en actual trámite, por lo que se hace necesarioincrementar el número de Salas y Juzgados Penales Especiales, para obtener equitativa y manejable distri- bución de tales procesos judiciales; así como para res-ponder al reclamo de la opinión pública a fin de hacer efectivo el principio de celeridad procesal; Que, por otro lado, a efectos de una adecuada identifi- cación de las Salas Penales Especiales, resulta conve- niente asignarles una numeración correlativa; Que, para hacer posible el funcionamiento de nue- vos órganos jurisdiccionales el actual Presupuesto del Poder Judicial no incluye los recursos económicos ne- cesarios, tanto para Magistrados, personal e infraes-tructura, por cuya razón resulta indispensable solicitar- los al Ministerio de Economía y Finanzas; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 82º, incisos 24 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordina-ria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero José Donaires Cuba por encontrarse de vacaciones, por unanimidad;