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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2005 (14/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 90

PÆg. 296694 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 DATOS DEL EXTRANJERO FIRMA DEL EXTRANJERO FECHA DE EMISIÓN:Base Legal: Tercer párrafo del Artículo 13° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el De creto Supremo N° 179-2004-EF y modificatoriaFORMULARIO N° 1495 DECLARACIÓN JURADA DE HABER REALIZADO ACTIVIDADES QUE NO IMPLIQUEN LA GENERACIÓN DE RENTAS DE FUENTE PERUANA Nacionalidad: Condición Migratoria: ( )Artista( )Estudiante ( )Trabajador ( )Independiente ( )Inmigrante Fecha de ingreso al país: Fecha de salida del país: En cumplimiento de lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 13° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, declaro que du rante mi permanencia en el Perú, no he realizado actividades que impliquen la generación de rentas de fuente peruana. Para tal efecto, suscribo la p resente declaración. SELLO DE RECEPCIÓN (USO EXCLUSIVO DE AUTORIDADES MIGRATORIAS)Apellidos y nombres: Documento de Identidad: ( )Pasaporte ( )Carnet de Extranjería ( )Otros (especificar): Nœmero: ( )Religioso 12538 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberántener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU