Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2005 (23/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G34/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 23 de julio de 2005 ción General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica a Talleres de Mantenimiento Aeronáutico para Estableci-miento o Actualización de Habilitaciones), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar la ins- pección técnica del taller de mantenimiento aeronáuticode la empresa Avianca a fin de obtener su autorización para realizar trabajos de mantenimiento aeronáutico para la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Bogotá, du-rante los días 25 al 27 de julio de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 19335 y 19336, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando ante- rior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1359-2005-MTC/12.04-SDA designando al Inspector Luis Gustavo Satornicio Satornicio, pararealizar la inspección técnica del taller de mantenimiento aeronáutico de la empresa Avianca a fin de obtener la autorización para realizar trabajos de mantenimiento parala empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Bogotá, Repú- blica de Colombia, durante los días 25 al 27 de julio de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1359-2005-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Gustavo Satornicio Satornicio, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 25 al 27 de julio de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 19335 y 19336, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Gene- ral de Administración del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12894/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G32/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4D/G54/G43/G2F/G31/G32/G2C /G71/G75/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G73/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G6E/G2D/G74/G69/G6C/G65/G73/G20/G50/G61/G6E/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G2D/G20/G54/G41/G4D/G50/G41 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 098-2005-MTC/12 Lima, 5 de julio del 2005Vista la solicitud de TRANSPORTES AÉREOS MER- CANTILES PANAMERICANOS S.A. - TAMPA, sobre Mo- dificación de Permiso de Operación de Servicio de Trans-porte Aéreo Internacional No Regular de carga; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2005- MTC/12 del 14 de enero del 2005, se otorgó a TRANS-PORTES AÉREOS MERCANTILES PANAMERICANOS S.A. - TAMPA, la Renovación de Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo InternacionalNo Regular de carga, por el plazo de cuatro (4) años; Que, mediante Documento de Registro Nº 2005- 002949 del 2 de febrero del 2005, ampliada con Docu-mento de Registro Nº 024043 del 15 de abril del 2004, TRANSPORTES AÉREOS MERCANTILES PANAMERI- CANOS S.A. - TAMPA solicita la Modificación de Permisode Operación, a fin de incrementar material aeronáutico BOEING 767 y zonas operación a las ya autorizadas, así como por cambio de denominación social, en ade-lante TAMPA CARGO S.A.; Que, según los términos del Memorándum Nº 109- 2005-MTC/12.AL, Memorándum Nº 159-2005-MTC/12.AL, Memorándum Nº 0300-2005-MTC/12.AL y Me- morándum Nº 455-2005-MTC/12.AL emitidos por la Ase- soría Legal, Memorándum Nº 068-2005-MTC/12 emitidopor la Asesoría de Política Aérea y Memorándum Nº 1141-2005-MTC/12.04 emitido por la Dirección de Seguridad Aérea, respectivamente; se considera perti-nente atender lo solicitado, al haber cumplido la recu- rrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposicio-nes legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil de Colombia ha designado a TRANSPORTES AÉREOS MERCANTILESPANAMERICANOS S.A. - TAMP A, para efectuar servi- cios de transporte aéreo no regular internacional de car- ga, y ha autorizado la modificación de su denominaciónsocial a TAMPA CARGO S.A.; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revo- car los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la ex-pedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura-das y la presentación de documentos por parte del inte- resado, tomándolos por ciertos, verificando posterior- mente la validez de los mismos, conforme lo dispone laLey Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones lega- les vigentes; y con la opinión favorable de las áreascompetentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el Art. 1º de la Resolución Directoral Nº 012-2005-MTC/12 que otorgó a TRANS-PORTES AÉREOS MERCANTILES PANAMERICANOS S.A. - TAMPA, de conformidad a la Decisión 582 de la Comunidad Andina de Naciones, la Renovación de Per-miso de Operación por el plazo de cuatro (4) años con- tados a partir del 24 de agosto del 2004, día siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral Nº 012-2001-MTC/15.16, siendo en adelante el titular del Permiso de Operación TAMPA CARGO S.A., quedando redactado de la siguiente manera: