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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (03/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 293887 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de junio de 2005 configuración de un acto de competencia desleal en la modalidad de violación de normas se requiere: (i) que exista una infracción del marco legal; y, (ii) que dicha infracción origine una ventaja competitiva significativa. La aplicación de la determinación teórica menciona- da en el párrafo anterior por parte de la autoridad encar- gada de la represión de la competencia desleal, requiereacudir a las reglas que gobiernan la actividad probatoria en el procedimiento sancionador sobre esta materia. Al respecto, los principios de impulso de oficio 3 y de ver- dad material4, que sustentan el procedimiento adminis- trativo determinan que la Comisión deba utilizar todas las medidas probatorias autorizadas por la ley, que re-sulten necesarias para el esclarecimiento de la contro- versia acerca de la existencia de un acto de competen- cia desleal en la modalidad de violación de normas. Los principios de impulso de oficio y de verdad mate- rial inspiran el artículo 27º de la Ley sobre Represión de la Competencia Desleal 5, según el cual, la Comisión se encuentra facultada para requerir de oficio las pruebas que estime pertinentes para el esclarecimiento de los hechos. Adicionalmente, dicho artículo dispone expre-samente que la negativa a entregar la información re- querida por la Comisión operará como prueba en contra del requerido. El artículo 58º de la Constitución Política del Perú 6 establece que la iniciativa privada es libre y se ejerce enuna economía social de mercado, siendo deber del Es-tado orientar el desarrollo del país. Al respecto, la libre iniciativa privada, cuyo desarrollo legislativo se encuen- tra en el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 757, con-siste en el derecho que tiene toda persona a dedicarse a la actividad económica de su preferencia dentro del marco legal vigente 7. Esto significa que la concurrencia en el mercado para la realización de actividades económicas se encuentra inicialmente permitida, sin embargo, tam- bién se encuentra sujeta a ciertos requisitos legales, loscuales canalizan el ejercicio ordenado de la libre iniciati- va privada dentro del marco legal vigente. Puede observarse que la realización de actividades económicas se encuentra sujeta al cumplimiento de cier- tos requisitos legales, tales como autorizaciones, licen- cias o, en algunos casos, contratos de autorización en-tre agentes privados requeridos por la ley. La exhibición o entrega de los documentos que acreditan la existencia de tales autorizaciones, licencias o contratos, es pruebadel cumplimiento de los requisitos legales y, por tanto, comprueba la inexistencia de una infracción al marco legal que requiere dichas autorizaciones, licencias o con-tratos. Por el contrario, la omisión, negativa o imposibili- dad de exhibir o entregar los referidos documentos, hace que la existencia de la infracción del ordenamiento queexige contar con la autorización, licencia o contrato, sea un hecho evidente, cuya certeza es absoluta e irreversi- ble lógicamente 8. De acuerdo con el criterio mencionado en el párrafo anterior y, de conformidad con lo dispuesto en el artícu- lo 27º de la Ley sobre Represión de la CompetenciaDesleal, la Comisión debe requerir al investigado los documentos que sean relevantes para determinar la posesión de las autorizaciones, licencias, contratos oactos requeridos por la ley. La omisión, negativa o im- posibilidad de proporcionar la información requerida por la Comisión operará como prueba en contra del inves-tigado, es decir, se entenderá probada, por mandato de la ley, la existencia de la infracción del ordenamiento, restando únicamente determinar si dicha infracción re-portó efectivamente una ventaja competitiva significati- va. En aquellos casos no referidos al cumplimiento de los requisitos legales para la realización de actividades económicas -tales como autorizaciones, licencias o con- tratos de autorización entre agentes privados requeri-dos por la ley-, existe incertidumbre acerca de la infrac- ción del ordenamiento como elemento para la configura- ción del acto de competencia desleal en la modalidad deviolación de normas, por lo que se requerirá la decisión previa y firme de la autoridad competente en la materia que pruebe la infracción a fin de declarar la comisión delacto de competencia desleal. En vista de lo anteriormente expuesto, corresponde agregar un nuevo numeral 4 al precedente de observan-cia obligatoria aprobado mediante Resolución Nº 0493- 2004/TDC-INDECOPI, el cual quedará redactado de la siguiente manera:4. La realización de actividades económicas se en- cuentra sujeta al cumplimiento de ciertos requisitos le- gales, tales como autorizaciones, licencias o, en algu- nos casos, contratos de autorización entre agentes pri- vados. La omisión, negativa o imposibilidad de exhibir o entregar las referidas autorizaciones, licencias o con- tratos, evidencia la existencia de la infracción del orde- namiento que exige contar con éstas. Finalmente, corresponde modificar el antiguo nume- ral 4 del precedente de observancia obligatoria aproba- do mediante Resolución Nº 0493-2004/TDC- INDECOPI, asignándole como nueva numeración la denumeral 5, en los siguientes términos: 5. Únicamente cuando el procedimiento trate sobre una infracción distinta al incumplimiento de requisitos legales para la realización de actividades económicas, existirá incertidumbre sobre la configuración de un acto de competencia desleal en la modalidad de violación de normas, por lo que se requerirá una decisión previa y firme de la autoridad competente en la materia que veri- fique una infracción al marco legal cuya vigilancia le ha sido encomendada. Considerando que mediante la presente resolución se modifica un precedente de observancia obligatoria, corresponde oficiar al Directorio del Indecopi para queordene la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano. 3LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, TÍTULO PRE- LIMINAR, Artículo IV.- Principios del procedimiento administrativo 1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los si- guientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generalesdel Derecho Administrativo: [...] 1.3. Principio de impulso de oficio.- Las autoridades deben dirigir e impul- sar de oficio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cues- tiones necesarias.[...] 4LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, TÍTULO PRE-LIMINAR, Artículo IV.- Principios del procedimiento administrativo 1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los si- guientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generalesdel Derecho Administrativo: [...] 1.11. Principio de verdad material.- En el procedimiento, la autoridad admi- nistrativa competente deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las medidas pro- batorias necesarias autorizadas por la ley, aun cuando no hayan sido propues-tas por los administrados o hayan acordado eximirse de ellas. [...] 5DECRETO LEY Nº 26122, LEY SOBRE REPRESIÓN DE LA COMPETEN-CIA DESLEAL, Artículo 27º.- Iniciada la acción, la oficina administrativa competente podrá requerir de ofi-cio las pruebas que estime pertinentes y gozará de las más amplias faculta- des de investigación, para lo cual dispondrá del auxilio de la fuerza pública. La negativa a proporcionar la información a que se refiere el párrafo precedenteoperará como prueba en contra de la parte a quien haya sido requerida. 6CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, Artículo 58º.- La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción del empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos einfraestructura. 7DECRETO LEGISLATIVO Nº 757, Artículo 3º.- Se entiende por libre inicia- tiva privada el derecho que tiene toda persona natural o jurídica a dedicarse a la actividad económica de su preferencia, que comprende la producción o comercialización de bienes o la prestación de servicios, en concordancia conlo establecido por la Constitución, los tratados internacionales suscritos por el Perú y las leyes. 8GORDILLO, Agustín. Tratado de Derecho Administrativo. El ProcedimientoAdministrativo. Lima: Ara Editores y Fundación de Derecho Administrativo, 2003. t. 4. p.VII-28-VII29.