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PÆg. 293967 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 Artículo 4º.- Derogar el Decreto de Alcaldía Nº 03, pu- blicado el 12 de mayo de 2005, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- Encargar al Gerente Municipal el cumpli- miento de las disposiciones contenidas en el Reglamento aprobado por el presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde REGLAMENTO DE EJECUTIVOS DE COORDINACIÓN DE PROCESOS DE LAS UNIDADES ORGÁNICAS DE LA MUNICIPALIDAD Artículo 1º.- Institúyase los cargos de Ejecutivos de Coordinación de Procesos, cuya clasificación será determi- nada en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, yquienes serán receptores de funciones y competencias desconcentradas de las respectivas unidades orgánicas de la que dependen jerárquicamente. Para efectos de la determinación del ámbito funcional de las competencias que podrán ser desconcentradas al Ejecutivo de Coordinación de Procesos, éstos se definencomo: 1. Ejecutivo Administrativo; a quienes se descon- centra competencias de gestión administrativa y/o com- petencias resolutivas de trámites, autorizaciones, certifi- caciones y otros de similar naturaleza regulada por laLey del Procedimiento Administrativo General, y a cuyo efecto se aplicará lo dispuesto en el artículo 2º de la presente Ordenanza. 2. Ejecutivo Operativo; a quienes se desconcentra competencias de gestión operativa de servicios públicos, mantenimiento o inversiones municipales. 3. Ejecutor Coactivo; a quien se desconcentra las funciones y competencias que el ROF establece para di- cho proceso; y para el cumplimiento de las disposicionesque la ley de la materia le confiere. 4. Ejecutivo de Registros Civiles; a quien se descon- centra las funciones y competencias que el ROF establecepara dicho proceso; y para el cumplimiento de las disposi- ciones que la ley de la materia confiere. Artículo 2º.- La designación de Ejecutivos de Coordi- nación de Procesos se formaliza a través de Resolución de Alcaldía, a propuesta del Gerente Municipal y procederáúnicamente para el número de ejecutivos que se señalan para las unidades orgánicas, según lo siguiente: Unidad Orgánica Ámbito Funcional Número de Ejecutivos Alcaldía - Administrativo. 1 Gerencia Municipal - Administrativo - Resolutivo. 2 - Ejecutor Coactivo. Gerencia Legal y Secretaría - Administrativo. 1 Municipal Gerencia de Administración - Administrativo. 1Tributaria Gerencia de Trámites y - Administrativo. 3 Autorizaciones - Ejecutivo de Registros 1 Civiles. Gerencia de Fiscalización y Control - Administrativo. 1 Gerencia de Obras Públicas y - Operativo. 2Mantenimiento Gerencia de Limpieza Pública y - Operativo. 2 Áreas Verdes Gerencia de Finanzas - Administrativo. 1 TOTAL 15 Artículo 3º.- Los Ejecutivos de Coordinación de Procesos, adoptarán para todos los efectos la deno-minación genérica y única de Ejecutivo, debiendo indi- carse a continuación el nombre de la unidad orgánica de la cual dependen; con excepción del Ejecutor Co-activo y el Ejecutivo de Registros Civiles, los cuales no tendrá ninguna referencia a la unidad orgánica de la cual dependen.Artículo 4º.- El Ejecutivo del ámbito Administrativo de Alcaldía ejerce las competencias que sean descon- centradas por la Alcaldía. Artículo 5º.- El Ejecutivo del ámbito funcional Admi- nistrativo - Resolutivo Superior de la Gerencia Munici-pal, ejerce las competencias que la Gerencia Municipal le desconcentre, dentro de las cuales estarán las rela- tivas a la emisión de resoluciones en segunda y últimainstancia administrativa, excepto en los asuntos tribu- tarios, frente a resoluciones de gerencia o de gerencia ejecutiva, emitidas en primera instancia en los casoscomprendidos en el ROF, el TUPA y las demás normas especiales; así como también las demás funciones y competencias que el Gerente Municipal le desconcen-tre. Artículo 6º.- El Ejecutor Coactivo ejerce las compe- tencias que la Gerencia Municipal le desconcentre rela- tivas a las acciones de su competencia, así como aque-llas contempladas en la Ley de Procedimiento de Ejecu- ción Coactiva y sus normas modificatorias y reglamenta- rias. Artículo 7º.- El Ejecutivo de Registros Civiles ejerce las competencias que la Gerencia de Trámites y Autori- zaciones le desconcentre relativas a las acciones de su competencia, así como aquellas contempladas en la LeyOrgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil y su Reglamento. Artículo 8º.- Uno de los cuatro Ejecutivos del ámbito funcional Administrativo de la Gerencia de Trámites yAutorizaciones, asumirá la presidencia de la Comisión Calificadora Distrital de Proyectos, y ejerce las compe- tencias que su superior jerárquico le desconcentre, asícomo aquellas contenidas en la Ley Nº 27157 y su Re- glamento, así como las normas especiales que asignen competencias a dicho cargo. Artículo 9º.- El Ejecutivo del ámbito funcional Admi- nistrativo de la Gerencia de Fiscalización y Control ejer- ce las competencias que su superior jerárquico le des- concentre, relativas a la formalización de sanciones ad-ministrativas y tributarias, a través de resoluciones de sanción, conforme a los procedimientos establecidos en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrati-vas de la Municipalidad de Miraflores y el Código Tributa- rio. Artículo 10º.- Los Ejecutivos del ámbito funcional Administrativo de todas las unidades orgánicas ejerce-rán las competencias que sus respectivas Gerencias le desconcentren, relativas a la formalización de actos ad- ministrativos, a través de resoluciones de gerencia eje-cutivas, que atienden las solicitudes y peticiones de los vecinos presentadas conforme al Texto Único de Proce- dimientos Administrativos -TUPA; y las demás normasde aplicación al ámbito municipal que correspondan. Artículo 11º.- Los Ejecutivos del ámbito funcional Ope- rativo de todas las unidades orgánicas ejercerán las com- petencias que sus respectivas Gerencias le desconcen-tren, relativas a la ejecución de actividades de servicios públicos, mantenimiento e inversiones conforme a la na- turaleza del cargo correspondan. Artículo 12º.- Los ejecutivos que se describen en el presente Decreto de Alcaldía ejercen sus acciones en la medida en que la respectiva Unidad Orgánica, como su- perior jerárquico, proceda a la desconcentración de susfunciones y/o competencias, las que deberán señalarse de manera específica mediante la respectiva resolución de gerencia. Artículo 13º.- La ausencia temporal o definitiva, o el término de la relación laboral de un Ejecutivo suponen el retorno de las funciones desconcentradas a su titular hasta el momento en que se termine la ausencia o seproceda a una nueva designación. Artículo 14º.- Es potestad de los gerentes de cada unidad orgánica que cuentan con Ejecutivos determinar el personal de apoyo que éstos requieran para el efecti-vo cumplimiento de las funciones y competencias des- concentradas. El personal de apoyo que se convoque dependerá funcionalmente del Órgano Municipal corres-pondiente, y jerárquicamente y administrativamente del gerente correspondiente. Artículo 15º.- Para los fines de los procedimientos administrativos que se siguen en la Municipalidad deMiraflores, conforme al Texto Único de Procedimientos Administrativos, deberán tomarse en cuenta lo siguien- te: