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PÆg. 294719 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de junio de 2005 Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí- dica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento deOrganización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipali-dad Distrital de Huañec, provincia de Yauyos, departa- mento de Lima, para la Reinscripción de Libros Regis- trales de Nacimiento de los años 1963 y 1982, Matrimo-nio del año 1990, y Defunción de los años 1978, 1979, 1980, 1981, 1982, 1983, 1984 y 1985. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Huañec, provincia de Yauyos, departamento de Lima, para que proceda a la apertura del Registro de Libro deActas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, con la finalidad de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción alas normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con la consignación expresa por selladura “Reinscripción Ley Nº 26242 - 26497”, el Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, deberá proveer los libros ofi- ciales requeridos expresamente por la Oficina de Regis-tro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 10907 S B S Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema deSeguros RESOLUCIÓN SBS Nº 620-2005 Lima, 12 de abril de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el señor Erol Martín Rengifo López para que se le autorice la inscripción en elRegistro del Sistema de Seguros: Sección II De los Co- rredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Regis- tro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado lainscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferias por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7de enero de 1998; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Erol Martín Rengifo López con matrícula Nº N-3732 en elRegistro del Sistema de Seguros, Sección II De los Co- rredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 10916 Autorizan inscripción de persona natu- ral en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 808-2005 Lima, 2 de junio de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por la señorita Mirtha Geno- veva Calle Arteaga para que se le autorice la inscripciónen el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la cita norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros me- diante Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aproba-do la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge- neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7de enero de 1998. RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la seño- rita Mirtha Genoveva Calle Arteaga con matrícula NºN- 3748 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida,que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 10921 Autorizan al Banco Agropecuario - Agrobanco la apertura de agencia enla provincia de Chincha, departamen-to de Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 824-2005 Lima, 7 de junio de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Agropecuario - Agrobanco para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en calle Colón Nº 142 - Chincha Alta,