Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2005 (03/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 288344 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de marzo de 2005 mo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, así como por lodispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 28267; analiza-dos los antecedentes y luego de agotado el correspon-diente debate. LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar a la empresa Inaden Contratistas Ge- nerales S.A.C. con un (1) año de suspensión en su de-recho de participar en procesos de selección y contra-tar con el Estado, por haber incurrido en la causal tipifi- cada en el literal f) del artículo 205º del Reglamento, sanción que tendrá vigencia a partir del día siguiente denotificada la presente resolución. 2. Poner en conocimiento a la Gerencia de Registros del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado – CONSUCODE, la presente resolución para las anotaciones de ley correspondientes. 3. Poner en conocimiento de la Presidencia de CON- SUCODE los hechos, a fin que en uso de sus atribucio-nes adopte las medidas pertinentes. 4. Devolver los antecedentes administrativos a la En- tidad, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.DELGADO POZO BERAMENDI GALDÓS ISASI BERROSPI04587 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ Declaran en situación de desabasteci- miento inminente el suministro de com-bustible para vehículos del Cuerpo Ge-neral de Bomberos Voluntarios del Perœ RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 068-2005-CGBVP San Isidro, 17 de febrero de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 079-2005-CGBVP/DILOG, de fecha 16 de febrero de 2005, mediante el cual se remite el InformeTécnico Nº 001-2005-CGBVP/DILOG, de fecha 16 defebrero de 2005, emitido por la Dirección de Logística yel Informe Legal Nº 002-2005-CGBVP/AJ, de fecha 16 de febrero de 2005, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 021-2005- CGBVP, de fecha 31 de enero de 2005, el Titular del Pliego interino, aprobó el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del Cuerpo General de Bomberos Volun-tarios del Perú para el Año Fiscal 2005, en el cual seencuentra incluido el proceso de Licitación Pública "Su-ministro de combustible para los vehículos del CGBVP", con el código CIIU 5050; Que, el objetivo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú es prevenir, controlar y extinguirincendios, así como preservar la vida humana comoconsecuencia de accidentes u otros acontecimientos;para lo cual, resulta indispensable que la Entidad cuente con el suministro de combustible adecuado para susunidades y herramientas que permita atender las emer-gencias que se suscitan en estos siniestros; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas del pro-ceso de selección, las adquisiciones o contratacionesque se realicen en situación de emergencia o dedesabastecimiento inminente declaradas de confor-midad con la referida Ley; Que, asimismo, el artículo 20º de la citada norma legal, precisa que las Resoluciones o Acuerdos requie-ren obligatoriamente de un Informe Técnico - Legal pre-vio y sean publicados en el Diario Oficial El Peruano,excepto en los casos a que se refiere el inciso d) delartículo 19º de la Ley; Que, en ese sentido, mediante Informe Técnico Nº 001-2005-CGBVP/DILOG, de fecha 16 de febrero de2005, emitido por la Dirección de Logística, se señala lanecesidad de contar con el suministro de combustible,toda vez que el Cuerpo General de Bomberos Volunta-rios del Perú cumple con sus objetivos de promover y coordinar las acciones de prevención de incendios y accidentes; combatir incendios, rescatar y salvar vidasexpuestas al peligro por incendios y accidentes, aten-diendo las emergencias derivadas de los mismos; asícomo participar en las acciones de apoyo de control delos daños ocasionados por desastres y calamidades; mediante la utilización de vehículos motorizados y he- rramientas cuya operación requiere los diversos tiposde combustible; Que, en ese sentido, el suministro de combustible constituye un servicio esencial para la Entidad por lasactividades inherentes que realiza el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, asimismo, la ausencia del referido suministro es actual y urgente, dado que la contratacióncomplementaria para la adquisición del suministro decombustible culminó el día 15 de febrero de 2005, sinque la Entidad haya podido convocar el proceso de se- lección correspondiente, por causas externas a la Enti- dad; y, a que la urgencia se manifiesta en la naturalezade servicio público que tiene el servicio de atención deemergencias que realiza el Cuerpo General de Bombe-ros Voluntarios del Perú y al hecho de que lo índices deatención de emergencias en Lima y Callao se han incre- mentado en un 13.70%; Que, por los motivos expuestos en los párrafos prece- dentes, se recomienda que de considerarlo pertinentese solicite la contratación del suministro de combustiblepor un período de noventa (90) días calendario; Que, mediante Informe Legal Nº 002-2005-CGB- VP-AJ, se señala que en virtud de lo señalado en el Informe Técnico y de lo dispuesto por el artículo 21ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado y su Reglamento,desde el punto estrictamente legal, resulta procedenteexonerar la adquisición del suministro de combusti- ble para el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú por la causal de Situación de Desabasteci-miento Inminente; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obracompromete en forma directa e inminente la continui-dad de las funciones, servicios, actividades u opera-ciones productivas que la Entidad tiene a su cargode manera esencial. Dicha situación faculta a la enti- dad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, se-gún sea el caso, necesarios para resolver la situa-ción y llevar a cabo el proceso de selección corres-pondiente; Que, asimismo, el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es- tablece que la necesidad de los bienes, servicios u obras