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PÆg. 288665 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de marzo de 2005 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 042-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 1 de febrero del 2005 Visto el escrito de Registro Nº CE-00967001 del 26 de enero del 2005, presentado por el señor VICTORPEREZ HERNANDEZ, en representación de la empresa ecuatoriana DELFITEC S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las perso- nas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pes-ca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el artículo 47º de dicha norma establece que las operaciones de embar-caciones de bandera extranjera en aguas jurisdicciona- les peruanas, sólo podrán efectuarse sobre el exceden- te de la captura permisible no aprovechada de recursoshidrobiológicos por la flota existente en el país, sujetán- dose a los términos y condiciones establecidos en la legislación interna sobre preservación y explotación delos recursos hidrobiológicos y sobre los procedimientos de inspección y control, para lo cual los armadores ex- tranjeros deberán acreditar domicilio y representaciónlegal en el país; Que los artículos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso depesca es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otor- ga a plazo determinado para el desarrollo de las activi-dades pesqueras, previo pago de los derechos corres- pondientes; Que el inciso c) del artículo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales perua- nas podrá llevarse a cabo por embarcaciones de ban- dera extranjera, para la extracción de recursos deoportunidad, o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) mediante elpago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobó elReglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, esta- bleciéndose en su numeral 7.3 del artículo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pes-queras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un período detres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, el señor VICTOR PEREZ HERNANDEZ, en representación de la empresaDELFITEC S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera denominada "ROSSANA L", de bandera ecuatoriana, en la extracción del recursoatún y especies afines, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el período de tres meses; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente la recurrente acredita que la embarcación pesquera "ROSSANA L", cumple con losrequisitos procedimentales y sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, apro- bado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE,así como los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Su-premo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaría procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción mediante Informe Nº 34-2005-PRODUCE/DNEPP-Dch,y con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Regla- mento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobadopor Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el pro- cedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa DELFITEC S.A., representada en el país por el señor VICTOR PEREZHERNANDEZ, permiso de pesca para operar la embar- cación pesquera de cerco de bandera ecuatoriana, de- nominada "ROSSANA L", cuyas características se de-tallan en el siguiente cuadro, para la extracción del re- curso hidrobiológico atún y especies afines, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas dela costa, con destino al consumo humano directo, equipa- da con redes de cerco con abertura mínima de malla de 110 mm., por un plazo determinado de tres (3) meses,contados a partir de la vigencia de la presente resolu- ción. NOMBRE MATRÍCULA INDICATIVO ARQUEO CAP. T AMAÑO SIST. DE EMBAR- INTERNA- NETO BOD. DE DE CACIÓN CIONAL (m3) MALLA PRESERV. ROSSANA L P-000839 ---------- 217.13 840.04 110 mm. RSW Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el artículo anterior, caducará automáticamente al vencer elplazo establecido en el citado artículo, por el cumpli- miento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Mi- nisterio de la Producción para la temporada de pesca. Elpermiso de pesca otorgado mediante la presente reso- lución, podrá ser renovado automáticamente por un pe- ríodo igual con el pago de los correspondientes dere-chos de pesca, siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtención del permiso de pesca, conforme a lo establecido en el numeral 7.3del artículo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE. Artículo 3º.- Las operaciones que se autorizan a través de la presente resolución, están sujetas a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Ordena-miento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 032-2003-PRODUCE, así como a las normas sobre sanidad y medio ambiente; y demás que le seanaplicables. Artículo 4º.- De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9.4º del Decreto Supremo Nº032-2003-PRODUCE queaprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, la embarcación pesquera a que se refiere el artí- culo 1º de la presente Resolución Directoral, deberácontratar como mínimo el 30 % de tripulantes peruanos, sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislación nacional. Artículo 5º.- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcación pesquera a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución Directoral, está condicionadoa llevar a bordo a un Observador de la Comisión Intera- mericana del Atún Tropical (CIAT) acreditado, conforme a lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9º delReglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, apro- bado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Artículo 6º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, será causal de caducidad del per- miso de pesca o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso, de conformi-dad con las disposiciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 7º.- La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, del Ministerio de la Producción,