TEXTO PAGINA: 25
PÆg. 288671 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de marzo de 2005 plazo establecido en el citado artículo, por el cumpli- miento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Mi-nisterio de la Producción para la temporada de pesca. El permiso de pesca otorgado mediante la presente reso- lución, podrá ser renovado automáticamente por un pe-ríodo igual con el pago de los correspondientes dere- chos de pesca, siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtención del permisode pesca, conforme a lo establecido en el numeral 7.3 del artículo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Artículo 3º.- Las operaciones que se autorizan a través de la presente resolución, están sujetas a lasdisposiciones establecidas en el Reglamento de Ordena- miento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 032-2003-PRODUCE, así como a las normassobre sanidad y medio ambiente; y demás que le sean aplicables. Artículo 4º.- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcación pesquera a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución Directoral, está condicionado a llevar a bordo a un Técnico Científico de Investigación(TCI) del IMARPE, conforme a lo establecido en el nu- meral 9.1 del artículo 9º del Reglamento de Ordena- miento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 032-2003-PRODUCE. Artículo 5º.- El armador propietario de la embarca- ción, materia del presente procedimiento, deberá contra-tar como mínimo el 30% de tripulantes peruanos, sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables, conforme a la legislación nacional,de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 9.4 del artículo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Artículo 6º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, será causal de caducidad delpermiso de pesca o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en elDecreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE. Artículo 7º.- La empresa INDUSTRIA ATUNERA S.A.-INDUATUN o su representante, deberán efectuar las acciones necesarias a fin de que se descargue elproducto de la pesca en el establecimiento industrial res- pectivo, de acuerdo al Convenio de Abastecimiento sus- crito. Artículo 8º.- La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, del Ministerio de la Producción, efectuará las acciones correspondientes a efecto devigilar el cumplimiento del derecho administrativo otor- gado a través de la presente resolución, debiendo infor- mar a la Dirección Nacional de Extracción y Procesa-miento Pesquero del Ministerio de la Producción, para las acciones a que haya lugar. Artículo 9º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilan- cia del Ministerio de la Producción, impedirá que la embar-cación a que se refiere el artículo 1º abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vi- gencia de su permiso de pesca, registrara alguna obli-gación pendiente frente al Ministerio de la Producción, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente resolución. Artículo 10º.- La autorización que se otorga por la presente resolución no exime al recurrente de los proce- dimientos administrativos cuya competencia correspon-da al Ministerio de Defensa y demás dependencias de la Administración Pública. Artículo 11º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Con- trol y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción dellitoral y a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa, y consignarse en elPortal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 04968 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 050-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 14 de febrero del 2005 Visto los escritos de Registro Nº CE-00994001 del 28 y 31 de enero y 3 de febrero del 2005, presentado por el señor JOHNNY HERNAN CHIGNE MURO en repre-sentación de la señora LUCIA PILAR FERNÁNDEZ AVE- LLANEDA. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las perso- nas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pes-ca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el artículo 47º de dicha norma establece que las operaciones de embar-caciones de bandera extranjera en aguas jurisdicciona- les peruanas, sólo podrán efectuarse sobre el exceden- te de la captura permisible no aprovechada de recursoshidrobiológicos por la flota existente en el país, sujetán- dose a los términos y condiciones establecidos en la legislación interna sobre preservación y explotación delos recursos hidrobiológicos y sobre los procedimientos de inspección y control, para lo cual los armadores ex- tranjeros deberán acreditar domicilio y representaciónlegal en el país; Que los artículos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso depesca es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otor- ga a plazo determinado para el desarrollo de las activi-dades pesqueras, previo pago de los derechos corres- pondientes; Que el inciso c) del artículo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales perua- nas podrá llevarse a cabo por embarcaciones de ban- dera extranjera, para la extracción de recursos deoportunidad, o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) mediante elpago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobó elReglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, estableciéndose en su numeral 7.3 del artículo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pes-queras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un período detres (3) meses; Que mediante los escritos del visto, el señor JOHN- NY HERNAN CHIGNE MURO, en representación de laseñora LUCIA PILAR FERNÁNDEZ AVELLANEDA, soli- cita permiso de pesca para operar la embarcación pes- quera denominada "DON MARIO", de bandera ecuato-riana, en la extracción del recurso atún, con destino al consumo humano directo, dentro de aguas jurisdiccio- nales peruanas, por el período de tres meses; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente la recurrente acredita que la embarcación pesquera "DON MARIO", cumple con losrequisitos procedimentales y sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, apro- bado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE,