Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2005 (09/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de marzo de 2005

En uso de las atribuciones contenidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y por el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de autorizacion de incremento de flota por ampliacion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "DON MORDAZA II" con matricula Nº CO-20910-CM y de modificacion del permiso de pesca en el extremo de la capacidad de bodega, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob-pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 04970

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca en favor de persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2005-PRODUCE/DNEPP

MORDAZA, 11 de febrero del 2005 Vistos los escritos de Registro Nº CE-07776001 de fechas 24 de junio y 5 de octubre de 2004 presentados por el senor MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA CHIMOY. CONSIDERANDO: Que al MORDAZA de la Ley Nº 26920, mediante la Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 071-98-CTAR-LAMB/ DRP del 13 de MORDAZA de 1998, modificada por Resolucion Directoral Nº 174-2002-PE/DNEPP del 10 de MORDAZA del 2002, Resoluciones de Direccion Regional Sectorial Nº 043-2002CTAR-LAMB/DRPE del 19 de setiembre del 2002 y Nº 0612003-CTAR-LAMB/DRPE del 15 de MORDAZA del 2003, la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera denominada "JULIO MORDAZA 2" con matricula PL-15242-CM, consignandose como capacidad de bodega 44.51 m3, para la extraccion de los recursos anchoveta con destino al consumo humano indirecto y sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, empleando MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo y utilizando red de cerco de ½ y 1½ pulgadas de longitud minima de abertura de malla, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 028-2004PRODUCE/DNEPP del 19 de enero del 2004, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero otorgo a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA CHIMOY de MORDAZA autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "JULIO MORDAZA 2" con matricula PL-15242-CM, para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA de 44.51 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con des-

tino al consumo humano directo, utilizando MORDAZA con hielo como sistema de preservacion y redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ (38 mm.), respectivamente; Que el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98PE, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE del 14 de MORDAZA del 2000, establece que los permisos de pesca otorgados al MORDAZA de la Ley Nº 26920, no se consideran transferibles, salvo por herencia; precisando ademas que solamente es valida la transferencia de las acciones y derechos adquiridos por herencia, entre los co-herederos o sus descendientes; Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA CHIMOY, en su condicion de heredero y de poseer del dominio de la embarcacion pesquera "JULIO MORDAZA 2" de matricula PL-15242-CM, tal como consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido con fecha 22 de junio del 2004, ha solicitado el cambio del titular del permiso de pesca de la referida embarcacion pesquera; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que el recurrente ha cumplido con lo dispuesto en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE del 14 de MORDAZA del 2000, toda vez que queda demostrado, mediante la escritura publica de Anticipo de Legitima de Embarcacion Pesquera, que tiene la calidad de heredero forzoso del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA CHIMOY DE MORDAZA y que posee dominio sobre la embarcacion pesquera "JULIO MORDAZA 2" de matricula PL-15242-CM; asimismo ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que corresponde aprobar el cambio del titular del referido permiso de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 382-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, asi como la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 071-98-CTAR-LAMB/DRP, modificada por Resolucion Directoral Nº 174-2002-PE/DNEPP, Resoluciones de Direccion Regional Sectorial Nº 043-2002CTAR-LAMB/DRPE y Nº 061-2003-CTAR-LAMB/DRPE, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "JULIO MORDAZA 2" con matricula PL-15242-CM, a favor de MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA CHIMOY, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "JULIO MORDAZA 2" con matricula PL-15242CM, otorgado por Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 071-98-CTAR-LAMB/DRP. Articulo 3º.- Excluir al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 071-98-CTAR-LAMB/DRP del literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Articulo 4º.- Incorporar a MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA CHIMOY, como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "JULIO MORDAZA 2" con matricula PL-15242-CM, asi como la presente Resolucion al literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE.

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