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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2005 (09/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 288679 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de marzo de 2005 Artículo 4º.- El acceso al recurso sardina estableci- do en la autorización de incremento de flota a que serefiere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE, que establece que los recursos sardina,jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento estable-cidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarca- ción deben ser implementadas con el sistema de pre-servación a bordo RSW o CSW operativo, cuyo adecua- do funcionamiento es de carácter obligatorio. Artículo 5º.- La autorización de incremento de flota otorgada por el artículo 1º tendrá un plazo de vigencia de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de la presentación del Contrato de Pre-Construcción a quese hace mención en el artículo 2º de la presente resolu- ción directoral; prorrogable por seis (6) meses adiciona- les por única vez, siempre y cuando se haya realizadoun avance de obra física significativo de por lo menos el setenta por ciento (70%). Vencido el plazo inicial, o la prórroga, la autorización de incremento de flota caduca-rá de pleno derecho en caso de no haberse verificado la construcción total de la embarcación, sin que sea necesa- rio para ello la notificación por parte del Ministerio de laProducción. Artículo 6º.- Ejecutada la construcción de la embar- cación pesquera, FREDDY N. PONCE AVILA deberásolicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del pla- zo improrrogable de tres (3) meses contados a partir del vencimiento del plazo de la autorización de incrementode flota otorgada por esta resolución, o de su prórroga, según corresponda, bajo sanción de caducidad de ple- no derecho de dicha autorización, sin que sea necesariopronunciamiento o notificación por parte del Ministerio de la Producción. Artículo 7º.- Incluir la presente autorización de incre- mento de flota en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 8º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direc- ciones Regionales Sectoriales de la Producción del lito-ral, Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y Juzgado Mixto de Huarmey, debiendo consignarse en el Portal de la Página Web delMinisterio de la Producción www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 04973 Aprueban cambio de titular de licen- cia de operación otorgada medianteR.M. N” 289-96-PE, a favor de Pesque-ra Maru S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 053-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 16 de febrero del 2005 Visto los escritos con Registro Nº CE-12291001 de fechas 26 de noviembre, 2, 3, 9 y 17 de diciembre del 2004, presentados por PESQUERA MARU S.A.C. CONSIDERANDO: Que el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que durante la vigencia de la licencia de operación de cada planta de procesamiento, la transfe-rencia en propiedad o cambio de posesión del estableci-miento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones enque fue otorgada; Que mediante Resolución Ministerial Nº 289-96-PE del 31 de mayo de 1996, se otorgó a ALIMENTOSMARÍTIMOS S.A., licencia de operación, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, para que desarrolle las actividades de procesamiento de produc-tos hidrobiológicos, a través de sus plantas de enlatado con una capacidad instalada de 3 071 cajas/turno y de harina de pescado con capacidad instalada de 42 t/h, enel establecimiento industrial ubicado en el jirón San Mar- tín Nº 108, Florida Baja, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash, Región Chavín; Que a través de los escritos del visto, la empresa PESQUERA MARU S.A.C. solicita el cambio del titular de las licencias de operación otorgadas a ALIMENTOSMARÍTIMOS S.A. mediante la Resolución Ministerial Nº 289-96-PE, para operar las plantas de enlatado y harina de pescado, ubicadas en el Jr. San Martín Nº 108, Flori-da Baja, distrito de Chimbote, provincia de Santa, depar- tamento de Ancash, en virtud del contrato de arrenda- miento celebrado entre Banco de Crédito del Perú, en sucalidad de arrendador y PESQUERA MARU S.A.C. en su calidad de arrendataria, el cual ha sido inscrito en el asiento D0004 de la Partida Nº 07002238 de la OficinaRegistral de Chimbote de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos; Que, de acuerdo a la evaluación efectuada a la docu- mentación presentada, se ha determinado que la empre- sa recurrente ha cumplido con los requisitos sustanti- vos exigidos por la normatividad pesquera vigente y conlos requisitos establecidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de la Producción, aprobado por De-creto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, en el extremo referido a su planta de harina de pescado, por lo que procede a otorgar el cambio de titularidad de la citadaplanta; Que respecto a la solicitud presentada con relación a la planta de enlatado, debe manifestarse que el InformeNº 411-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fecha 10 de diciembre del 2004, señala que de la inspección técnica realizada al citado establecimiento industrial pesquero,se ha verificado el cambio de los equipos principales del proceso y de acuerdo a los datos técnicos tomados de los equipos y a otros datos proporcionados por elresponsable de la planta se concluye que existe una disminución de la capacidad instalada de 3 071 cajas/ turno que fuera autorizada a una de 2 631 cajas/turno deprocesamiento de materia prima, por lo que no podría transferirse dicha licencia en los mismos términos y con- diciones en la que se otorgó; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, a través del Informe Nº411-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los artículos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los artículos 51º, 53º y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimien-to Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de la Producción, aprobado por De- creto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el literal c)del artículo 21º de Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de la Producción aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002- PRODUCE y del artícu-lo 5º de la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el cambio del titular de la licen- cia de operación otorgada mediante Resolución Ministe-rial Nº 289-96-PE, del 31 de mayo de 1996 a favor de PESQUERA MARU S.A.C. para operar la planta de hari-