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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G30/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de marzo de 2005 ción para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno de su propiedad de Diez Mil Treinta Metros Cua-drados (10,030.00 m²) a favor de COMPAÑÍA PROMO-TORA DE VIVIENDA PROGRESO S.R.L., del Programade Vivienda Señor de los Milagros de Los Olivos, pro-yectado sobre el inmueble designado como parcela U.C. Nº 10556 que formó parte del predio rústico Aznapuquio, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provinciay departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a COMPAÑÍA PRO- MOTORA DE VIVIENDA PROGRESO S.R.L., para culmi-nar las Obras de Habilitación Urbana contados a partir de la Notificación de la presente Resolución, cuyo proyecto de aprueba, debiendo sujetarse dichos trabajos a los pla-nos firmados y sellados por la División de Planificación yHabilitaciones Urbanas y Dirección de Desarrollo Urbano,de acuerdo al siguiente cuadro de áreas: DISEÑO: Se hará según el siguiente detalle de áreas: Área del Terreno 10,030.00 m 2 Área de Vía Metropolitana —————- Área Afectada Aportes 10,030.00 m2 Área útil vivienda 6,148.63 m2 Área de Vías Locales 2,246.22 m2 Área Compensación 1,635.15 m2 CALZADAS: Las calzadas podrán ser de tipo Rígido o del tipo flexible. La calificación de tipo de habilitación es"B", las dimensiones y característica de las componen- tes de las calzadas será las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de la eje-cución en la división de Obras Públicas, tomando encuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a sopor-tar en su vida útil y tipo del terreno de fundación. ACERAS: Será de concreto de calidad Fc = 140 Kg/cm², de espesor 0.15 m. y su colocación se efectua- rá sobre un terraplén de material limpio de buena calidaddebidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m y el acabado será con mezcla de cemento-arena fina, en proporción 1; 2 de un centímetro de espe- sor y bruñas cada 1:00 m Conjuntas de ¾" cada 5 ml. SARDINELES: En los extremos expuestos de las aceras o extremos en contacto con jardines se cons-truirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m,ancho x 0.30 m, altura, de calidad y acabado igual a lasaceras y en forma homogéneas con ellas. RAMPAS PEATONALES: En los extremos de los abanicos de las aceras se construirán rampas peatona-les que conectaran los niveles superiores de las acerasy las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Resolu-ción Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamen-to Nacional de Construcciones. Las obras serán sometidas a los controles estableci- dos, por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS: Serán ejecutadas de confor- midad con los proyectos de agua potable y alcantarilladoque apruebe SEDAPAL, ELECTRICIDAD: La Empresa de Servicios de Ener- gía Eléctrica (EDELNOR), deberá de otorgar la confor- midad de ejecución de Obras de electrificación de ilumi-nación pública y conexiones domiciliaria para la etapa deRecepción de Obras de Habilitación Urbana. INSTALACIONES TELEFÓNICAS: Para las Instala- ciones Telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales, los interesados de- berán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plan-tas Externas de la Telefónica. Artículo Tercero.- DISPONER, la inscripción indivi- dualizada de los lotes del cuadro siguiente de conformi- dad con el plano signado con el Nº 039-2001-DPHU- DDU-MDSMP: Manzanas Nº de Lotes Numerados Uso Área M2 F 03 01 al 03 VIVIENDA 479.91H 04 02 al 05 VIVIENDA 714.39 J 21 03 al 23 VIVIENDA 2,827.00 K 02 01 al 02 VIVIENDA 293.38 L 11 01 al 11 VIVIENDA 1,834.45 TOTAL 41 —————- ————— 6, 148.63 M2Artículo Cuarto.- DECLARAR, la presente Habilita- ción Urbana de tipo Progresivo dejándose diferida lasobras de pavimentación de calzadas y aceras para serejecutadas por los adjudicatarios de los lotes en un pla-zo máximo de diez (10) años, a partir de la fecha denotificación de la presente Resolución. Artículo Quinto.- El déficit de aporte de Recreación Pública de un área de (1,103.30 m 2); y Ministerio de Educación (200.60 m2) serán redimidos en dinero, sien- do el área objeto de regularización igual a 1,303.90 m².Quedan los lotes de 03 al 23 de la Manzana "F" comogarantía para el pago de déficit de Aportes por Recrea- ción Pública a favor de la Municipalidad de San Martín de Porres. Cuyo pago de sujeta a las obligaciones señala-das en el Convenio de Fraccionamiento de Fecha 11 demarzo del 2002. En consecuencia habiéndose los recu-rrentes acogido a esta norma, la Autoridad registral, almomento de realizar la inscripción se servirá hacer la anotación respectiva de Hipoteca de los lotes correspon- dientes en cumplimiento de la misma norma citada engarantía de pago hasta su cancelación. Una vez ocurri-da la cancelación la Municipalidad Mediante otra Resolu-ción de Alcaldía dará por cancelada comunicando a laAutoridad registral, para el levantamiento de la Anota- ción Hipotecaria. En caso de incumplimiento del pago prorrateado en las oportunidades convenidas, la Autori-dad Municipal, podrá dejar sin efecto la presente resolu-ción u optativamente realizar el cobro solicitando máslos intereses, moras y costas via Ejecución Coactiva. Artículo Sexto.- Las Sanciones que corresponden a la presente Habilitación de Área 1.05 Ha. De acuerdo al reglamento Nacional de Construcciones Título II-XX-2.1, II-XX 2.4, II-XX-3.0 y la Ordenanza Nº 006-2000/MDSMP, CODIGO 32-DU son las siguientes: a) Por venta de lotes y/o construcción sin la correspondiente autorización Municipal 05 UIT X Ha To- tal = 5.15 UIT. Habiéndose constatado la Infracción en la Inspec- ción Ocular a la Lotización de propiedad de la CompañíaPromotora de Vivienda Progreso S.R.L. lo siguiente: I) Que, en el anteproyecto de lotización se encuentra replanteada totalmente apreciándose el trazado de lasManzanas y Vías. II) Existen (32) lotes en proceso de construcción y terminados de construir. Debiéndose acreditar el pago antes de la Resolución de Recepción de Obras para lo cual se emitió la Notifica-ción Nº 008038. Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Dirección de Desarrollo Urbano, incorporar la presente HabilitaciónUrbana, en el Plano Urbano del distrito y registrar los Predios resultantes. Artículo Octavo.- REMITIR, copia del expediente aprobado a la Municipalidad de Lima Metropolitana parasu ratificación. Artículo Noveno.- REMITIR, copia de la presente re- solución a, Ministerio de Educación y la Superintendencia de Bienes Nacionales para su conocimiento y fines. Artículo Décimo.- DISPONER, su publicación de la presente Resolución al Diario Oficial El Peruano y de laInscripción en los Registros Públicos, la que será porcuenta del interesado, en un plazo máximo de 30 días denotificado la presente. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 05435 RESOLUCIÓN DE ALCALDíA Nº 581-2002-AL/MDSMP San Martín de Porres, 11 de marzo de 2002 Vistos, el Expediente Administrativo Nº R-117-2004 y conexos promovidos por la COMPAÑÍA PROMOTO-