Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2005 (17/03/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 289112

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de marzo de 2005

representacion de la Municipalidad Metropolitana de Lima; en consecuencia, confirmar la Resolucion Nº 015-2005OROP/JNE de 10 de febrero del 2005 que declaro infundada la tacha interpuesta por la apelante contra la solicitud de adecuacion e inscripcion del partido politico "Movimiento Descentralista Peru Ahora". Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 05544

raes; distrito de Kelluyo, provincia de Chuchito y distrito de Asillo, provincia de Azangaro, respectivamente, en la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, a realizarse el MORDAZA 3 de MORDAZA de 2005; Que resulta necesario precisar las autoridades a las cuales se sometera a consulta popular en los distritos MORDAZA mencionados, asi como hacer conocer los fundamentos alcanzados por los senores promotores, en las respectivas solicitudes de revocatorias; Por estos fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Publicar los nombres de las autoridades que seran sometidas a Consulta Popular el 3 de MORDAZA de 2005, en los distritos de Cotaruse, Kelluyo y Asillo; asi como la fundamentacion de los pedidos de revocatoria senalados en las solicitudes alcanzadas; segun anexo adjunto. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la presente resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General

Nombres de autoridades que seran sometidas a Consulta Popular en los distritos de Cotaruse, Kelluyo y Asillo y fundamentacion de pedidos de revocatoria
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 048-2005-JNE MORDAZA, 15 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que por Resoluciones N°s. 034, 040 y 041-2005-JNE, se incluyo a los distritos de Cotaruse, provincia de Ayma-

ANEXO
DPTO. MORDAZA PROV. AYMARAES DISTRITO COTARUSE AUTORIDADES MORDAZA : MORDAZA VICENCIO MORDAZA 1° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2° Regidor : VIANIL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4° Regidor : MORDAZA MORDAZA CHOCHOCCA 5° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA PROMOTOR: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AZANGARO ASILLO MORDAZA : MORDAZA HUARICACHA HUARICACHA 1° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA PROMOTOR: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUCUITO KELLUYO MORDAZA : MORDAZA VILCANQUI TARQUI 1° Regidor : MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2° Regidor : MORDAZA JUCULACA MORDAZA 3° Regidor : MORDAZA ESTANA MORDAZA 4° Regidor : MORDAZA ANCACHI DE MORDAZA 5° Regidor : MORDAZA ANCACHI ANCACHI Promotor: Pepe MORDAZA MORDAZA § § § § § § Malversacion de fondos. Inmoralidad. Corrupcion. Incumplimiento de promesas electorales. Nepotismo. Abuso de autoridad y otros. § Incumplimiento de Presupuesto Participativo 2003 al 2004. § Malversacion de fondos economicos. § Incapacidad de gestion administrativa. § Incumplimiento de recomendaciones dejadas por la Contraloria de la Nacion (Subsanacion de observaciones dejadas en la Municipalidad). § § § § § FUNDAMENTOS Peculado Malversacion de fondos Nepotismo Abuso de Autoridad Trafico de donaciones

05545

VISTOS:

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Precisan que cualquier persona titular del DNI puede solicitar su emision en el MORDAZA formato aprobado por la R.J. Nº 356-2005-JEF/RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 373-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 16 de marzo de 2005

El Informe Nº 278-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, se creo el mencionado Registro con arreglo al mandato de los articulos 177º a 183º de la Constitucion, siendo un organismo que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica y administrativa, economica y financiera;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.