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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G31/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 17 de marzo de 2005 Artículo 2º.- ALCANCE La presente Ordenanza es aplicable a las personas naturales y jurídicas del distrito, conductoras de pues-tos y tiendas de mercados y afines que se encuentrenrealizando actividad comercial y/o de servicios en la ju-risdicción del distrito de Bellavista. Artículo 3º.- DE LAS SANCIONES ADMINISTRA- TIVAS Y TRIBUTARIAS a) Condónese el 100% de la Multas Administrativas a los conductores de puestos y tiendas de Mercados yafines, que cuenten con su licencia de funcionamientoy/o regularicen su tenencia durante el período de la vi-gencia del presente beneficio. b) Condónese el 100% de los Multas Tributarias, Reajustes, Intereses Moratorios, Intereses de Fracciona- miento, Costas y Gastos del Impuesto Predial y ArbitriosMunicipales, a los conductores de puestos y tiendas demercados y afines, que regularicen su inscripción o seencuentren inscritos y además cuenten con su licenciade funcionamiento. Artículo 4º.- DE LAS OBLIGACIONES ADMINIS- TRATIVAS Y TRIBUTARIAS a) Condónese el 30% del insoluto de los Arbitrios Municipales establecidos y aprobados hasta el año 2004,a los conductores de puestos y tiendas de Mercados yafines que cancelen el total de sus adeudos. b) Los conductores de puestos y tiendas de merca- dos y afines que hayan realizado convenios de fracciona- miento para el pago de sus obligaciones tributarias, an- tes de la vigencia de la presente Ordenanza y tengancuotas pendientes de pago, podrán acogerse a los benefi-cios establecidos en la presente Ordenanza. c) Fraccionamiento.- Otórguese un máximo de hasta 12 cuotas mensuales para el pago fraccionado de los adeudos tributarios acogidos a la presente Ordenanza. La cuota inicial del fraccionamiento será no menor del20% de la deuda insoluta. Artículo 5º.- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Los conductores de puestos y tiendas de mercados y afines que acrediten el cumplimiento de las medidas de seguridad y de Defensa Civil, podrán obtener su licencia de funcionamiento provisional, acogiéndose al procedi-miento simplificado previsto en el TUPA para las peque-ñas y microempresas. Artículo 6º.- VIGENCIA DE LA ORDENANZA La presente Ordenanza rige desde el 15 de marzo al 15 de abril del 2005, encargándose a la Gerencia Munici- pal, Dirección de Administración Tributaria y Rentas, Di-rección de Desarrollo Urbano, Oficina de ParticipaciónVecinal, Oficina de Desarrollo Económico y Coopera-ción Técnica y la Unidad de Imagen Institucional, el cumpli-miento y difusión de la misma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 05580 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F /G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 284-2005-MPI Ilo, 9 de marzo del 2005VISTOS: El Expediente sobre el Proceso de Selección Con- curso Público Nº 0001-2005-CE-MPI; y, CONSIDERANDO: Que a través del Concurso Público Nº 0001-2005- CE-MPI, se convoca Proceso de Selección para selec-cionar una empresa que brinde el servicio de vigilan- cia privada de instalaciones. Dichas bases fueron aprobadas mediante Resolución de Alcaldía Nº 072-2005-MPI; Que mediante el Informe Nº 25-2005-GAG-MPI, se hace de conocimiento que el proceso de selección contie- ne defectos de interpretación de normas anteriores y losactuales. Entre las observaciones formuladas se encuen-tran que las Bases Administrativas han sido enmarca-das dentro del D.S. Nº 012-2001-PCM y el D.S. Nº 013-2001-PCM, no considerando que a partir del 29.12.2004, se encuentra vigente el D.S. Nº 083-2004-PCM y el D.S. Nº 084-2004-PCM; de otro lado se señala que algu-nos de los miembros del Comité Especial se encuentrandentro de los impedimentos señalados en el Art. 46º delD.S. Nº 084-2004-PCM; Que a través de la Resolución de Alcaldía Nº 68- 2005-MPI, se designa al Comité Especial de la Municipali-dad Provincial de Ilo, encargado de conducir el Procesode Selección del Concurso Público Nº 0001-2005-CE-MPI; Que, el Art. 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, establece que se debe declarar la nulidad de oficiode los actos administrativos expedidos por la Entidad, cuan- do hayan sido dictados por órgano incompetente, contra- vengan las normas legales, contengan un imposible jurídi-co o prescriban de las normas esenciales del procedimien-to o de la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que, el Art. 23º establece que el Comité Especial se conformará con la participación de representantes delas dependencias usuarias de los bienes, servicios uobras; Que al haberse presentado vicios dentro del pro- ceso de selección, como ser que las bases estabanelaboradas en función a la anterior normatividad, yque algunos de los miembros se encontraban impedi-dos por participar en el proceso del recurso de apela-ción (si es que se interpusiera), por lo que a efecto de garantizar el principio de imparcialidad dentro del proceso de selección, corresponde que se declarela nulidad del Concurso Público Nº 0001-2005-CE-MPI; Estando a lo normado por la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, el TUO de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del proceso de selección, Concurso PúblicoNº 0001-2005-CE-MPI, convocado para contratar unaempresa que brinde el servicio de Seguridad y VigilanciaPrivada, en mérito a lo señalado en la parte considerati- va de la presente resolución. Artículo Segundo.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución de Alcaldía Nº 68-2005-MPI,debiendo designarse a nuevos miembros del ComitéEspecial en virtud a lo normado en el D.S. Nº 083-2004-PCM y su reglamento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría Gene- ral la publicación de la presente resolución en el plazo de5 días en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Logísti- ca y Control Patrimonial la notificación de la presente