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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2005 (17/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G31/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 17 de marzo de 2005 ORDENANZA QUE PRORROGA EL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA Y PARQUES Y JARDINES 2005 Artículo Primero.- PRORROGAR el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios Mu- nicipales hasta el 31 de marzo del 2005. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de AdministraciónTributaria y a la Subgerencia de Informática, Teleco-municaciones y Estadística. Mando se registre, publique y cumpla. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 05571 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G2C/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F /G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2005-ALC/ML Lurín, 4 de marzo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN VISTO: El proyecto de Directiva Nº 001-2005-CAPVL/ML Organización, Control, Supervisión, Selección, Progra-mación, Distribución y Procedimientos Administrativosdel Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Lurín; CONSIDERANDO: Que, el proyecto de Directiva tiene por finalidad con- tar con un instrumento Técnico - Normativo en el que se establece el procedimiento, los mecanismos y las condi-ciones para que el servicio brindado a través del Progra-ma del Vaso de Leche, en términos de cantidad, calidady oportunidad, lleguen en las mejores condiciones a losbeneficiarios: Primera Prioridad, niños de 0 a 6 años de edad, Madres Gestantes (durante el período de emba- razo), Madres Lactantes (por un período máximo de un(1) año contado a partir del alumbramiento), SegundaPrioridad, niños de 7 a 13 años y 11 meses de edad,Enfermos de TBC hasta un máximo de 8 meses, Ancia-nos, damas y varones a partir de los 60 años de edad, personas discapacitadas en situación de pobreza, sin límite de edad; Que, dicha Directiva contiene Organización, Control, Supervisión, Selección, Programación, Distribución yProcedimientos Administrativos del Programa del Vasode Leche de la Municipalidad de Lurín, de acuerdo con la Ley Nº 24059, Ley Nº 26637 y Ley Nº 27470 y su modifi- catoria Ley Nº 27712, Ley Nº 27972, las Leyes anualesde Presupuesto Público, ampliatorio y otras normas queson de competencia y aplicables durante la vigencia dela presente directiva; Que, tiene por objeto el de impartir lineamientos, cri- terios técnicos y disposiciones operativas a los órganos que conforman el Programa del Vaso de Leche para op-timizar transparente el funcionamiento de la gestión ad-ministrativa tanto a nivel de la Municipalidad de Luríncomo de su conjunto para un manejo eficiente del Pro-grama, por lo que se hace necesario su aprobación; Estando a lo expuesto con las visaciones de la Ofici- na de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración yFinanzas y Gerencia de Desarrollo Humano, y en usode las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972, numeral 6) del artículo 20º;SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 001- 2005-CAPVL/ML Organización, Control, Supervisión,Selección, Programación, Distribución y Procedimien-tos Administrativos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Lurín, la misma que consta de 19 Títulos, 7 Disposiciones Complementarias, los mismosque forman parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas, brinde los recursos necesa-rios para el cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva materia de la presente aprobación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Audi- toría Interna el control y estricto cumplimiento de lo dis-puesto en la Directiva materia de la presente aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 05568 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G2D /G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 219-MSS Santiago de Surco, 15 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los gobiernos locales, autonomía política, económica y ad- ministrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y supri-mir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechosmunicipales; Que, es política de la actual gestión municipal brindar las mayores facilidades a sus contribuyentes a efectos que cumplan con las obligaciones tributarias que les corresponden; Que, mediante Ordenanza Nº 217-MSS, publicada con fecha 1MAR2005 en el Diario Oficial El Peruano, seamplió hasta el 18MAR2005 el plazo para el pago al con-tado o de la primera cuota del Impuesto Predial; Que, teniendo en consideración la situación econó- mica por la que viene atravesando el país, resulta con-veniente ampliar el plazo para el pago del Impuesto Pre-dial correspondiente al ejercicio 2005; Estando a los informes Nºs. 139-2005-GAT- GCAR-MSS, 311-2005-OAJ-MSS y 091-2005-GM- MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal,respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 9º, numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2005 Artículo 1º.- Ampliar el plazo para efectuar el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial