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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2005 (13/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 292492 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de mayo de 2005 de peculado y malversación de fondos en agravio del Con- cejo Distrital de Incahuasi, imponiéndole cuatro (4) años depena privativa de la libertad suspendida por tres (3) años, e inhabilitación por el mismo término; Que igualmente el referido Alcalde ha presentado un Recurso de Revisión ante la Corte Suprema de Justicia de la República, tal como aparece del escrito de fojas 109, el mismo que no constituye ninguna modificación ala situación jurídica que aparece en autos por cuanto la sentencia ha quedado ejecutoriada y por lo tanto para el Jurado Nacional de Elecciones el Recurso de Revisióninterpuesto así como las Quejas de Derecho no reabren el proceso que ha quedado consentido o ejecutoriado; Que, consecuentemente está acreditado en autos que el Alcalde del Concejo Distrital de Incahuasi, César Marthans Manayay Lucero, se encuentra incurso en la causal de vacancia prevista en el inciso 6) del artículo22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por haber sido condenado por delito doloso; Que, el Concejo Distrital de Incahuasi no ha procedido conforme a ley, y ha incumplido una sentencia judicial firme, lo que debe ser puesto en conocimiento del Ministerio Públi- co para que proceda conforme a sus atribuciones de habermérito, igualmente las comunicaciones de fojas 87 y 88, así como el Acuerdo de Concejo de fecha 11 de marzo de 2005, de fojas 89 a 90, y el Oficio Nº 062-2005-MDI-F no son sinoactos dilatorios para burlar los mandatos de este Pleno del Jurado Nacional de Elecciones y de la Ley, por lo que resulta procedente la declaratoria de vacancia al amparo del artícu-lo 5º inciso u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486 y corregir de esta manera la conducta procesal irregular del citado concejo; Que, conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en caso de va- cancia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde quees el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y para completar el número legal de miembros, se debe convocar al regidor suplente respetando la pre-cedencia de la referida lista, correspondiendo convocar a Mauro Sánchez Quispe, según documentación referi- da por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Incahuasi, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, que ejer-ce don César Marthans Manayay Lucero. Artículo Segundo.- Don Mauro Sánchez Quispe, asume el cargo de Alcalde en el Concejo Distrital deIncahuasi, provincia de Ferreñafe, departamento de Lam- bayeque, debiéndosele otorgar la respectiva credencial. Artículo Tercero.- Convocar a doña María Emilia Llaguento Callaca, candidata no proclamada del Movi- miento Independiente Integración Andina, para que asu- ma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Inca-huasi, provincia de Ferreñafe, departamento de Lamba- yeque, debiéndosele otorgar la respectiva credencial. Artículo Cuarto.- Oficiar al Ministerio Público adjuntando copia certificada de las piezas pertinentes del expediente. Regístrese, comuníquese y publíquese.S.S. MENDOZA RAMÍREZSOTO VALLENAS VELA MARQUILLÒ VELARDE URDANIVIABALLÓN- LANDA CÓRDOVA Secretario General 08988 RESOLUCIÓN Nº 108-2005-JNE Expediente Nº 053-2005 Lima, 10 de mayo de 2005 Vistos, la apelación interpuesta por don Jaime Kaje- kui Kuja, alcalde del Concejo Distrital de Imaza, provin-cia de Bagua, departamento de Amazonas, contra el acuerdo de concejo de 31 de diciembre de 2004, quedeclaró improcedente su recurso de reconsideración contra el acuerdo de sesión extraordinaria de 3 de di- ciembre de 2004 por el que se declaró la vacancia de sucargo por la causal de inconcurrencia injustificada a se- siones ordinarias, malversación de fondos y mala admi- nistración; y el recurso de reconsideración formuladopor el teniente alcalde del mismo concejo, don Sergio Suwikai Tatse, contra el acuerdo del Jurado Nacional de Elecciones de 18 de marzo de 2005 por el que se conce-dió, vía queja, la presente apelación; CONSIDERANDO:Que el acuerdo del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 18 de marzo de 2005 que concedió la apelacióna don Jaime Kajekui Kuja ha sido expedido en estricta aplicación del artículo 21.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, con el fin de cautelar elderecho de defensa que le asiste al apelante en el pre- sente proceso de vacancia, por lo que el recurso de reconsideración planteado por don Sergio Suwikai Tatsedebe ser declarado improcedente; Que el Concejo Distrital de Imaza declaró la vacancia del cargo de alcalde que ejerce don Jaime Kajekui Kuja ensesión extraordinaria de fecha 3 de diciembre de 2004, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, prevista en el inciso 7) del artículo22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, sus- tentada en la inasistencia del alcalde a las sesiones ordina- rias de fechas 9, 16 y 23 de enero de 2004; Que la sesión extraordinaria del 3 de diciembre de 2004 fue válidamente convocada por el teniente alcalde Sergio Suwikai Tatse, quien se encontraba encargado de la alcal-día en virtud del acuerdo de concejo de 19 de noviembre de 2004 formalizado con Resolución de Alcaldía Nº 104- 2004-MDI/A, de fojas 70, que concedió a Jaime KajekuiKuja licencia por enfermedad del 2 de noviembre al 2 de diciembre de 2004; habiéndose cumplido con citar al alcal- de a dicha sesión, precisando en la agenda la solicitud devacancia de su cargo, según el cargo de notificación de fojas 11; razón por la que Jaime Kajekui Kuja, una vez reincorporado en sus funciones, asistió a la sesión ex-traordinaria de 3 de diciembre de 2004, la presidió y expre- só su disconformidad con la declaración de vacancia de su cargo aprobada con siete votos, conforme consta del actarespectiva, que obra de fojas 13 a 20; Que el cronograma de fechas de sesiones ordinarias del Concejo Distrital de Imaza para el año 2004, fueaprobado por unanimidad en la sesión de 2 de enero de 2004, presidida por el alcalde Jaime Kajekui Kuja, fiján- dose para ese mismo mes las fechas 9, 16 y 23, sesio-nes ordinarias a las que fueron citados los regidores, según cargos de fojas 6, 7 y 8; Que de fojas 250 a 253 corren las actas de sesiones ordinarias de fechas 9, 16 y 23 de enero de 2004, a las que asistieron sólo los regidores del Concejo Distrital de Imaza, y que fueron presididas por el teniente alcalde, sin que enellas se mencione ningún pedido de licencia del alcalde ni los motivos de su inconcurrencia; y por su parte, el alcalde reconoce en su escrito de apelación haber inasistido a lasmismas, manifestando haberse encontrado de comisión de servicio autorizada por los regidores; sin embargo, no presenta ningún documento que acredite la comisión deservicio que alega ni justificación hecha posteriormente; y, en contrario, a fojas 209 se ubica la certificación de la secretaria de la Municipalidad de Imaza, señalando que enlos archivos de resoluciones y decretos no se registra ningún encargo de alcaldía del 2 al 31 de enero de 2004 y que no existe documento o informe sobre comisiones deservicio del alcalde en las fechas de las mencionadas se- siones; Que la causal de vacancia prevista en el inciso 7) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, referida a inconcurrencia injustificada de sesiones ordina- rias de concejo se encuentra configurada en el presentecaso; empero, a la presunta malversación de fondos y la mala administración atribuidas al alcalde de Imaza en el acuerdo de vacancia, no le son aplicables ninguna de lascausales de vacancia previstas en la ley acotada; Que conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia del