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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G36/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de noviembre de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1202-2005-RE Lima, 31 de octubre de 2005 Visto el Expediente Nº 8555-2005, presentado por la Fundación Cuna Nazareth, mediante el cual solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Emmaus International; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, Fundación Cuna Nazareth, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación sin fecha, legalizado por el Consulado General del P erú en París, República de Francia, se observa que Emmaus International ha efectuado una donación a favor de la Fundación Cuna Nazareth; Que, los bienes donados consisten en diez (10) maletas con útiles escolares, once (11) cajas con mercería usada, cinco (5) maletas de mercería usada, quince (15) cajas con juguetes usados, cuatrocientos setenta y nueve (479) sacos con zapatos usados y ciento treinta y ocho (138) bultos de ropa usada, con un peso manifestado de 14,572 kilogramos y un valor aproximado de EUR 1,600.00 (un mil seiscientos y 00/100 euros), donación que será destinada a favor de los niños de las Cunas: "Nazareth", "Santa Teresa de Villa" y "Delicias de Villa"; asimismo a los padres de familia, organizaciones populares e instituciones de bien social, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Emmaus International, a favor de la Fundación Cuna Nazareth; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Emmaus International, a favor de la Fundación Cuna Nazareth, consistente en diez (10) maletas con útiles escolares, once (11) cajas con mercería usada, cinco (5) maletas de mercería usada, quince (15) cajas con juguetes usados, cuatrocientos setenta y nueve (479) sacos con zapatos usados y ciento treinta y ocho (138) bultos de ropa usada, con un peso manifestado de 14,572 kilogramos y un valor aproximado de EUR 1,600.00 (un mil seiscientos y 00/100 euros), donación que será destinada a favor de los niños de las Cunas: "Nazareth", "Santa Teresa de Villa" y "Deliciasde Villa"; asimismo a los padres de familia, organizaciones populares e instituciones de bien social, entre otros; Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 18767 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G72/G65/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G66/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G75/G6E/G61/G20/G70/G6F/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C /G70/G61/G6E/G64/G65/G6D/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6C/G75/G65/G6E/G7A/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 854-2005/MINSA Lima, 4 de noviembre del 2005 Visto el Oficio Nº 1879-2005-OGE/MINSA, de la Oficina General de Epidemiología; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 230-2005/ MINSA, de fecha 22 de marzo de 2005, se aprobó la Directiva Nº 057-MINSA/OGE-V.01: “Vigilancia Centinela de la Influenza y Otros Virus Respiratorios“, documento normativo elaborado por la Oficina General de Epidemiología, en coordinación con la Dirección General de Salud de las Personas y el Instituto Nacional de Salud, cuyos objetivos específicos estánorientados a detectar brotes de síndrome gripal por influenza u otros virus respiratorios; identificar nuevas cepas de virus influenza para colaborar con la formulación de la vacuna; así como optimizar la vigilancia de las infecciones respiratorias agudas; Que, el conocimiento de la existencia del virus A H5N1, ha acelerado el proceso para que los países elaboren un plan de preparación contra la pandemia de influenza, bajo la guía de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el asesoramiento de la Organización Panamericana de la Salud (OPS); Que, en tal situación y habiendo elevado la OMS a la Fase 3, el nivel de alerta de una Potencial Pandemia de Influenza, por haberse presentado casos de humanos infectados desde aves de corral infectadas y algunos casos de transmisión interhumana, el Ministerio de Salud, por medio de la Oficina General de Epidemiología, con el concurso del Instituto Nacional de Salud, la Dirección General de Salud de las Personas, la Dirección General de Promoción de la Salud, la Dirección General de Salud Ambiental, la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas, la Oficina General de Comunicaciones; con el apoyo del Consejo Nacional de Salud, del Ministerio de Agricultura y con el asesoramiento de la Organización Panamericana de la Salud ha elaborado el “PLAN NACIONAL DE PREPARACIÓN Y RESPUESTA FRENTE A UNA POTENCIAL PANDEMIA DE INFLUENZA”, cuyo objetivo central es facilitar una respuesta nacional efectiva y coordinada frente a una potencial pandemia de influenza, proporcionando las recomendaciones indispensables para apoyar a los servicios de salud y otras instituciones, a fin de preparar sus propios planes de contingencia; Que, es necesario aprobar el mencionado Plan Nacional, a efecto de que los diversos órganos que lo conforman procedan a ejecutar, articuladamente, las tareas que dicho Plan les asigna; Con las visaciones de la Oficina General de Epidemiología y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de salud y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;