Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2005 (10/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de noviembre de 2005

Articulo 15º.- Duracion y liquidacion del Programa de Reconstruccion de Viviendas El plazo para la ejecucion de las acciones del Programa de Reconstruccion de Viviendas sera de dieciocho meses. A su vencimiento el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo se encargara de efectuar su liquidacion, previa liquidacion parcial por cada uno de los participantes del mismo, de las materias a su cargo. Articulo 16º.- Disposiciones Complementarias Mediante Resolucion Ministerial el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dictara las medidas y disposiciones complementarias que se requieran para implementar lo dispuesto en la presente MORDAZA legal. Articulo 17º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 19055

Articulo 2º.- Dar por concluida designacion Dar por concluida la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social de Ica, en representacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3º.- Designaciones Designar, a partir de la fecha, a las siguientes personas, como miembros de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social que se indican a continuacion, en representacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento: Sociedad de Beneficencia MORDAZA MORDAZA ICA Ica Representante

MORDAZA Teves MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 18997

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Ratifican en el cargo a Juez Especializado en lo Civil del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 050-2005-PCNM
MORDAZA, 31 de octubre de 2005 VISTO:

Designan miembros de Directorios de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social de MORDAZA e Ica, en representacion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 275-2005-VIVIENDA
MORDAZA, 8 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27779, modifico el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y se creo, entre otros, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y, por Ley Nº 27783 se desactivo el Ministerio de la Presidencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobo la conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 157-2003VIVIENDA y Nº 138-2004-VIVIENDA, se designo entre otros, a don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante los Directorios de las Beneficencias Publicas y Juntas de Participacion Social de MORDAZA e Ica, respectivamente; Que, es necesario aceptar la renuncia y dar por concluida la designacion a que se refiere el considerando anterior y designar a las personas que ocuparan dichos cargos; De conformidad con la Ley Nº 27792 y los Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA y 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar renuncia Aceptar la renuncia formulada por don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, al cargo de miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social de MORDAZA (Cusco), dandosele la MORDAZA por los servicios prestados.

El expediente de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Especializado en lo Civil del Distrito Judicial de MORDAZA, Convocatoria Nº 001-2005-CNM; CONSIDERANDO: Primero: Que, una de las funciones del Consejo Nacional de la Magistratura es la de evaluar y ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete anos, tal como lo dispone el inciso 2 del articulo 154º de la Constitucion Politica del Peru; Segundo: Que, la ratificacion consiste en la renovacion o no de confianza sobre la gestion y ejercicio de la funcion judicial o fiscal para el que se le nombro durante los siete anos anteriores, dicha decision, consecuencia de una valoracion personal de conciencia por parte de los Consejeros, queda materializada en la decision adoptada por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura; Tercero: Que, el primer parrafo del articulo 30º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura prescribe que a efectos de la ratificacion de jueces y fiscales, el Consejo evalua la conducta e idoneidad en el desempeno del cargo, considerando la produccion jurisdiccional, meritos, informes de los Colegios y Asociaciones de Abogados, y otras instituciones y dependencias publicas, asi como las opiniones de la ciudadania, antecedentes que permiten apreciar si el magistrado reune los conocimientos, aptitudes, habilidades y destrezas que se requieren para el ejercicio de la funcion; y asi mismo formar en los Consejeros un criterio de conciencia para decidir sobre la renovacion o no de la confianza del magistrado evaluado en el cargo.

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